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Illa no descarta un confinamiento quirúrgico en zonas de España: «El virus está entre nosotros»

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Tras los nuevos rebrotes registrados en España los últimos días, el ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha informado de que hay actualmente 73 brotes activos en España, aunque los que más le preocupan son los de la comarca del Segría, en Lleida, y el de A Mariña, en Lugo.Aunque ha afirmado que la aparición de brotes es «normal» dentro de la fase de la nueva normalidad: «Las medidas que se han tomado son las adecuadas y van surtiendo efecto», ha explicado en una entrevista en Antena3 recogida por Europa Press, donde además ha destacado que los rebrotes de coronavirus que han requerido de «una actuación contundente han sido los de Aragón, el de A Marita y en la comarca del Segriá», unas medidas que han sido seguidas por el ministerio y ha calificado de «valientes».

«Me consta que se han tomado las medidas necesarias y me consta que se han hecho esfuerzo para tener las capacidades asistenciales y de vigilancia necesarias», ha señalado el ministro, quien ha afirmado tajante que ante lo rebrotes es «clave» la detección precoz, y «la actuación contundente para atajarlos. Hay que mantener la guardia alta, hay que mantener el respeto al virus, hay que seguir insistiendo a la población que el virus está entre nosotros y que tenemos que aprender a convivir con él hasta que tengamos un tratamiento eficaz o una vacuna», ha indicado.

De esta forma, ha asegurado de que «no hay ninguna previsión» de que el Gobierno vuelva a declarar el Estado de Alarma, principalmente porque se ha podido ver que «las CCAA tiene capacidades para decretar confinamientos quirúrgicos en zonas limitadas». No obstante, ha añadido, «si se diera el caso de una transmisión descontrolada y necesitáramos limitar de una forma muy drástica la movilidad, que es un derecho fundamental, en varias zonas de España, ya sabemos que hay un instrumento que ha sido eficaz».

Según los últimos datos del coronavirus en España, se han registrado en la última jornada 257 nuevos positivos de Covid-19, en comparación con los 124 notificados el martes, lo que sitúa en 252.513 las personas que se han infectado desde el inicio de la pandemia.

En cuanto al uso de mascarilla Illa ha subrayado que esta medida de protección ya es obligatorio en toda España desde la entrada en vigor del real decreto que rige la nueva normalidad en el Estado «cuando no se garantice una distancia del metro y medio». «Si algunas comunidades autónomas quieren reforzar este mensaje y quieren especificar algunos casos más, no me parece mal», ha dicho en referencia a Cataluña y Ordizia (Guipúzcoa).

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¿Qué pasa si Sánchez dimite? ¿Quién sería el presidente? ¿Habría nuevas elecciones?

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¿Qué pasa si Sánchez dimite?
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez- Foto: CONGRESO
¿Qué pasa si Sánchez dimite? La posibilidad de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, renuncie al cargo abre un escenario incierto con muchas incógnitas pero que en su mayoría tienen respuesta en la Constitución y la ley electoral.

¿Qué pasa si Pedro Sánchez dimite?

El artículo 101 de la Constitución Española tiene previsto el escenario de una dimisión o fallecimiento del presidente del Gobierno o de una pérdida de confianza parlamentaria, como podría ser una moción censura.

“El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente”, reza la Carta Magna.

En este caso, la dimisión del jefe del Ejecutivo conllevaría que todo el Gabinete continuaría en funciones hasta que se nombre un nuevo presidente del Gobierno.

Ello significa que el Gobierno estaría limitado en sus atribuciones, sin capacidad para legislar, al igual que sucede pasadas las elecciones generales y antes de elegir al nuevo Gobierno.

¿Quien nombraría al nuevo presidente?

El Congreso sería el encargado de elegir a un nuevo presidente en un proceso idéntico al de las investiduras que se celebran tras unas elecciones generales.

El rey haría una ronda de consultas con los portavoces de los partidos con representación en la Cámara Baja y tras escuchar sus opiniones designaría un candidato.

Fue lo que ocurrió en 1981 cuando dimitió Adolfo Suárez. Su partido, UCD, propuso a Leopoldo Calvo-Sotelo como su sucesor, y tras un debate de investidura, interrumpido en su votación por el intento de golpe de Estado del 23F, fue elegido presidente por el Congreso.

En esta hipótesis, el candidato designado por el rey para suceder a Pedro Sánchez se sometería a un debate de investidura y para ser elegido debería recibir el apoyo de la mayoría absoluta del Congreso en primera votación o más síes que noes en segunda.

Si el candidato no lograra ser investido, arrancaría un plazo de dos meses en el que nuevos candidatos propuestos por el rey pueden optar a la Presidencia. Si tras estos dos meses ningún candidato consigue la confianza del Congreso las Cortes se disuelven de forma automática y se convocan nuevas elecciones generales.

¿Puede Pedro Sánchez convocar elecciones?

La respuesta es no, de momento. En el caso de que Pedro Sánchez no decida renunciar este lunes, fecha que ha fijado para anunciar su decisión, debería esperar, como pronto hasta el próximo 31 de mayo, para convocar elecciones generales.

La ley impide que el presidente disuelva las Cortes antes de que pase un año de la anterior disolución. Solo desde entonces podría aprobar el decreto de disolución y convocatoria de elecciones, que se celebrarían pasados 54 días.

Ello llevaría las elecciones a las últimas semanas del mes de julio. La ley no establece que tengan que celebrarse en domingo, pero si así fuera, lo más probable es que se fueran al 28 de julio.

¿Y si Sánchez decide someterse a una cuestión de confianza?

Otra posibilidad es que Pedro Sánchez no renuncie a su cargo, pero decida por contra presentar una cuestión de confianza.

Se trata de un instrumento político del que dispone el presidente del Gobierno para afrontar una situación de debilidad frente al Parlamento que le ha elegido y mediante el cual el Gobierno pide al Congreso el respaldo a su política.

La Constitución, en su artículo 112, establece que el presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.

Según establece el Reglamento del Congreso, el debate se desarrolla con el mismo formato que las sesiones de investidura. La confianza se entiende otorgada cuando obtenga el voto de la mayoría simple de los Diputados.

Si Sánchez no obtuviera la confianza del Congreso, ocurriría igual que si hubiera dimitido y se iniciaría el proceso para investir a un nuevo presidente, con consultas del rey y un nuevo debate de investidura.

De nuevo, y como en el caso de las investiduras fallidas tras unos comicios generales, el artículo 172 del Reglamento del Congreso fija que si transcurren dos meses y ningún candidato consigue la confianza del Congreso, el presidente de la Cámara someterá a la firma del Rey el decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones.

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