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Estas son las nuevas condiciones de los ERTE hasta el 30 de septiembre

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El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley de medidas sociales de reactivación del empleo y de protección del trabajo autónomo, que prorroga hasta el 30 de septiembre los beneficios y exoneraciones de los Expedientes de Regulación de Empleo Temporal (ERTES) y las ayudas al colectivo de trabajadores por cuenta propia, establecidos a causa de la crisis sanitaria y económica causada por el COVID-19.

La norma plasma, por un lado, el II Acuerdo Social en Defensa del Empleo suscrito ayer por el Gobierno y las organizaciones empresariales y sindicales, y por otro, el acuerdo alcanzado con las principales asociaciones de trabajadores autónomos. La ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha agradecido a los agentes sociales la voluntad mostrada para conjugar intereses y obtener resultados beneficiosos para el interés general y el conjunto de la sociedad: «El camino de la unión, el diálogo y el acuerdo es lo que demanda la ciudadanía», ha dicho.

Montero ha apuntado que el diálogo social debe ser también la base para alcanzar «un gran pacto por el empleo que siente las bases de un mercado laboral dinámico, moderno y estable».

ERTES eficaces

La portavoz ha definido a los ERTEs como un mecanismo «eficaz» para evitar la salida directa de los trabajadores del mercado laboral -especialmente las personas más jóvenes o con contratos temporales o precarios- e incentivar la recuperación de la actividad de las empresas y, por tanto, del empleo. De ahí, ha resaltado, que el beneficio de las exoneraciones sea mayor si las empresas reincorporan a sus empleados que si los mantienen suspendidos de empleo.

Las empresas que se encuentran en una situación de ERTE por fuerza mayor parcial se podrán beneficiar de las exoneraciones vigentes hasta el 30 septiembre. Las que tengan menos de 50 trabajadores disfrutarán de una exoneración del 60% de las cotizaciones sociales de aquellos que se reincorporen en los meses de julio, agosto y septiembre, y del 35% para los trabajadores que sigan con su empleo suspendido. En el caso de empresas con más de 50 trabajadores estas exoneraciones serán del 40% para los que se activen y del 25% para los que permanezcan en suspenso.

Para las empresas que se encuentran en ERTE total se establece un periodo transitorio durante el cual se beneficiarán de exoneraciones decrecientes. Las de menos de 50 trabajadores, obtendrán una bonificación en las cotizaciones del 70% en julio, 60% en agosto y 35% en septiembre. A partir de 50 empleados, este porcentaje de bonificación será del 50%, 40% y 25% respectivamente.

La ministra ha destacado, como novedad, que, en caso de que se produzcan rebrotes de COVID-19, las empresas podrían recurrir a un nuevo ERTE de fuerza mayor, con exoneraciones en torno al 80% para empresas de menos de 50 trabajadores y del 60% para las de mayor plantilla.

Con carácter general, las empresas que se acojan a cualquiera de estas exoneraciones deben seguir manteniendo el empleo durante un periodo de seis meses, por lo que no podrán efectuar despidos. Continuarán sin poder beneficiarse de esta regulación las empresas radicadas en paraísos fiscales.

Por su parte, los trabajadores afectados por un ERTE derivado del COVID-19 no tienen que acreditar un periodo mínimo de cotización para acceder a esta prestación, ni se les computa el tiempo que han permanecido en esta situación a efectos de la cotización para el desempleo.

Extensión y ampliación de las ayudas a los autónomos

La portavoz del Gobierno ha afirmado que proteger al colectivo de trabajadores autónomos es «prioritario», por lo se han prorrogado hasta el 30 de septiembre las medidas establecidas en marzo pasado para los afectados por el cese actividad o la caída de su facturación.

El acuerdo alcanzado con las asociaciones ATA, UPTA y UATAE recoge que los trabajadores por cuenta propia que estaban cobrando la prestación extraordinaria, que incluía una ayuda económica equivalente al 70% de la base reguladora y una exención de las cotizaciones, no pagarán la cuota de julio y tendrán una exención del 50% en agosto y del 25% en septiembre.

Asimismo, aquellos que acrediten una caída del facturación del 75% en este tercer trimestre respecto al mismo periodo del año anterior, podrán solicitar la prestación ordinaria por cese de actividad.

Montero ha subrayado la aprobación de una nueva prestación extraordinaria para los autónomos de temporada -«tradicionalmente olvidados»- de hasta el 70% de la base mínima de cotización. Esta ayuda se empezará a devengar en junio y tendrá una duración máxima de 4 meses.

Entidades electrointensivas

El Consejo de Ministros ha aprobado el Fondo Español de Reserva para Garantías de entidades Electrointensivas (FERGEI), que son aquellas industrias para las que la electricidad es un factor primordial en su proceso productivo. El fondo está dotado de 200 millones de euros anuales para cubrir como máximo 600 millones de inversión en tres años.

La portavoz ha informado de que es un fondo muy demandado por el sector, porque garantiza la cobertura del Estado a las operaciones de compraventa de energía eléctrica a medio y largo plazo que realicen los consumidores electrointensivos.

María Jesús Montero considera básico que la relación entre el consumidor electrointensivo y la compañía eléctrica tenga un marco que se vincule a plantas de energía renovable, que promuevan el desarrollo de esta fuente de energía sostenible. Con este fondo, ha precisado, el Gobierno quiere generar seguridad a las empresas electrointensivas, garantizando unos contratos rentables para ellas, así como promover el acceso a una energía limpia, respetuosa con el medio ambiente y con un precio competitivo.

La ministra ha afirmado que este instrumento está integrado en el Estatuto del Consumidor Electrointensivo, que se encuentra en la última fase de tramitación y se aprobará en las próximas semanas.

Asuntos de actualidad

María Jesús Montero ha celebrado que el Congreso de los Diputados convalidara ayer, con apoyo mayoritario, el Real Decreto-ley que regula las normas que regirán en todo el territorio tras el fin del estado de alarma. A su juicio, los españoles necesitan el mayor consenso y respaldo posible para impulsar medidas útiles que sean el motor de la economía.

La portavoz ha reiterado que el virus no se ha marchado, la pandemia sigue siendo un drama para el planeta y no podemos relajarnos porque eso supondría dar un paso atrás. Los datos sanitarios -ha añadido- reflejan que el virus «está controlado bajo criterios de alerta y de especial cautela», que es fundamental que todos los brotes que se puedan producir se atajen de forma precoz por parte de las comunidades autónomas, y que los ciudadanos mantengan las recomendaciones de los expertos.

Por otra parte, la ministra ha felicitado a todas las personas y entidades que han realizado aportaciones a la Comisión para la Reconstrucción Social y Económica creada en el Congreso de los Diputados. En su opinión, esta comisión es una buena base para que los grupos políticos trabajen para dar una respuesta «pronta, ágil y eficaz» a los ciudadanos.

Ingreso Mínimo Vital

La portavoz ha subrayado que la Seguridad Social abona hoy el primer pago del Ingreso Mínimo Vital a más de 74.000 hogares de toda España, unas 250.000 personas que venían recibiendo la prestación por hijo a cargo sin discapacidad o con discapacidad menor del 33% y que cumplen los requisitos establecidos en la ley para poder recibir esta nueva prestación.

Montero ha insistido en que el Ingreso Mínimo Vital contribuirá a hacer políticas sociales justas para conseguir una España cohesionada y próspera.

Fondo de reconstrucción de la Unión Europea

María Jesús Montero ha indicado que precisamente la cohesión, la justicia social y la recuperación económica son los pilares que tienen que guiar la puesta en marcha del fondo de reconstrucción de la Unión Europea.

España, ha defendido, representa una pieza fundamental en el engranaje europeo, donde se están impulsando políticas activas para que los países que más han sufrido la pandemia puedan salir lo antes posible de la depresión económica.

El Gobierno, ha resaltado, está firmemente convencido de la que vicepresidenta tercera y ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, Nadia Calviño, puede desempeñar un papel clave en la presidencia del Eurogrupo: «Creemos que ella es la mejor aspirante para ocupar ese cargo y confiamos en que su candidatura obtenga el respaldo que merece por su solvencia, rigor, compromiso y valores».

En este contexto, Montero ha pedido a todas las fuerzas políticas que no antepongan sus intereses partidistas al interés general porque lograr un pacto e impulsar un fondo de reconstrucción robusto para toda la Unión Europea «no supone en ningún caso un triunfo del Gobierno de España, sino que es un triunfo para todas las empresas y los ciudadanos».

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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