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CASO MARTA CALVO | Ascienden a dos las mujeres que denuncian a Jorge Ignacio de intoxicación por cocaína

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VALÈNCIA, 13 Dic.Las denuncias de mujeres que acusan a Jorge Ignacio P.J., el detenido por la desaparición de la joven Marta Calvo, de intoxicarles con cocaína durante una cita sexual mediante la práctica conocida como «fiesta blanca» ascienden a dos, según han confirmado a Europa Press fuentes de la investigación.

En concreto, la Guardia Civil cuenta con la denuncia de una mujer que aseguró a los agentes que tuvo una cita sexual con el acusado en la que él le pidió el consumo de drogas durante las relaciones sexuales. Asegura que, en un momento determinado, perdió el conocimiento tras consumir una bebida y, cuando se despertó, se percató de que tenía droga en sus genitales.

Otra mujer ha presentado otra denuncia ante los agentes para denunciar al arrestado por intentar mantener con ella relaciones sexuales con consumo de cocaína. Es decir, con el mismo ‘modus operandi’, han señalado las mismas fuentes.

Por el momento, los investigadores siguen buscando los restos de Marta Calvo –a quien el detenido ha asegurado que descuartizó– y se han reabierto dos causas por el fallecimiento de dos mujeres que ejercían la prostitución y que murieron en València en circunstancias similares al ‘modus operandi’ relatado por el arrestado.

Ahora se suman las dos nuevas denunciantes que ya han prestado declaración ante la Guardia Civil. Además, se estudia si el sospechoso, quien se encontraba en libertad provisional por una condena por tráfico de drogas cuando desapareció Marta Calvo, ha actuado en otras comunidades autónomas.

LA JOVEN DE CARCAIXENT
Por otro lado, se investiga la desaparición de otra joven de Carcaixent de la que no se tienen noticias desde hace un mes y sobre la que en un principio los investigadores planteaban que fuera voluntaria.

Sin embargo, según ha confirmado hoy mismo el subdelegado del Gobierno en la provincia de Valencia, Roberto González Cachorro, una vez se ha comprobado que no hubo voluntariedad, se ha volcado toda la actividad en el caso para aclararlo cuanto antes.

También ha indicado que en estos momentos no hay indicios de que se relacione este caso con los otros investigados a pesar de la coincidencia «muy llamativa» de la zona en la que se entregó el supuesto agresor de Marta Calvo y donde desapareció la joven de Carcaixent. A este operativo de búsqueda se han sumado agentes de la Unidad Central Operativa (UCO).

CAUSAS BAJO EL JUEZ
Por un lado, existe una causa abierta en el Juzgado de Instrucción número 6 de Alzira, que es el órgano encargado de investigar la desaparición y muerte de Marta Calvo. Al atestado policial que obra en este juzgado se habría sumado, al menos, una de las nuevas denuncias contra Jorge Ignacio.

Otro juzgado, el Juzgado de Instrucción número 14 de València, también ha reabierto la causa archivada en relación con el fallecimiento de una de las mujeres que ejercía la prostitución en una casa de citas de València.

Tras la muerte de la joven, en el barrio valenciano de Russafa, el juez abrió unas diligencias que acabó archivando tras recibir la autopsia que revelaba que la fallecida murió como consecuencia de un ataque epiléptico con consumo de sustancias estupefacientes, por lo que Jorge Ignacio, quien había mantenido un encuentro sexual con ella, no llegó a ser ni interrogado ni investigado.

La Policía se ha reunido con el titular de este juzgado para informarle sobre el ‘modus operandi’ del arrestado y, tras ello, según ha podido confirmar Europa Press, se ha reabierto el procedimiento para practicar nuevas diligencias.

La causa se ha declarado secreta. Así mismo, según ha confirmado el delegado, otro órgano judicial también habría reabierto la causa por el fallecimiento de la otra joven que ejercía la prostitución. En este caso, se trabaja para constatar si hay vinculación con el sospechoso.

FUENTE: EUROPA PRESS

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¿Qué pasa si Sánchez dimite? ¿Quién sería el presidente? ¿Habría nuevas elecciones?

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¿Qué pasa si Sánchez dimite?
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez- Foto: CONGRESO
¿Qué pasa si Sánchez dimite? La posibilidad de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, renuncie al cargo abre un escenario incierto con muchas incógnitas pero que en su mayoría tienen respuesta en la Constitución y la ley electoral.

¿Qué pasa si Pedro Sánchez dimite?

El artículo 101 de la Constitución Española tiene previsto el escenario de una dimisión o fallecimiento del presidente del Gobierno o de una pérdida de confianza parlamentaria, como podría ser una moción censura.

“El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente”, reza la Carta Magna.

En este caso, la dimisión del jefe del Ejecutivo conllevaría que todo el Gabinete continuaría en funciones hasta que se nombre un nuevo presidente del Gobierno.

Ello significa que el Gobierno estaría limitado en sus atribuciones, sin capacidad para legislar, al igual que sucede pasadas las elecciones generales y antes de elegir al nuevo Gobierno.

¿Quien nombraría al nuevo presidente?

El Congreso sería el encargado de elegir a un nuevo presidente en un proceso idéntico al de las investiduras que se celebran tras unas elecciones generales.

El rey haría una ronda de consultas con los portavoces de los partidos con representación en la Cámara Baja y tras escuchar sus opiniones designaría un candidato.

Fue lo que ocurrió en 1981 cuando dimitió Adolfo Suárez. Su partido, UCD, propuso a Leopoldo Calvo-Sotelo como su sucesor, y tras un debate de investidura, interrumpido en su votación por el intento de golpe de Estado del 23F, fue elegido presidente por el Congreso.

En esta hipótesis, el candidato designado por el rey para suceder a Pedro Sánchez se sometería a un debate de investidura y para ser elegido debería recibir el apoyo de la mayoría absoluta del Congreso en primera votación o más síes que noes en segunda.

Si el candidato no lograra ser investido, arrancaría un plazo de dos meses en el que nuevos candidatos propuestos por el rey pueden optar a la Presidencia. Si tras estos dos meses ningún candidato consigue la confianza del Congreso las Cortes se disuelven de forma automática y se convocan nuevas elecciones generales.

¿Puede Pedro Sánchez convocar elecciones?

La respuesta es no, de momento. En el caso de que Pedro Sánchez no decida renunciar este lunes, fecha que ha fijado para anunciar su decisión, debería esperar, como pronto hasta el próximo 31 de mayo, para convocar elecciones generales.

La ley impide que el presidente disuelva las Cortes antes de que pase un año de la anterior disolución. Solo desde entonces podría aprobar el decreto de disolución y convocatoria de elecciones, que se celebrarían pasados 54 días.

Ello llevaría las elecciones a las últimas semanas del mes de julio. La ley no establece que tengan que celebrarse en domingo, pero si así fuera, lo más probable es que se fueran al 28 de julio.

¿Y si Sánchez decide someterse a una cuestión de confianza?

Otra posibilidad es que Pedro Sánchez no renuncie a su cargo, pero decida por contra presentar una cuestión de confianza.

Se trata de un instrumento político del que dispone el presidente del Gobierno para afrontar una situación de debilidad frente al Parlamento que le ha elegido y mediante el cual el Gobierno pide al Congreso el respaldo a su política.

La Constitución, en su artículo 112, establece que el presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.

Según establece el Reglamento del Congreso, el debate se desarrolla con el mismo formato que las sesiones de investidura. La confianza se entiende otorgada cuando obtenga el voto de la mayoría simple de los Diputados.

Si Sánchez no obtuviera la confianza del Congreso, ocurriría igual que si hubiera dimitido y se iniciaría el proceso para investir a un nuevo presidente, con consultas del rey y un nuevo debate de investidura.

De nuevo, y como en el caso de las investiduras fallidas tras unos comicios generales, el artículo 172 del Reglamento del Congreso fija que si transcurren dos meses y ningún candidato consigue la confianza del Congreso, el presidente de la Cámara someterá a la firma del Rey el decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones.

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