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Estas son las restricciones que sopesa el Gobierno antes que dictar otra alarma

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El coronavirus sigue cogiendo fuerza en España. La cifra de contagios va en aumento cada día y las autoridades sanitarias no descartan ya, públicamente, la necesidad de aplicar medidas drásticas.

Hace unos días Fernando Simón, director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, afirmó que no descarta el confinamiento en las zonas en que sea necesario para atajar la transmisión, especialmente la comunitaria. Además de las pruebas PCR, Simón apunta a la cuarenta a los contactos de las personas que hayan sido afectadas.

No obstante, decretar, nuevamente, el Estado de Alarma no se descarta si fuera necesario en algún momento. En este sentido, Simón ha explicado las tres modalidades de Estado de Alarma que el Ejecutivo tiene preparado para aplicar si la emergencia sanitaria así lo requiere:

  1. Solicitar el Estado de Alarma en toda una Comunidad Autónoma
  2. Estado de Alarma limitado a una zona en concreto
  3. Estado de Alarma aplicado a todo el territorio nacional como el que sufrió España meses atrás

 

Y con la curva en ascenso, este sábado se ha sabido que el Gobierno de Pedro Sánchez se plantea la posibilidad de implantar restricciones de movilidad en las comunidades autónomas, similares a las que se vivieron en Fase 2, intentando evitar el decreto de un nuevo estado de alarma, según han confirmado fuentes de los gobiernos autonómicos a El Español.

De no mejorar los datos de contagios, España podría dar pasos atrás en la nueva normalidad y volver a situaciones similares de la Fase 2, aunque las limitaciones de movilidad estarían circunscritas a la comunidad, en lugar del ámbito provincial.

Estas medidas podrían ser anunciadas por el ministro de Sanidad, Salvador Illa, en la próxima reunión Interterritorial de Salud, que se produce el jueves 27 de agosto, según las fuentes oficiales. Esta nueva decisión podría afectar al inicio del próximo curso escolar, que se vería retrasado en función de la evolución de la epidemia tras las nuevas restricciones impuestas. El objetivo del Gobierno es, por el momento, poner en marcha medidas legalmente viables sin tener que pasar por el Congreso.

Por otra parte, el ministro de Consumo, Alberto Garzón, en una entrevista en RNE ha asegurado que «nuestra opción es que dentro de las competencias de las comunidades autónomas pueda haber una coordinación excelente y una prevención siempre basada en criterios científicos. Eso es lo que se está haciendo».

«Que nadie se confunda, las cosas no van bien. Es momento de parar. El que detectemos mucho no quiere decir que no haya transmisión, y cada día tenemos más», advirtió el director del CCAES, Fernando Simón en su última comparecencia.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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