Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

331 concursos de acreedores en España en el mes de enero

Publicado

en

VALENCIA, 5 Feb. (EUROPA PRESS) –

La Comunitat Valenciana se ha situado este mes de enero como la tercera región española con más concursos de acreedores con un total de 53 procesos, pese a experimentar un descenso del 11,7%. Además, se sitúa como la cuarta autonomía con más empresas creadas durante el primer mes del año (1.104) aunque el ritmo ha bajado un 0,6%, según se desprende de los datos procesados por el Gabinete de Estudios de la agencia de rating Axesor.

Este ‘Radar Empresarial’ señala que durante enero de 2018 se registraron 331 concursos de acreedores por parte de las sociedades de capital españolas, un descenso del 19,1% en comparación con enero de 2017. Esta caída, señala el estudio, se debe fundamentalmente al ajuste experimentado en el sector comercial, donde se iniciaron 74 concursos de acreedores durante el mes pasado, un retroceso del 16,9% sobre el año pasado, aunque el dato está claramente por encima de los 55 casos registrados en enero de 2016.

Otros dos sectores donde las incidencias retrocedieron notablemente en términos relativos en el ámbito estatal fueron los de actividades inmobiliarias, que registró solo nueve concursos (una caída del 59,1% y el mejor comienzo de año para este sector desde el ejercicio 2008) y el de la industria manufacturera, con 48 casos (-5,9%). En constraste, el sector de la construcción, el segundo más importante en términos numéricos, experimentó un incremento del 7,4% comparado con enero de 2017, al anotar 73 incidencias.

El promedio concursal fue de 15 quiebras al día, un dato claramente inferior al del conjunto del año 2017, que fue de 17 nuevos procesos formales de insolvencia por cada día hábil.

Por comunidades autónomas, Cataluña fue el lugar donde más concursos de acreedores se dieron, con un total de 79 casos, un 5,3% más que hace 12 meses y la cifra más elevada para el mes de enero en esa comunidad desde el año 2015. Madrid se situó en segundo lugar, con 64 incidencias, un descenso del 32,6% en la comparativa interanual, si bien está muy por encima de los 40 concursos que se registraron en enero de 2016. La Comunitat Valenciana ocupó el tercer lugar con 53 concursos de acreedores y un descenso del 11,7%.

Por su parte, comunidad autónoma de Baleares y seis provincias comenzaron el ejercicio sin registrar ningún concurso por parte de sociedades de capital; se trata de Cádiz, Jaen, Salamanca, Segovia, Soria y Cáceres.

En los últimos 10 años han tenido lugar 53.563 concursos de acreedores por parte de sociedades mercantiles (sin incluir enero de este año). De esa cantidad, solo 4.748 han logrado superar el concurso con un acuerdo entre empresa y acreedores para garantizar la viabilidad de la compañía, según datos de Axesor. El año pasado se alcanzaron 501 convenios, la cifra anual más baja desde 2011. El año en el que más acuerdos se alcanzaron fue 2014, con 686 convenios y el que menos, 2008, con 89.

La cifra es susceptible de mejorar en el caso de que algunos de los concursos todavía no resueltos al término de 2017 logre cerrarse con un acuerdo, pero la conclusión que arrojan los datos es que la inmensa la mayoría de los concursos que tienen lugar en España concluyen con el cierre de la empresa afectada.

RECUPERACIÓN DE LA INICIATIVA EMPRENDEDORA

Axesor también ha analizado la inciativa emprendedora, que recupera el pulso alcista después de que en 2017 se rompiera una racha de siete años consecutivos de crecimiento. El mes pasado se crearon 8.586 nuevas sociedades en España, una mejora del 0,9% respecto a enero de 2017. El dato, sin embargo, es inferior al de enero de 2016, cuando se dieron de alta 8.678 empresas. Las cifras del mes de enero arrojan un promedio de 390,3 nuevas empresas cada día en España.

Como ha ocurrido siempre en España, los sectores de comercio y construcción concentran las preferencias de los emprendedores a la hora de crear una empresa. En el sector de comercio se dieron de alta 1.823 empresas, un dato que, sin embargo, supone un descenso del 5,5% en tasa interanual y es el más bajo para el mes de enero en ese sector desde el año 2015. En la construcción, la tendencia fue la inversa, con una mejora del 9,4% y 1.147 sociedades inscritas. Lejos se queda otro de los sectores tradicionalmente más activos, el de hostelería, con 856 empresas creadas, un descenso del 2,6% en tasa interanual. Estos tres sectores suponen el 44,5% de todas las nuevas empresas que se crean en España.

En términos geográficos Madrid fue la comunidad con más sociedades creadas (1.746) y una mejora del 7% interanual. Es la cifra más elevada para esa comunidad durante el mes de enero desde 2008. En el caso de Cataluña, se crearon 1.583 sociedades, un retroceso del 10,5% y el dato más bajo para ese comunidad desde el año 2015. Le siguió Andalucía con 1.470 empresas creadas (+13%) y en cuarta posición la Comunitat Valenciana dió de alta 1.104 sociedades aunque experimentó un descenso del 0,6%.

En España se destinaron el mes pasado 543,4 millones de euros para crear nuevas empresas, un capital que es un 26,1% menor que en enero de 2017. Las caídas de capital suscrito se hicieron extensivas a la mayoría de los sectores de actividad. Entre las pocas excepciones que hubo, destacaron precisamente los dos sectores que concentraron mayor dinero: actividades financieras y de seguros (221,9 millones de euros, un aumento en términos interanuales del 3,6%) y actividades inmobiliarias (137,4 millones de euros, una mejora del 5,1%).

Foto: Jessica Suárez

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

¿Qué pasa si Sánchez dimite? ¿Quién sería el presidente? ¿Habría nuevas elecciones?

Publicado

en

¿Qué pasa si Sánchez dimite?
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez- Foto: CONGRESO
¿Qué pasa si Sánchez dimite? La posibilidad de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, renuncie al cargo abre un escenario incierto con muchas incógnitas pero que en su mayoría tienen respuesta en la Constitución y la ley electoral.

¿Qué pasa si Pedro Sánchez dimite?

El artículo 101 de la Constitución Española tiene previsto el escenario de una dimisión o fallecimiento del presidente del Gobierno o de una pérdida de confianza parlamentaria, como podría ser una moción censura.

“El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente”, reza la Carta Magna.

En este caso, la dimisión del jefe del Ejecutivo conllevaría que todo el Gabinete continuaría en funciones hasta que se nombre un nuevo presidente del Gobierno.

Ello significa que el Gobierno estaría limitado en sus atribuciones, sin capacidad para legislar, al igual que sucede pasadas las elecciones generales y antes de elegir al nuevo Gobierno.

¿Quien nombraría al nuevo presidente?

El Congreso sería el encargado de elegir a un nuevo presidente en un proceso idéntico al de las investiduras que se celebran tras unas elecciones generales.

El rey haría una ronda de consultas con los portavoces de los partidos con representación en la Cámara Baja y tras escuchar sus opiniones designaría un candidato.

Fue lo que ocurrió en 1981 cuando dimitió Adolfo Suárez. Su partido, UCD, propuso a Leopoldo Calvo-Sotelo como su sucesor, y tras un debate de investidura, interrumpido en su votación por el intento de golpe de Estado del 23F, fue elegido presidente por el Congreso.

En esta hipótesis, el candidato designado por el rey para suceder a Pedro Sánchez se sometería a un debate de investidura y para ser elegido debería recibir el apoyo de la mayoría absoluta del Congreso en primera votación o más síes que noes en segunda.

Si el candidato no lograra ser investido, arrancaría un plazo de dos meses en el que nuevos candidatos propuestos por el rey pueden optar a la Presidencia. Si tras estos dos meses ningún candidato consigue la confianza del Congreso las Cortes se disuelven de forma automática y se convocan nuevas elecciones generales.

¿Puede Pedro Sánchez convocar elecciones?

La respuesta es no, de momento. En el caso de que Pedro Sánchez no decida renunciar este lunes, fecha que ha fijado para anunciar su decisión, debería esperar, como pronto hasta el próximo 31 de mayo, para convocar elecciones generales.

La ley impide que el presidente disuelva las Cortes antes de que pase un año de la anterior disolución. Solo desde entonces podría aprobar el decreto de disolución y convocatoria de elecciones, que se celebrarían pasados 54 días.

Ello llevaría las elecciones a las últimas semanas del mes de julio. La ley no establece que tengan que celebrarse en domingo, pero si así fuera, lo más probable es que se fueran al 28 de julio.

¿Y si Sánchez decide someterse a una cuestión de confianza?

Otra posibilidad es que Pedro Sánchez no renuncie a su cargo, pero decida por contra presentar una cuestión de confianza.

Se trata de un instrumento político del que dispone el presidente del Gobierno para afrontar una situación de debilidad frente al Parlamento que le ha elegido y mediante el cual el Gobierno pide al Congreso el respaldo a su política.

La Constitución, en su artículo 112, establece que el presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.

Según establece el Reglamento del Congreso, el debate se desarrolla con el mismo formato que las sesiones de investidura. La confianza se entiende otorgada cuando obtenga el voto de la mayoría simple de los Diputados.

Si Sánchez no obtuviera la confianza del Congreso, ocurriría igual que si hubiera dimitido y se iniciaría el proceso para investir a un nuevo presidente, con consultas del rey y un nuevo debate de investidura.

De nuevo, y como en el caso de las investiduras fallidas tras unos comicios generales, el artículo 172 del Reglamento del Congreso fija que si transcurren dos meses y ningún candidato consigue la confianza del Congreso, el presidente de la Cámara someterá a la firma del Rey el decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram.

Continuar leyendo