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Divorciarse no es la solución, la última campaña de @CentroJTomsMoro

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El Centro Jurídico Tomás Moro lanza su nueva campaña «Divorciarse no es la solución» para tratar de reducir el alto número de separaciones y divorcios

Según el Instituto Nacional de Estadística durante el año 2015 se produjeron un total de 101.214 casos de separación y divorcio, es decir más de 277 separaciones o divorcios diarios.

El 52,5 % de los matrimonios divorciados o separados tenían hijos menores de edad.

Hace más de 35 años que se aprobó en España la Ley del Divorcio y en estos años miles de españoles han podido constatar que el divorcio no es la solución; sin embargo nuestros representantes políticos no han tomado ninguna medida activa para defender la familia minimizando el número de divorcios, ni para evitar los graves perjuicios psicológicos, sociales y familiares que la separación de los progenitores produce en los menores.

El Centro Jurídico Tomás Moro considera que una Ley de Terapia Familiar no es la solución definitiva pero es el inicio de un obligado camino tendente a mejorar la salud de las familias españolas y conseguir familias socialmente sostenibles. Desde el Centro Jurídico Tomás Moro creemos que desde hace 35 años en España no se hace nada para evitar los divorcios por lo que nuestra campaña pretende que la sociedad española se haga una pregunta: ¿el divorcio es la solución?

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Para fomentar el debate sobre el divorcio el Centro Jurídico Tomás Moro ha lanzado su campaña «El divorcio no es la solución». La campaña consta de dos acciones

1.- Firmar y difundir una petición al Ministro de Justicia para que se apruebe una Ley de Terapia Familiar obligatoria. (http://www.tomasmoro.info/2017/02/02/por-terapia-familiar-obligatoria-antes-divorcio/ )

2.- Difusión de un vídeo de 50 segundos llamado «El divorcio no es la solución»:

Desde el Centro Jurídico Tomás Moro consideramos que es hora de que nuestras leyes adopten medidas activas de protección de la estabilidad matrimonial, por ello como primer paso para mejorar la salud de la familia proponemos que antes de iniciarse cualquier procedimiento de separación o divorcio, y en el caso de haber menores, sea obligatorio que los cónyuges pasen por terapia familiar obligatoria que tendrá como primer objetivo solucionar los problemas matrimoniales y salvar así el matrimonio.

Según algunos expertos más del 75% de las familias y matrimonios que siguen terapias familiares mejoran su situación personal, conyugal o familiar (datos de la UDITEF de la Clínica Universitaria de Navarra), por eso creemos que dicha terapia mejoraría la salud de la familia española, y que puede ser un primer paso para minimizar el número de separaciones y divorcios, y mejorar la salud emocional de los menores de edad.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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