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Estas son las medidas de prevención de la fase 3 avanzada en la Comunitat Valenciana

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El Consell ha acordado la adopción de medidas de prevención ante la COVID-19, una vez se levante el estado de alarma, con el objetivo de asegurar que las actividades en las que se pueda producir una mayor posibilidad de transmisión de la enfermedad se desarrollen en condiciones que permitan controlar el riesgo.

La vicepresidenta y portavoz del Consell, Mónica Oltra, que ha comparecido en rueda de prensa tras la reunión semanal del Gobierno valenciano, ha insistido en que, con estas medidas, «se pretende dar apoyo a la reactivación económica y social, minimizando el riesgo para la salud pública».

A este respecto, la vicepresidenta ha hecho hincapié en que las medidas adoptadas por el Consell «han de venir necesariamente acompañadas por la prudencia y la responsabilidad individual, de manera que la autoprotección se convierta también en medida eficaz para proteger a los otros».

Las medidas adoptadas por el Consell, por tanto, producirán efectos en todo el territorio de la Comunitat Valenciana a partir del 21 de junio, cuando concluya el estado de alarma, y hasta la finalización de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Oltra ha señalado que «los servicios de inspección municipales y autonómicos, en el ámbito de sus respectivas competencias, serán los encargados de vigilar el cumplimiento de las medidas».

Medidas previstas

Entre las medidas previstas en el anexo del acuerdo, hay que destacar la obligación general relativa a la distancia mínima de seguridad de 1,5 metros o, en su defecto, medidas alternativas de protección física con el uso de mascarillas de higiene adecuadas.

Se establecen también medidas de higiene en todas las actividades, como limpieza de locales y ropa de trabajo; ventilación de instalaciones; disponibilidad de materiales de prevención; pago preferente con tarjeta; o señalización de distancia de seguridad para clientes, entre otras.

Asimismo, se concretan otras adicionales para centros comerciales, establecimientos de hostelería y restauración, para celebración de actos de culto religioso, en piscinas de uso deportivo o en instalaciones deportivas.

También se establecen limitaciones de aforo y medidas específicas por sectores, como actos religiosos; actividades educativas, de tiempo libre y parques infantiles; bibliotecas, archivos, museos, cines o teatros, entre otros; instituciones feriales; transportes, etc.

Iniciativas ante la COVID-19

Por otra parte, el Consell también ha aprobado una serie de iniciativas de las distintas conselleries para hacer frente a la COVID-19 en diferentes sectores, por un importe superior a 10,4 millones de euros.

De este modo, el Consell ha aprobado el decreto de la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas urgentes, por valor de 3 millones de euros, para las empresas que prestan transporte público regular de viajeros de uso general competencia de la Generalitat «y que se hayan visto afectadas como consecuencia de la COVID-19, con la finalidad de mantener la prestación de estos servicios», ha explicado la vicepresidenta.

Además, el Gobierno valenciano ha autorizado la contratación de emergencia de 15.000 tabletas con conectividad, por un importe de 3,8 millones de euros, para ponerlas a disposición de los centros educativos y distribuirlas en el alumnado con mayores necesidades.

Estos aparatos se suman a una remesa anterior adquirida por la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico «con el fin de garantizar que todo el alumnado pueda acceder a la educación a distancia mientras haya alteraciones de la actividad lectiva presencial», ha indicado Oltra.

Asimismo, la Conselleria de Hacienda ha gestionado la adquisición der 1.500 ordenadores portátiles y 600 monitores con elementos de videoconferencia, por un importe de 1,5 millones de euros, para garantizar el teletrabajo del personal de la Administración del Consell.

Por su parte, Turisme Comunitat Valenciana ha contratado la instalación de pasarelas desmontables, rígidas y con un ancho especial, por un presupuesto de 1,2 millones de euros, para garantizar el distanciamiento mínimo de dos metros en los accesos a las playas valencianas, dentro de las recomendaciones surgidas por la evolución de la pandemia del coronavirus.

Finalmente, en lo que respecta a las medidas de higiene y protección, el Consell ha autorizado la contratación de emergencia del suministro de mascarillas, gel hidroalcohólico, equipos de protección y refuerzo de servicios de limpieza en las instalaciones del Instituto Valenciano de Atención Social y Sanitaria (IVASS); centros escolares dependientes de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte; centros Labora, Servicio Valenciano de Empleo y Formación; y oficinas PROP. El importe global asciende a 908.000 euros.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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