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CVMC aprueba la plantilla inicial de trabajadores de la nueva RTVV

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Después de la reunión celebrada el 25 de mayo de 2017, en Burjassot, el Consell Rector, presidido por Mar Iglesias, por ausencia del presidente, Enrique Soriano, ha tratado los siguientes puntos:

  • Se ha incorporado a Soledad Fernández como miembro de pleno derecho del Consell Rector en representación de los sindicatos.

  • Se han aprobado por unanimidad las bases de la convocatoria de un concurso para la propuesta de nombramiento de la dirección de administración de la Corporació. Estas bases se publicarán próximamente en la web de la Corporació.

  • También se ha hecho la aprobación inicial de la plantilla de la SAMC y se inicia ahora la negociación con los sindicatos del Sector Público.

  • Se ha aprobado hacer público el siguiente comunicado:

El Consell Rector apoya al Secretario de la CVMC

El Consell Rector de la CVMC, ante la publicación el pasado 19 de mayo en el diario ‘Las Provincias’ de la situación de parentesco entre el secretario de la Corporació y la directora general, manifiesta su contundente rechazo por el tratamiento falso y ofensivo que se ha hecho.

El secretario, como abogado de la Generalitat con 30 años de dedicación, y que ha ocupado cargos de responsabilidad en varios gobiernos, puso en conocimiento del Consell Rector el parentesco con una de las candidatas a la Dirección general, y el Consell le apoyó e indicó que no había conflicto de intereses. Además, cuando se ha tenido que tratar la valoración de la candidata, el secretario se ha ausentado de la sala y no ha participado en ninguna deliberación. Así, se puede garantizar que todas sus actuaciones han sido y son impecables en cuanto a los intereses públicos de la CVMC.

El Consell Rector manifiesta que ha sido muy paciente ante las manipulaciones e intoxicaciones de algunos medios -lo cual ha perjudicado a personas- difundiendo informaciones innecesarias en cuanto a la transparencia de los procesos y que no se atienen a las necesidades de un servicio público.

Por eso, se pide al conjunto de los medios y periodistas una actitud responsable y respetuosa con el trabajo de los profesionales de la Corporació y que se cumpla con los principios y valores de la profesión periodística.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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