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El juez desestima la petición de José Luis Bayo de impugnar las primarias del PPCV

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El Comité Organizador del XIV Congreso del PPCV informa que el Juzgado de primera instancia nº 11 de Valencia ha desestimado la petición cautelar presentado por José Luis Bayo para suspender el proceso para elegir al presidente del PPCV, de modo que las votaciones se celebrarán, como estaba previsto, esta tarde entre las 18 y las 21 horas.

En el auto se señala que «las normas que materializan el principio constitucional de estructura interna y el funcionamiento democrático de los partidos políticos no establecen como mecanismo de cumplimiento de dicho principio el conocimiento por el afiliado de los datos personales de todos los afiliados, aunque aquél se presente como candidato a órganos de gobierno del partido».

Para ser proclamado candidato a la presidencia del partido en el Congreso, que se celebrará los días 1 y 2 de abril en Valencia, los precandidatos, Isabel Bonig y José Luis Bayo, deben obtener al menos el 10% del total de votos válidos emitidos.

Si un precandidato obtiene más del 50% de los votos válidos emitidos por los afiliados, hubiese logrado una diferencia superior a 15 puntos sobre el resto de precandidatos y hubiera sido el más votado en la mitad de las circunscripciones (dos provincias), será proclamado candidato único ante el Congreso.

Cabe recordar que este sistema de elección del presidente del PPCV fue aprobado por la Junta Directiva Regional el pasado 13 de febrero con el objetivo de que sean los militantes quienes elijan directamente a la persona que presidirá el partido.

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El Gobierno no se responsabiliza de las víctimas de la vacuna covid: «Se la pusieron voluntariamente»

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El Ministerio de Sanidad se desentiende de las víctimas de la vacuna contra el COVID-19 y ahora rechaza la responsabilidad de la Administración, a pesar de un dictamen específico de la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios (Aemps) que establece por primera vez la relación de causalidad entre la administración de la vacuna Spikevax-COVID-19 de Moderna y la miocarditis grave.

En su respuesta a un procedimiento de reclamación patrimonial, el Ministerio de Sanidad argumenta que cualquier ciudadano que reciba atención médica debe aceptar los efectos adversos derivados de la misma, siempre y cuando haya dado su consentimiento informado. Además, sostiene que la posibilidad de sufrir el daño reclamado fue divulgada por la Aemps al administrarse la vacuna y que ésta fue recibida voluntariamente, por lo que no puede considerarse un daño antijurídico imputable a las administraciones públicas.

Los hechos se remontan a diciembre de 2021, cuando un ciudadano recibió la vacuna contra el COVID-19 tras la imposición del Certificado COVID-19 Digital de la UE en casi todo el país y bajo la premisa de que la vacuna era segura y efectiva. Sin embargo, poco después de la vacunación, comenzaron a manifestarse síntomas alarmantes que llevaron a una hospitalización urgente en la UCI del Hospital.

A pesar de que los médicos inicialmente consideraron un infarto de miocardio, pronto relacionaron los síntomas con la vacuna COVID-19, dada la proximidad temporal con la vacunación. Después de estabilizar al paciente, el diagnóstico final fue miocarditis aguda, probablemente como reacción a la vacuna, según los informes médicos.

Dictamen de la Aemps

Aunque la Aemps reconoce la relación probable entre la vacuna y la miocarditis, el Ministerio de Sanidad se exime de responsabilidad, argumentando que la posibilidad de efectos adversos fue comunicada previamente y que la vacunación fue voluntaria.

El abogado de la víctima critica la falta de información accesible para el público sobre los riesgos reales de la vacuna y señala que la campaña de vacunación del Ministerio de Sanidad transmitía un mensaje de seguridad. Además, destaca la responsabilidad moral del Ministerio en resolver el procedimiento de reclamación, que ha permanecido estancado por más de dos años, a pesar del dictamen de la Aemps.

 

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