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El TSJCV reconoce el derecho de los alumnos de la Universidad Católica a realizar prácticas en la sanidad pública

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VALÈNCIA, 1 Oct. (EUROPA PRESS) – La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha reconocido a la Universidad Católica de Valencia (UCV) el derecho a que sus alumnos de Ciencias de la Salud puedan realizar prácticas en la sanidad pública y a suscribir un convenio de cooperación educativa en materia de prácticas académicas curriculares.

El tribunal sostiene que la UCV ha acreditado la insuficiencia de hospitales privados para la práctica curricular de sus alumnos y que las plazas que hay en los públicos son «suficientes» para atender «sin tensiones» a todos los estudiantes procedan de la enseñanza pública o privada.

De este modo, la sala estima el recurso de la UCV contra la desestimación presunta de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública de informatización de un nuevo convenio de cooperación educativa que solicitó en julio de 2016 y ordena a la administración a que elabore uno nuevo en un plazo de cuatro meses, un tiempo que ve «suficiente y razonable». En el proceso figuraba como codemandada la Universitat de València (UV).

Así consta en una sentencia de esta sala, fechada el pasado 19 de septiembre y facilitada por el TSJCV, en la que condena a las demandadas, la Generalitat y la UV, al pago de costas, limitándolas a 7.000 euros por todos los conceptos. La decisión no es firme y contra ella cabe recurso ante el Tribunal Supremo.

El tribunal estima en esta sentencia un recurso contencioso-administrativo de la UCV contra la desestimación presunta de la Conselleria de Sanidad Universal de informatización de un nuevo convenio de cooperación educativa solicitada el 26 de julio de 2016.

«PRINCIPIO DE IGUALDAD»
La Universidad Católica solicitaba que se le posibilitara suscribir con la Conselleria dicho convenio ya que consideraba que tenía derecho por la Ley General de Sanidad, entre otras normas, y porque, de no suscribirlo, se atacaría al principio de igualdad y a la creación de centros docentes.

La sala califica de «contradictoria» la contestación a la demanda de la Generalitat ya que, de un lado, pide que se inadmita la demanda porque considera que realmente lo que se ejerce es un derecho de petición, pero por otro reconoce el derecho de la UCV a suscribir el convenio de coooperación con una serie de condiciones y requisitos, que sostiene que incumple.

En esta línea, la Generalitat alegaba que la suscripción de ese convenio tal y como quería la UCV «no es conforme a derecho» porque no lo permitía el Real Decreto de creación, reconocimiento, autorización y acreditación de universidades y centros universitarios porque la excepción «no puede convertirse en regla general» al estar asignado «un hospital universitario a una sola universidad» y ser contraria a la ley 53/1984 de incompatibilidades.

En este punto, el tribunal se plantea si con esta contestación, la Generalitat lo que está haciendo es desistir del proceso, punto en el que considera que no puede estimar que existe un «allanamiento total» –no discutió el derecho al convenio sino que se limitó a negarlo sin resolver expresamente sobre la solicitud– pero sí declarar la inexistencia de las causas de inadmisibilidad esgrimidas.

Así, la sala rechaza las alegaciones de la Generalitat porque, en primer lugar, la excepción señalada es la razón del convenio y porque lo imposibilita la ley de incompatibilidades ya que no es extrapolable a otros ámbitos (docencia, administración o administración de Justicia) porque se debe distinguir entre prácticas académicas y prácticas curriculares, «siendo estas las solicitadas de convenio, realizadas por facultativos públicos a los que acompañan los alumnos en su actividad hospitalaria diaria, sin que se vea interrumpida su actividad por la asistencia de los mismos».

Según la sala, mantener una opinión contraria sería «dejar sin contenido el derecho» de la UCV porque «jamás se le podría materializar la adscripción de un hospital a una universidad pública o por incompatibilidad de los facultativos de tales hospitales».

«INSUFICIENCIA DE HOSPITALES PRIVADOS»
En este sentido, los magistrados indican que, con una pericial, la UCV «ha acreditado que hay insuficiencia de hospitales privados para la práctica curricular de alumnos de Medicina y Enfermería, y que las plazas disponibles para la práctica curricular en los hospitales públicos acreditados para la docencia son suficientes para atender sin tensiones a los alumnos procedentes de la universidad pública y privada».

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Llega una DANA a España: Aemet avisa de un cambio brusco del tiempo

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DANA España
Llega una DANA a España

Tal y como informa eltiempo.es este fin de semana llega una DANA a España. El sur del país se prepara para recibir la visita de una Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA), trayendo consigo chubascos y tormentas. Aunque la semana comenzará con precipitaciones leves en las regiones cantábricas y los Pirineos, será el viernes cuando la atención se centre en la posible llegada de esta DANA.

Se espera que una DANA se desplace desde el Atlántico hacia el área del Estrecho a partir del viernes, aumentando así la inestabilidad atmosférica durante el fin de semana en el sur de España. Esta situación podría generar chubascos, tormentas y vientos en la región.

El viernes, se pronostican chubascos y tormentas dispersas en Extremadura y en el oeste de Andalucía, extendiéndose posiblemente a otras áreas del sur de Castilla-La Mancha, la Comunidad Valenciana y la Región de Murcia.

El sábado, se espera que la DANA alcance el Golfo de Cádiz y el área del Estrecho, y para el domingo, podría avanzar hacia el norte de África. A pesar de su paso, no se anticipa una gran inestabilidad en España, con posibles chubascos en algunas zonas de Andalucía y Extremadura, aunque de intensidad moderada y localizada.

En resumen, el fin de semana traerá consigo condiciones meteorológicas variables, con una DANA que influirá en el sur de España pero sin generar una gran perturbación generalizada.

¿Qué es una DANA y porqué se forma?

Una DANA (Depresión Aislada en Niveles Altos) es un fenómeno meteorológico que se forma cuando una parte de la corriente en chorro polar se curva y forma una ondulación, aislando una porción de esta corriente en una especie de «bolsa» separada del flujo principal de la atmósfera. Este proceso crea un área de baja presión en altitudes medias y altas de la atmósfera.

Las DANAs suelen formarse principalmente en latitudes medias, como en Europa, y son más comunes durante la primavera y el otoño. Se originan debido a varios factores:

  1. Corriente en Chorro Polar: Las DANAs se forman cuando la corriente en chorro, que es un fuerte y estrecho flujo de vientos en altitudes altas de la atmósfera, experimenta ondulaciones o curvaturas. Estas curvaturas pueden aislar una parte de la corriente en chorro, creando una circulación cerrada y una zona de baja presión.
  2. Diferencias de Temperatura: Las DANAs se forman en áreas donde hay grandes diferencias de temperatura entre masas de aire en diferentes altitudes. Estas diferencias crean inestabilidad atmosférica que favorece el ascenso del aire y la formación de nubes y tormentas.
  3. Inestabilidad Atmosférica: La bolsa de aire aislada dentro de la DANA es más fría que su entorno, lo que crea un ambiente atmosférico inestable. En este entorno, el aire tiende a ascender con facilidad, condensándose rápidamente y formando nubes de desarrollo vertical, lo que puede llevar a la formación de tormentas.

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