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Alfonso Grau condenado a cuatro años de prisión

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VALÈNCIA, 6 Jun.-

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a penas que suman cuatro años y dos días de prisión, así como dos años y un día de suspensión de empleo y cargo público, al que fuera primer teniente de alcalde de Valencia con el PP Alfonso Grau por aceptar relojes de lujo de un contratista del Ayuntamiento, cambiarlos por otros más caros y pagar la diferencia.

La sentencia declara probado que el político recibió en diciembre de 2010 y el mismo mes de 2011, en atención al cargo público que ejercía, sendos relojes de lujo que le había regalado un proveedor del Ayuntamiento, el empresario Urbano Catalán, responsable de Transvia y Viajes Privilege, también condenado a nueve meses y un día de cárcel en esta causa por un delito continuado de cohecho.

Según el tribunal, el entonces primer teniente de alcalde de València cambió los dos relojes en la joyería donde habían sido adquiridos por el empresario por otros de mayor valor y pagó la diferencia en metálico para «ocultar el origen ilícito» de los obsequios, informa el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV).

El empresario condenado era apoderado de varias empresas dedicadas al transporte urbano e interurbano que habían suscrito con el consistorio valenciano un total de 16 contratos entre los ejercicios 2006 y 2015.

En las mismas fechas del segundo regalo, diciembre de 2011, una de esas mercantiles, Transvia SL, había recibido la adjudicación por parte del Ayuntamiento de un contrato para el servicio de gestión y ejecución de fiestas y conmemoraciones para personas mayores por un importe de 652.748 euros, IVA incluido.

 

MÁS DE 25.000 EUROS DE LUCRO

La Sala cifra en 25.095 euros el lucro obtenido con ambas operaciones por el antiguo concejal y le impone una multa por igual cuantía. Por el delito continuado de cohecho, los magistrados le condenan a nueve meses y un día de prisión, así como a dos años y un día de suspensión de empleo y cargo público. Por el delito de blanqueo de capitales, le imponen tres años, tres meses y un día de cárcel.

La sentencia, que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, impone asimismo a los dos condenados el pago de las costas del proceso.

La causa contra el que fuera mano derecha de la exalcaldesa fallecida Rita Barberá se abrió a finales de 2015, cuando el juzgado recibió una denuncia de la Fiscalía contra el político y el empresario.

Según explicaba el fiscal en su escrito, Transvia regalaba supuestamente a cambio de contratos relojes de alta gama al exvicealcalde, que el exedil del PP en el consistorio cambiaba por otros de precio superior y abonaba la diferencia, sistema que constituía el blanqueo.

Los investigadores pudieron rastrear esta actuación porque en los relojes figura el número de serie, que pudieron cotejar en el establecimiento donde se hacían los cambios, y así comprobar el proceso.

 

Fuente: Europa Press

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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