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Estos son los criterios que regirán las ofertas de empleo público para los próximos años

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El Pleno del Consell ha aprobado los criterios comunes que deben regir las convocatorias para el acceso a la administración de la Generalitat referentes a las ofertas de empleo público de los años 2017, 2018 y 2019.

Esas pautas fueron ya acordadas con las centrales sindicales en la reunión de la Mesa General de Negociación de la Función Pública, celebrada el pasado 23 de diciembre de 2016.

Las ofertas de empleo público correspondientes a 2017 y 2018 se llevarán a cabo mediante dos modalidades de concurso-oposición: los procesos de consolidación, que tratan de reducir la alta tasa de temporalidad que presenta la plantilla de empleados públicos de la Generalitat, y los de concurso oposición ordinarios.

Los procesos de consolidación se realizarán atendiendo al número de plazas a convocar y será el correspondiente a las plazas de carácter estructural de los distintos cuerpos y escalas o categorías que estén dotados presupuestariamente y que se encuentren desempeñados, interina o temporalmente, con anterioridad a 1 de enero de 2005.

Estos procesos constarán de pruebas de contenido teórico y práctico. La valoración de la fase de oposición será del 60% y la de la fase de concurso del 40%.

Los procesos de concurso-oposición ordinarios se realizaran conforme a la legislación específica de cada uno de los sectores, previa negociación de la respectiva Mesa Sectorial de Negociación. En la fase de concurso habrá un equilibrio en la valoración de la experiencia y el resto de méritos.

Además de que se reservarán un 5 por ciento de las plazas para personas con diversidad funcional, también se establecerá una reserva adicional de otro 2 por ciento de la oferta pública de empleo para personas con diversidad funcional de carácter intelectual. De esta forma, estos colectivos tendrán garantizada una reserva total del 7 por ciento del total. A los efectos de garantizar la adaptación necesaria, en las convocatorias se establecerán sistemas objetivos para valorar los tipos de discapacidad de las personas aspirantes.

Por último, los criterios para diseñar la convocatoria de oferta de empleo de 2019 se negociaran antes de finalizar 2018 en cada mesa sectorial.

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¿Qué pasa si Sánchez dimite? ¿Quién sería el presidente? ¿Habría nuevas elecciones?

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¿Qué pasa si Sánchez dimite?
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez- Foto: CONGRESO
¿Qué pasa si Sánchez dimite? La posibilidad de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, renuncie al cargo abre un escenario incierto con muchas incógnitas pero que en su mayoría tienen respuesta en la Constitución y la ley electoral.

¿Qué pasa si Pedro Sánchez dimite?

El artículo 101 de la Constitución Española tiene previsto el escenario de una dimisión o fallecimiento del presidente del Gobierno o de una pérdida de confianza parlamentaria, como podría ser una moción censura.

“El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente”, reza la Carta Magna.

En este caso, la dimisión del jefe del Ejecutivo conllevaría que todo el Gabinete continuaría en funciones hasta que se nombre un nuevo presidente del Gobierno.

Ello significa que el Gobierno estaría limitado en sus atribuciones, sin capacidad para legislar, al igual que sucede pasadas las elecciones generales y antes de elegir al nuevo Gobierno.

¿Quien nombraría al nuevo presidente?

El Congreso sería el encargado de elegir a un nuevo presidente en un proceso idéntico al de las investiduras que se celebran tras unas elecciones generales.

El rey haría una ronda de consultas con los portavoces de los partidos con representación en la Cámara Baja y tras escuchar sus opiniones designaría un candidato.

Fue lo que ocurrió en 1981 cuando dimitió Adolfo Suárez. Su partido, UCD, propuso a Leopoldo Calvo-Sotelo como su sucesor, y tras un debate de investidura, interrumpido en su votación por el intento de golpe de Estado del 23F, fue elegido presidente por el Congreso.

En esta hipótesis, el candidato designado por el rey para suceder a Pedro Sánchez se sometería a un debate de investidura y para ser elegido debería recibir el apoyo de la mayoría absoluta del Congreso en primera votación o más síes que noes en segunda.

Si el candidato no lograra ser investido, arrancaría un plazo de dos meses en el que nuevos candidatos propuestos por el rey pueden optar a la Presidencia. Si tras estos dos meses ningún candidato consigue la confianza del Congreso las Cortes se disuelven de forma automática y se convocan nuevas elecciones generales.

¿Puede Pedro Sánchez convocar elecciones?

La respuesta es no, de momento. En el caso de que Pedro Sánchez no decida renunciar este lunes, fecha que ha fijado para anunciar su decisión, debería esperar, como pronto hasta el próximo 31 de mayo, para convocar elecciones generales.

La ley impide que el presidente disuelva las Cortes antes de que pase un año de la anterior disolución. Solo desde entonces podría aprobar el decreto de disolución y convocatoria de elecciones, que se celebrarían pasados 54 días.

Ello llevaría las elecciones a las últimas semanas del mes de julio. La ley no establece que tengan que celebrarse en domingo, pero si así fuera, lo más probable es que se fueran al 28 de julio.

¿Y si Sánchez decide someterse a una cuestión de confianza?

Otra posibilidad es que Pedro Sánchez no renuncie a su cargo, pero decida por contra presentar una cuestión de confianza.

Se trata de un instrumento político del que dispone el presidente del Gobierno para afrontar una situación de debilidad frente al Parlamento que le ha elegido y mediante el cual el Gobierno pide al Congreso el respaldo a su política.

La Constitución, en su artículo 112, establece que el presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.

Según establece el Reglamento del Congreso, el debate se desarrolla con el mismo formato que las sesiones de investidura. La confianza se entiende otorgada cuando obtenga el voto de la mayoría simple de los Diputados.

Si Sánchez no obtuviera la confianza del Congreso, ocurriría igual que si hubiera dimitido y se iniciaría el proceso para investir a un nuevo presidente, con consultas del rey y un nuevo debate de investidura.

De nuevo, y como en el caso de las investiduras fallidas tras unos comicios generales, el artículo 172 del Reglamento del Congreso fija que si transcurren dos meses y ningún candidato consigue la confianza del Congreso, el presidente de la Cámara someterá a la firma del Rey el decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones.

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