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Bankia devuelve 194 millones por cláusulas suelo a 38.500 clientes y da por terminado el mecanismo

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MADRID/VALÈNCIA, 4 Feb. (EUROPA PRESS) –

Bankia ha devuelto 194 millones de euros a través del mecanismo extrajudicial de devolución de las cantidades indebidamente cobradas en concepto de cláusulas suelo a unos 38.500 clientes de la entidad, según han informado a Europa Press fuentes del banco, que da por terminado el procedimiento.

La entidad presidida por José Ignacio Goirigolzarri puso en marcha en febrero de 2017 un procedimiento exprés en sus oficinas para que los clientes que hubieran firmado con el banco hipotecas que contuvieran estas cláusulas pudieran solicitar el reembolso de lo pagado por ese concepto.

Mediante este procedimiento, la entidad determina si corresponde devolver el importe pagado de más por la aplicación de la cláusula suelo, que Bankia retiró de sus préstamos a particulares en septiembre de 2015.

En el caso de que el cliente forme parte del colectivo amparado por este proceso, Bankia ofrece el abono de la cantidad más el interés legal del dinero, de forma que se obtiene la misma cuantía que se conseguiría en el caso de ir a juicio y ganar.

El cliente puede elegir entre el ingreso del efectivo en su cuenta o la amortización de la parte correspondiente del capital pendiente de pago de su hipoteca.

Un año después, la entidad con sede social en València da por concluido el procedimiento, si bien tramitará desde su servicio de atención al cliente las reclamaciones presentadas en el ámbito del Real Decreto Ley que estableció el mecanismo extrajudicial respecto a la cartera hipotecaria de la entidad con anterioridad a la fecha de 31 de diciembre de 2017.

BMN MANTIENE SU SISTEMA
En cuanto a Banco Mare Nostrum (BMN), fusionada a Bankia con efecto desde el pasado 1 de enero, las reclamaciones por cláusulas suelo se resolverán mediante el mecanismo que la entidad absorbida puso en marcha en su momento.

Hace un año, cuando se inició el mecanismo, la entidad ahora propiedad de Bankia estimaba que el impacto de la devolución de las cantidades indebidamente cobradas por las cláusulas suelo ascendía a unos 80 millones de euros.

La aprobación del Real Decreto que establece un procedimiento extrajudicial para resolver las reclamaciones de los consumidores sobre cláusulas suelo cumplió hace dos semanas su primer año, en el que las entidades han estimado casi medio millón de solicitudes, cifra que no alcanza a la mitad de las recibidas.

Con los últimos datos disponibles, correspondientes al cierre de octubre, a través del mecanismo los bancos han recibido 1,07 millones de solicitudes, de las que han estimado 469.233, el 43,72%.

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¿Qué pasa si Sánchez dimite? ¿Quién sería el presidente? ¿Habría nuevas elecciones?

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¿Qué pasa si Sánchez dimite?
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez- Foto: CONGRESO
¿Qué pasa si Sánchez dimite? La posibilidad de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, renuncie al cargo abre un escenario incierto con muchas incógnitas pero que en su mayoría tienen respuesta en la Constitución y la ley electoral.

¿Qué pasa si Pedro Sánchez dimite?

El artículo 101 de la Constitución Española tiene previsto el escenario de una dimisión o fallecimiento del presidente del Gobierno o de una pérdida de confianza parlamentaria, como podría ser una moción censura.

“El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente”, reza la Carta Magna.

En este caso, la dimisión del jefe del Ejecutivo conllevaría que todo el Gabinete continuaría en funciones hasta que se nombre un nuevo presidente del Gobierno.

Ello significa que el Gobierno estaría limitado en sus atribuciones, sin capacidad para legislar, al igual que sucede pasadas las elecciones generales y antes de elegir al nuevo Gobierno.

¿Quien nombraría al nuevo presidente?

El Congreso sería el encargado de elegir a un nuevo presidente en un proceso idéntico al de las investiduras que se celebran tras unas elecciones generales.

El rey haría una ronda de consultas con los portavoces de los partidos con representación en la Cámara Baja y tras escuchar sus opiniones designaría un candidato.

Fue lo que ocurrió en 1981 cuando dimitió Adolfo Suárez. Su partido, UCD, propuso a Leopoldo Calvo-Sotelo como su sucesor, y tras un debate de investidura, interrumpido en su votación por el intento de golpe de Estado del 23F, fue elegido presidente por el Congreso.

En esta hipótesis, el candidato designado por el rey para suceder a Pedro Sánchez se sometería a un debate de investidura y para ser elegido debería recibir el apoyo de la mayoría absoluta del Congreso en primera votación o más síes que noes en segunda.

Si el candidato no lograra ser investido, arrancaría un plazo de dos meses en el que nuevos candidatos propuestos por el rey pueden optar a la Presidencia. Si tras estos dos meses ningún candidato consigue la confianza del Congreso las Cortes se disuelven de forma automática y se convocan nuevas elecciones generales.

¿Puede Pedro Sánchez convocar elecciones?

La respuesta es no, de momento. En el caso de que Pedro Sánchez no decida renunciar este lunes, fecha que ha fijado para anunciar su decisión, debería esperar, como pronto hasta el próximo 31 de mayo, para convocar elecciones generales.

La ley impide que el presidente disuelva las Cortes antes de que pase un año de la anterior disolución. Solo desde entonces podría aprobar el decreto de disolución y convocatoria de elecciones, que se celebrarían pasados 54 días.

Ello llevaría las elecciones a las últimas semanas del mes de julio. La ley no establece que tengan que celebrarse en domingo, pero si así fuera, lo más probable es que se fueran al 28 de julio.

¿Y si Sánchez decide someterse a una cuestión de confianza?

Otra posibilidad es que Pedro Sánchez no renuncie a su cargo, pero decida por contra presentar una cuestión de confianza.

Se trata de un instrumento político del que dispone el presidente del Gobierno para afrontar una situación de debilidad frente al Parlamento que le ha elegido y mediante el cual el Gobierno pide al Congreso el respaldo a su política.

La Constitución, en su artículo 112, establece que el presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.

Según establece el Reglamento del Congreso, el debate se desarrolla con el mismo formato que las sesiones de investidura. La confianza se entiende otorgada cuando obtenga el voto de la mayoría simple de los Diputados.

Si Sánchez no obtuviera la confianza del Congreso, ocurriría igual que si hubiera dimitido y se iniciaría el proceso para investir a un nuevo presidente, con consultas del rey y un nuevo debate de investidura.

De nuevo, y como en el caso de las investiduras fallidas tras unos comicios generales, el artículo 172 del Reglamento del Congreso fija que si transcurren dos meses y ningún candidato consigue la confianza del Congreso, el presidente de la Cámara someterá a la firma del Rey el decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones.

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