Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

El precio del butano sube un 5% en septiembre

Publicado

en

precio de la bombona de butano

FACUA-Consumidores en Acción avisa de que la bombona de butano vuelve a subir otro 5%. Desde este martes, comprar una bombona estándar de 12,5 kg costará 14,61 euros.

La asociación señala que son 2,88 euros más que hace justo dos años, cuando el precio llegó a los 11,73 euros. Se trata de la segunda subida consecutiva tras otro incremento del 5% en el mes de julio.

FACUA recuerda que desde el 17 de julio el butano costaba 13,93 euros (incluidos los 0,015 céntimos del impuesto de hidrocarburos y el 21% del IVA), por lo que la tarifa ha aumentado 0,68 euros.

La asociación indica que el nuevo precio del butano pasará a ser de 95,1261 céntimos de euro por kilogramo, según una resolución que aparece en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

FACUA reclama al Gobierno de Pedro Sánchez que modifique los instrumentos de cálculo en la revisión de tarifas que aseguren la protección de los intereses ecónomicos de los consumidores.

La bombona estándar de 12,5 kg se comercializaba en julio de 2016 a 11,27 euros, impuestos indirectos incluidos, precio que comenzó a aplicarse desde el día 19. A partir de entonces, el 20 de septiembre, a 11,73 euros, el 15 de noviembre a 12,29 euros, el 17 de enero de 2017 a 12,89 euros, el 21 de marzo a 13,52 euros, el 16 de mayo a 14,19 euros, el 18 de julio a 14,89 euros, el 19 de septiembre a 14,15 euros, el 21 de noviembre a 14,45 euros, el 16 de enero de 2018 a 14,69 euros, el 20 de marzo de 2018 a 13,96 euros y el 15 de mayo de 2018 a 13,28 euros.

Precio récord: 17,50 euros

FACUA recuerda que el máximo histórico de la bombona han sido los 17,50 euros que tuvieron que abonar los usuarios durante casi la mitad de la décima legislatura, entre el 14 de mayo de 2013 y el 16 de marzo de 2015 (un total de 672 días). El precio más alto durante los gobiernos de Zapatero fueron los 15,19 euros vigentes desde el 1 de octubre de 2011 (a 81 días del fin de su segunda legislatura) y que Rajoy mantuvo hasta el 31 de marzo de 2012.

Fuente: Facua.org

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

Publicado

en

SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram.

Continuar leyendo