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El Corte Inglés sigue abierto en la Comunitat, excepto cafetería y restaurantes

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El Grupo El Corte Inglés ha decidido cerrar sus centros comerciales de la Comunidad de Madrid y País Vasco ante la situación de alerta sanitaria que se ha declarado en nuestro país y que afecta fundamentalmente a estas comunidades autónomas. La medida, que se pondrá en marcha mañana mismo, se extiende a todos los centros comerciales de El Corte Inglés en ambas regiones, salvo el área de supermercado e hipermercado, así como a las tiendas de Sfera. Se mantendrán abiertos los supermercados Supercor.

Por otra parte El Corte Inglés de de Cartagena cierra tras la Orden de la Consejería de Salud de la Región de Murcia por la que se insta la activación del Plan Territorial de Protección Civil de la Región de Murcia y que afecta, entre otros al municipio de Cartagena. Esta medida no afecta al Supermercado que permanecerá abierto al igual que el Supercor de La Manga.

Como respuesta a la alerta sanitaria y al compromiso de la compañía con sus clientes, empleados y con la sociedad en general, el Grupo ha hecho un esfuerzo para intensificar los servicios que conectan el mundo digital con el entorno real. La empresa ha reforzado los servicios online y telefónico con recogida de mercancía en el aparcamiento de los centros comerciales.

En este sentido, los establecimientos de El Corte Inglés están habilitando en sus zonas de aparcamiento nuevas áreas de abastecimiento y entrega de pedidos para propiciar la recogida de la compra.

NUEVAS LÍNEAS DE ATENCIÓN TELEFÓNICA

En paralelo a esta serie de medidas y como respuesta a aquellas personas que no disponen de acceso a internet o que desean una atención personalizada y a distancia, El Corte Inglés ha reforzado también el servicio telefónico con nuevas líneas a disposición de los ciudadanos. El teléfono habilitado es el 901 930 930.

A través de la atención telefónica, la empresa da la opción de entrega en el domicilio, sujeta a la disponibilidad de reparto en función de la ubicación y zona geográfica, o de recogida en el aparcamiento del centro comercial que decida el cliente y sin necesidada de bajarse de su propio vehículo.

El Corte Inglés confía en que este tipo de medidas contribuyan a mejorar la situación de alerta social que se vive actualmente en nuestro país.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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