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Estas son las fechas oficiales de las Pruebas de Acceso a la Universidad de 2018

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Las Pruebas de Acceso a la Universidad (PAU) del curso 2017-2018 para el alumnado que esté en posesión del título de Bachiller, o de técnico superior de Formación Profesional, técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, o técnico deportivo superior, se realizarán los días 5, 6 y 7 de junio, en convocatoria ordinaria, y los días 3, 4 y 5 de julio, en convocatoria extraordinaria.

Así ha sido acordado por la Comisión Gestora de las Pruebas de Acceso y Preinscripción en las Universidades Públicas del Sistema Universitario Valenciano, de la que forman parte tanto la Conselleria de Educación como las universidades públicas valencianas.

Por lo que respecta a la inscripción en las pruebas, los alumnos que se presenten a la convocatoria ordinaria podrán realizarla entre el 28 y el 31 de mayo, y en el caso de la convocatoria extraordinaria el alumnado podrá inscribirse entre el 26 y el 28 de junio, salvo el alumnado de la Jaume I de Castellón, cuyo plazo de inscripción será del 25 al 27 de junio.

Además, tal como anunció Educación, cabe destacar que por la excepcionalidad de la asignatura de Historia de la Filosofía, esta tendrá una ponderación de 0.2 en todas las titulaciones de la rama de conocimientos de Arte y Humanidades, así como en la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas.

Cabe recordar que la estructura de la prueba se mantendrá como hasta el momento, dividida en dos fases. Una primera es de carácter general y obligatoria para todos y una segunda parte, denominada específica, que tiene carácter voluntario.

La primera fase consta de cinco ejercicios. En concreto se trata de la asignatura de libre configuración autonómica, es decir Valenciano, y de las cuatro asignaturas troncales generales de segundo curso de Bachillerato que haya cursado el alumno, esto es Castellano, Historia de España, Idioma Extranjero, y una de las cuatro asignaturas troncales generales con vinculación a la modalidad de Bachillerato (Matemáticas II, Matemáticas aplicadas a las Ciencias Sociales II, Latín II, o Fundamentos del Arte II).

En cuanto a la segunda parte, se realiza sobre las materias de modalidad de 2º de Bachillerato, diferentes de las de la fase general que elija el alumno en el momento de matricularse en las pruebas de acceso, aunque no las haya cursado.

Esta fase permite al estudiante incrementar su puntuación hasta en cuatro puntos, por lo que la calificación máxima para acceder a los diferentes grados es de 14 puntos, en vez de 10. Para poder puntuar en la fase específica, el alumno/a debe obtener al menos un 5 en la materia.

Los alumnos que realicen las pruebas de acceso a la universidad del curso 2017-18 en la universidades públicas de la Comunitat Valenciana podrán conocer sus calificaciones a partir de las 14 horas del día 15 de junio, en la convocatoria ordinaria, y a partir de las 17 horas del día 11 de julio en la convocatoria extraordinaria, en ambos casos a través del portal del alumno PASEU con la clave que se le facilitará el primer día de realización de las pruebas. Del mismo modo podrá solicitar y obtener el documento oficial que acredite las calificaciones de la prueba de acceso a la universidad.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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