Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Cotino aporta un informe a la causa de la visita del Papa que concluye que la FVEMF no era fundación pública

Publicado

en

VALÈNCIA, 14 May. (EUROPA PRESS) –

El expresidente de Les Corts Valencianes y exconseller del Gobierno valenciano con el PP, Juan Cotino, ha aportado este martes al Juzgado de Instrucción número 5 de Valencia, que investiga presuntas irregularidades en las contrataciones de la Fundación V Encuentro Mundial de las Familias (FVEMF) para la visita del Papa Benedicto XVI a la ciudad en 2006, un informe de un abogado del Estado en excedencia que concluye que esa entidad no era pública ni quedaba sujeta a las exigencias de la normativa de contratación pública vigente.

Así consta en el informe, al que ha tenido acceso Europa Press, que sostiene una conclusión contraria a la alcanzada tanto por el perito judicial como al agente de la UDEF que se pronunciaron sobre la naturaleza jurídica de la FVEMF –determinaron su carácter público desde el mismo momento de su constitución–, y sobre los que considera que los argumentos esgrimidos carecen de la «más mínima consistencia jurídica».

Este documento aportado por Cotino sostiene que la FVEMF no fue una fundación del sector público estatal según la Ley 50/2002 de Fundaciones ni la 8/1998 de la Generalitat porque no se constituyó con aportaciones mayoritarias de la Administración General del Estado ni de la Generalitat ni su patrimonio fundacional con carácter de permanencia estuvo formado en más de un 50 por ciento por bienes o derecho cedidos o aportados por estas entidades. Por analogía, tampoco local.

Además, concluye que no puede sostenerse que la aportación excepcional realizada por la Generalitat a la FVEMF en 2010 y a la que se le dio la calificación de «dotación fundacional» en 2014 la convirtiera en una fundación del sector público porque esa aportación no tuvo vocación de permanencia. En esta línea, apunta que tampoco quedaba sujeta a las exigencias de la normativa de contratación pública ni sobre ella existía un control efectivo de la administración autonómica.

VOLUNTARIO CON JUAN PABLO II
Junto con el informe, Cotino, que ha prestado declaración como investigado, ha argumentado en su comparecencia que contactaron con él en 2003, siendo delegado del Gobierno en la Comunitat Valenciana, para colaborar en la organización de la visita de Benedicto XVI por su conocimiento de temas de seguridad, ya que, además, con anterioridad había sido director general de la Policía y concejal de Seguridad Ciudadana en el Ayuntamiento de Valencia.

Asimismo, según han asegurado a Europa Press fuentes conocedoras de su declaración, fue llamado por el Arzobispado por su «vínculo» con la Iglesia, puesto que ya había colaborado como voluntario en la visita del Papa Juan Pablo II a Valencia en 1983. En esta línea, ha indicado que participó en reuniones de voluntarios pero que, en ningún caso, tenía capacidad de decisión de contratación.

«ME ENCUENTRO PERFECTAMENTE»
A su llegada a la Ciudad de la Justicia, Cotino únicamente ha pedido a los periodistas que le dejaran acceder a las instalaciones judiciales: «Si ustedes dejan entrar puedo llegar ahora. Me encuentro perfectamente», se ha limitado a decir.

Cuando ha terminado, se ha detenido unos segundos ante los periodistas que le esperaban y ha señalado que ha contestado a la jueza que instruye el caso y a los abogados y ha entregado este documento pericial «sobre los temas que se están valorando». «Seguirá el tema adelante y cuando haya que volver a hablar, hablaremos», ha zanjado a este respecto.

Insistido sobre si se produjeron irregularidades en la contratación, ha reiterado que ya no tenía «nada más» que decir «en este momento».

Asimismo, preguntado por el caso Erial, en el que se encuentra investigado junto al expresidente de la Generalitat Eduardo Zaplana, entre otros, ha vuelto a negarse a hablar: «Cuando corresponda otra cosa, hablaremos de otra cosa. Yo les digo a ustedes que he venido aquí a contestar lo que me ha preguntado la juez y los abogados. Cuando corresponda otro tema, vendré a otro tema», ha repetido.

PREVARICACIÓN, MALVERSACIÓN Y FALSEDAD
La jueza abrió en 2016 esta causa por delitos de prevaricación, malversación y falsedad por supuestas irregularidades en las adjudicaciones por parte de la fundación que organizó la visita del papa Benedicto XVI a València en julio de 2006. El origen fue la pieza separada del caso Gürtel remitida a València por el Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional.

En concreto, se investiga si esas adjudicaciones se realizaron sin respetar las normas generales de contratación, sin concurso ni concurrencia pública. En febrero del pasado año se acordó la consideración de investigados del expresidente Francisco Camps y el resto de ex altos cargos.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

Publicado

en

SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram.

Continuar leyendo