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Economistas aconsejan «no precipitarse» al aceptar los datos de la renta en la APP de la Agencia Tributaria

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10 trucos para pagar menos impuestos

ALICANTE, 24 Abr. (EUROPA PRESS) – El Colegio de Economistas de Alicante ha recomendado a los ciudadanos «no precipitarse» al aceptar los datos de la tributación en la APP de la Agencia Tributaria para confirmar la declaración de la renta 2017.

Según han recordado, para este año la novedad tecnológica más significativa de la campaña de la renta ha sido el lanzamiento de la aplicación de la Agencia Tributaria para móviles y tabletas, pero este borrador «puede haber omitido algunos datos importantes» que pueden resultar «ventajosos» para el contribuyente, han advertido.

En un comunicado, el Colegio ha recordado que en la Comunitat Valenciana se presentarán 2.176.614 –el 11% de las presentadas en toda España– y en Alicante en concreto 733.772 –el 33,7% de las valencianas y el 3,8% del total–. La recaudación por este impuesto en la región será de 1.002 millones de euros, 345 de los cuales procederán de los alicantinos.

El decano del Colegio de Economistas de Alicante, Francisco Menargues, y los miembros de la junta Antonio Rodríguez y Antonio Pérez han destacado la importancia de considerar detenidamente las opciones irrevocables que se ejercen a través de la declaración –como optar por la modalidad conjunta o separada–, y otras circunstancias que influirán en la tributación como la devolución de cláusulas suelo, las pérdidas que han tenido los clientes del Banco del Popular o las diferentes implicaciones del alquiler de inmuebles.

El IRPF es el impuesto por el que más recauda el Estado. De las declaraciones de 2017 correspondientes a este concepto las arcas públicas ingresarán 77.038 millones de euros, un 6% más que el año anterior y por encima ya de lo ingresado en 2007, primer año de la crisis económica.

Por el IVA se recaudarán 63.647 millones de euros –también por encima de lo recaudado en 2007– mientras que el Impuesto de Sociedades continúa lejos de los valores anteriores a la crisis con una recaudación de 23.143 millones de euros, frente a los 44.823 del año 2007.

MEJORÍA AUTONÓMICA
Por lo que se refiere a la Comunitat Valenciana, la previsión es que el número de declaraciones positivas de IRPF que se presenten este año aumente un 8% -un total de 603.213- de las que 200.145 corresponderán a la provincia de Alicante.

«Se nota la mejoría económica y se nota más en el IRPF que en el impuesto de sociedades», ha señalado Menargues, en parte porque las empresas pueden compensar con menos restricciones bases negativas y pérdidas de ejercicios anteriores.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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