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El Supremo concede una pensión vitalicia a un futbolista de 30 años que se retiró tras una lesión

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El TSJ de Cataluña se la había denegado al considerar que, con 30 años, ya había concluido la vida profesional activa del deportista

La Sala de lo Social reconoce el derecho de un futbolista profesional a cobrar una pensión vitalicia porque considera que con 30 años, fecha en la que solicitó la incapacidad permanente total por accidente de trabajo, no había finalizado su carrera profesional, por lo que podría haber seguido en activo si no estuviera lesionado.

La sentencia estima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por Amevou Ludovic Assemoassa, exjugador del Club de Fútbol Ciudad de Murcia y del Granada 74, Sociedad Deportiva, y revoca el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña que denegó la prestación al entender que por su edad, 30 años, ya había concluido la vida profesional activa del deportista.

Los hechos probados recogen que Amevou Ludovuc Assemoassa jugó como futbolista profesional en el C.F. Ciudad de Murcia, S.A.D. desde el 17-02-2006 al 31-03-2006 y en el Granada 74, Sociedad Anónima Deportiva desde el 1-04-2006 hasta el 30-06-2008. Dos meses y medio después de su incorporación a este último club, el jugador sufrió una lesión en la rodilla derecha cuando jugaba un partido con la selección de Togo en el Mundial de Fútbol de Alemania. Tras ser operado, estuvo de baja más de un año. En la temporada 2010-2011 perteneció al Limonest, club de fútbol francés donde no se ha acreditado que jugara partidos.

El 16-12-2010, el futbolista solicitó al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) la incapacidad permanente total derivada de accidente de trabajo alegando que la última empresa en la que había trabajado era Granada 74, Sociedad Anónima Deportiva. El INSS rechazó su solicitud al entender que no se podía considerar dicho accidente como laboral porque no prestaba servicios para una empresa española ni estaba sujeto en ese momento a nuestra normativa. De reconocerse esa situación, en todo caso, había que aplicar, según la resolución del INSS, la normativa francesa.

El juzgado de lo Social número 14 de Barcelona estimó en parte la demanda interpuesta por el futbolista y declaró la situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual, derivada de accidente de trabajo, condenando a la Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social, por subrogación de la empresa, al abono de una pensión vitalicia equivalente al 55 por 100 de su base reguladora de 34.772,40 euros anuales, más los incrementos y las revalorizaciones correspondientes, desde el 8 de noviembre de 2011. Esa misma sentencia absolvió al C.F. Ciudad de Murcia, S.A.D.

Al estimar el recurso de la Mutua, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña revocó la sentencia del juzgado de instancia y confirmó la resolución del INSS que denegó el reconocimiento de la citada incapacidad al deportista. En su sentencia, señalaba que en diciembre de 2010, fecha en la que el futbolista solicitó el reconocimiento de la incapacidad ante el recrudecimiento de las lesiones de la rodilla, ya había cumplido los 30 años por lo que había finalizado su vida profesional como deportista.

Sin embargo, la Sala de lo Social se aparta de la solución dada por la sentencia recurrida a este caso en razón exclusivamente a la edad del futbolista de 30 años, presuponiendo finalizada su vida profesional activa, no por causa de la incapacidad física sino por su edad.

De acuerdo con el Ministerio Fiscal, la sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Rosa María Virolés Piñol, sostiene que se trata de «un futbolista que ve agravada una lesión sufrida años antes como consecuencia de accidente profesional, que se encuentra en activo cuando solicita la prestación de incapacidad permanente total, por cuanto está en plantilla para un club de fútbol, y cumple los requisitos para el reconocimiento de la incapacidad solicitada, lo cual no se discute, por lo que no puede utilizarse en su contra una presunción acerca del fin de su actividad laboral por razones de edad”.

Para el Tribunal Supremo, “no existe norma alguna que impida a un futbolista el ejercicio de su profesión a la edad en el caso cuestionada –de 30 años-, y que por otro lado, es razonable que a esta edad pueda ejercerse”.

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María Herranz Gómez, gimnasta de 17 años, muere a causa de una meningitis

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Gimnasta 17 años meningitis

Trágico fallecimiento de la joven deportista de Cabanillas (Guadalajara), que acudió con España al Mundial de Gimnasia de Trampolín.

La gimnasta María Herranz Gómez

La gimnasta María Herranz GómezAyuntamiento de Cabanillas del Campo

La deportista María Herranz Gómez, de 17 años, ha muerto este jueves en el Hospital Universitario de Guadalajara a consecuencia de una meningitis. La joven era vecina de Cabanillas del Campo (Guadalajara) y practicaba gimnasia de trampolín en el club Ruditramp de la localidad.

«María era una niña encantadora, dulce, simpática y querida por todos, y todo un ejemplo como deportista»

Ayuntamiento de Cabanillas

«María nos ha dejado de forma súbita a causa de una terrible meningitis que se la ha llevado en apenas 24 horas, dejando en una inconsolable tristeza a la localidad», ha explicado el ayuntamiento de Cabanillas en un comunicado.

«María era una niña encantadora, dulce, simpática y querida por todos, y todo un ejemplo como deportista», aseguran desde el Consistorio. El pasado otoño llegó a participar en el Mundial de Gimnasia de Trampolín representando a la Selección Española.

«El Ayuntamiento de Cabanillas del Campo quiere expresar su más profundo penar y dolor por tan trágica circunstancia, y envía sus más sentidas condolencias a todos los familiares y amigos de María, en especial a sus padres, Raquel y Alfonso, a su hermano pequeño, y a sus abuelos, tíos y primos, muchos de ellos vecinos del municipio», se lee en el texto.

Dos días de luto oficial

La joven estudió en el colegio San Blas de Cabanillas y en la actualidad, estaba en la Escuela de Arte ‘Elena de la Cruz’ de la capital provincial.

El ayuntamiento ha decretado dos días de luto, quedando suspendidas las actividades socioculturales previstas para estos dos días. Asimismo, docentes y estudiantes del Instituto Ana María Matute de Cabanillas participarán en una concentración de duelo con un minuto de silencio a las 12:00 horas de este jueves por el fallecimiento de la joven María Herranz.

Emiliano García-Page, presidente de Castilla-La Mancha, ha dado el pésame en la red social X: «Con profundo pesar recibimos la noticia del fallecimiento de María Herranz Gómez, una joven talentosa y querida de Cabanillas del Campo (Guadalajara). Su partida repentina deja un vacío inmenso. Nuestros pensamientos están con su familia y amigos en este momento difícil».

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