Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Ya hay fecha para el sorteo de las mesas electorales

Publicado

en

fecha sorteo mesas electorales

Elecciones Generales 2023  se encuentran a la vuelta de la esquina y  llega uno  de sus momentos clave para millones de ciudadanos españoles: el sorteo de los miembros de las mesas electorales para el 23 de julio. Hace unos días, el Ministerio del Interior hizo público el número más temido de este verano: 543,060 personas serán convocadas como presidentes o vocales, tanto titulares como suplentes. Lo que supone un aumento de 2,376 personas en comparación con las últimas elecciones generales de 2019. Además, se conoce la fecha para el sorteo de las mesas electorales.

Ya hay fecha para el sorteo de las mesas electorales

La fecha del sorteo de las mesas electorales será entre el 24 y el 28 de junio, de acuerdo con la Ley Electoral y el calendario establecido tras la convocatoria de las elecciones. Los seleccionados como miembros de mesa por el Pleno Municipal recibirán la notificación de su designación durante los tres días posteriores al sorteo. Por lo tanto, se espera que las cartas temidas lleguen entre el 27 de junio y el 1 de julio.

La manera de notificar a los «agraciados» es mediante la Policía Local o el funcionariado de Correos. Es necesario que notifiquen personalmente a la persona que haya salido en el corte. En el caso de que no puedan notificar, la persona tendrá que acudir de todos modos a la mesa, pues se habría dejado diferentes avisos en el buzón. A pesar de que no se haya notificado o que se haya hecho más tarde, la persona debe ir igualmente. La ley fija expresamente que el retraso no será causa invalidante de la designación.

El sorteo se realiza en el Ayuntamiento de cada localidad

El sorteo de los miembros de las mesas electorales se realiza de manera transparente y pública, utilizando procedimientos aleatorios o mecanismos al azar. Se lleva a cabo en el Ayuntamiento de cada localidad, bajo la supervisión de las Juntas Electorales de Zona. Es importante destacar que haber participado recientemente como miembro de mesa no te excluye de la posibilidad de ser seleccionado nuevamente. Sin embargo, existe la opción de excusarse si has desempeñado esa función en tres ocasiones durante los últimos diez años.

No es obligatorio que la lista de las personas seleccionadas se publique, y de hecho, la página web del Ministerio del Interior asegura que esto no se hace, aunque algunos ayuntamientos sí pueden optar por publicitar esos nombres.

Los presidentes y vocales deben ser menores de 70 años, aunque a partir de los 65 años tienen la opción de manifestar su renuncia. Además, existen diversas excusas y justificaciones aceptadas para no asistir a la mesa electoral.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

¿Qué pasa si Sánchez dimite? ¿Quién sería el presidente? ¿Habría nuevas elecciones?

Publicado

en

¿Qué pasa si Sánchez dimite?
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez- Foto: CONGRESO
¿Qué pasa si Sánchez dimite? La posibilidad de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, renuncie al cargo abre un escenario incierto con muchas incógnitas pero que en su mayoría tienen respuesta en la Constitución y la ley electoral.

¿Qué pasa si Pedro Sánchez dimite?

El artículo 101 de la Constitución Española tiene previsto el escenario de una dimisión o fallecimiento del presidente del Gobierno o de una pérdida de confianza parlamentaria, como podría ser una moción censura.

“El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente”, reza la Carta Magna.

En este caso, la dimisión del jefe del Ejecutivo conllevaría que todo el Gabinete continuaría en funciones hasta que se nombre un nuevo presidente del Gobierno.

Ello significa que el Gobierno estaría limitado en sus atribuciones, sin capacidad para legislar, al igual que sucede pasadas las elecciones generales y antes de elegir al nuevo Gobierno.

¿Quien nombraría al nuevo presidente?

El Congreso sería el encargado de elegir a un nuevo presidente en un proceso idéntico al de las investiduras que se celebran tras unas elecciones generales.

El rey haría una ronda de consultas con los portavoces de los partidos con representación en la Cámara Baja y tras escuchar sus opiniones designaría un candidato.

Fue lo que ocurrió en 1981 cuando dimitió Adolfo Suárez. Su partido, UCD, propuso a Leopoldo Calvo-Sotelo como su sucesor, y tras un debate de investidura, interrumpido en su votación por el intento de golpe de Estado del 23F, fue elegido presidente por el Congreso.

En esta hipótesis, el candidato designado por el rey para suceder a Pedro Sánchez se sometería a un debate de investidura y para ser elegido debería recibir el apoyo de la mayoría absoluta del Congreso en primera votación o más síes que noes en segunda.

Si el candidato no lograra ser investido, arrancaría un plazo de dos meses en el que nuevos candidatos propuestos por el rey pueden optar a la Presidencia. Si tras estos dos meses ningún candidato consigue la confianza del Congreso las Cortes se disuelven de forma automática y se convocan nuevas elecciones generales.

¿Puede Pedro Sánchez convocar elecciones?

La respuesta es no, de momento. En el caso de que Pedro Sánchez no decida renunciar este lunes, fecha que ha fijado para anunciar su decisión, debería esperar, como pronto hasta el próximo 31 de mayo, para convocar elecciones generales.

La ley impide que el presidente disuelva las Cortes antes de que pase un año de la anterior disolución. Solo desde entonces podría aprobar el decreto de disolución y convocatoria de elecciones, que se celebrarían pasados 54 días.

Ello llevaría las elecciones a las últimas semanas del mes de julio. La ley no establece que tengan que celebrarse en domingo, pero si así fuera, lo más probable es que se fueran al 28 de julio.

¿Y si Sánchez decide someterse a una cuestión de confianza?

Otra posibilidad es que Pedro Sánchez no renuncie a su cargo, pero decida por contra presentar una cuestión de confianza.

Se trata de un instrumento político del que dispone el presidente del Gobierno para afrontar una situación de debilidad frente al Parlamento que le ha elegido y mediante el cual el Gobierno pide al Congreso el respaldo a su política.

La Constitución, en su artículo 112, establece que el presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.

Según establece el Reglamento del Congreso, el debate se desarrolla con el mismo formato que las sesiones de investidura. La confianza se entiende otorgada cuando obtenga el voto de la mayoría simple de los Diputados.

Si Sánchez no obtuviera la confianza del Congreso, ocurriría igual que si hubiera dimitido y se iniciaría el proceso para investir a un nuevo presidente, con consultas del rey y un nuevo debate de investidura.

De nuevo, y como en el caso de las investiduras fallidas tras unos comicios generales, el artículo 172 del Reglamento del Congreso fija que si transcurren dos meses y ningún candidato consigue la confianza del Congreso, el presidente de la Cámara someterá a la firma del Rey el decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram.

Continuar leyendo