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Esta es la carta de Cristina Cifuentes a Dolores de Cospedal

Publicado

en

D’ María Dolores de Cospedal
Secretaria General
Partido Popular
C/ Génova, 13
Madrid

Querida María Dolores:
Me dirijo a ti para comunicarte formalmente mi renuncia irrevocable
a la Presidencia del Partido Popular de Madrid, rogándote des
traslado de la misma a nuestro Presidente Nacional, Mariano Rajoy.

Asumí la enorme responsabilidad de presidir el PP de Madrid durante
el XVI Congreso, celebrado en marzo de 2017, y, desde entonces,
he trabajado incansablemente por y para el Partido Popular.

Se trata de una decisión muy dolorosa para mí, porque llevo militando
en este partido mucho más de la mitad de mi vida, dando siempre lo
me1or de mí y luchando por principios y valores que creo son buenos
para Madrid y, sobre todo, para España.

Esta es la segunda renuncia que hago en menos de dos días.
Primero, como sabes, fue la Presidencia de la Comunidad de Madrid.

Ahora, la Presidencia del PP de Madrid. Responsabilidades que, en
ambos casos, asumí gracias a la confianza de los madrileños y de
los militantes de nuestro partido.

Pese a todo, y lamentablemente, me he visto obligada a tomar estas
dificilísimas decisiones, para no perjudicar n¡ a los madrileños,
poniendo en riesgo la Presidencia de la Comunidad, ni a nuestro
querido partido, que necesita estab¡l¡dad para continuar un proyecto
político de centro que tan positivos resultados está obteniendo en
nuestra región.

He sido siempre leal a nuestro Presidente, cuyo respaldo, aliento y
cariño nunca me han faltado, y que agradezco expresamente; a
nuestro Partido, que tanto ha hecho por España, y a todos los
madrileños, a los que me votaron y me apoyaron, y a los que no lo
hicieron.

No hace falta que haga especial mención, María Dolores, a mi lealtad
hacia ti, no solo porque eres la Secretaria General del partido, sino
porque también eres mi amiga, y siempre me lo has demostrado.

Esté donde esté en cada momento, siempre podréis contar conmigo.

Un beso muy fuerte.
Fdo. Cristina Cifuentes

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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