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El BOE publica todo lo que se podrá hacer en la Fase 3

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En el mismo se recoge que podrán abrirse los establecimientos y locales comerciales minoristas y de actividades de servicios profesionales con independencia de su superficie útil de exposición y venta, siempre y cuando se limite su aforo al 50%. Además, se indica que se establecerá un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.

La misma Orden especifica que en esta fase se permite también la apertura al público de las zonas comunes y recreativas de los centros y parques comerciales aunque se limita su aforo al 40%. Además, el aforo de los locales y establecimientos comerciales ubicados en ellos se fija en un 50%.

En el caso de los mercadillos se garantizará la limitación a la mitad de los puestos habituales o autorizados. Los ayuntamientos podrán en este caso aumentar la superficie habilitada o establecer nuevos días para el ejercicio de esta actividad.

En el ámbito de la hostelería las terrazas al aire libre pueden abrir al 75% de su capacidad y se permite el consumo en barra siempre que se garantice la distancia de seguridad: «Se permite el consumo en barra siempre que se garantice el mantenimiento de la distancia de seguridad entre clientes o, en su caso, grupos de clientes, de dos metros. De este modo, se establece un régimen equivalente al permitido para el consumo en mesa, para el que se mantiene una distancia de dos metros entre mesas o agrupaciones de mesas. Asimismo, se permite que las terrazas al aire libre abran al setenta y cinco por ciento de su capacidad permitida».

En los hoteles y alojamientos turísticos se permite la apertura al público de las zonas comunes siempre que no superen el 50% de su aforo. Por lo que se refiere a las actividades turísticas se flexibilizan las condiciones para la práctica de actividades de turismo activo y de naturaleza con grupos de hasta 30 personas.

Actividades culturales

En el ámbito de la cultura, destaca la posibilidad de realizar actividades culturales en las bibliotecas y museos siempre que no se supere el 50% del aforo autorizado. Y, en materia de deportes se permiten los entrenamientos de carácter medio en ligas no profesionales federadas, así como la celebración de espectáculos y actividades deportivas.

La actividad de los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares de espectáculos podrán desarrollar su actividad siempre que cuenten con butacas pre-asignadas y no superen la mitad del aforo autorizado en cada sala.

Se podrán abrir los centros recreativos turísticos, zoológicos y acuarios con un aforo máximo del 50%. Y, también se permite la reapertura de los casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas y locales específicos de apuestas, siempre que no se supere el 50% del aforo permitido y se cumplan las medidas de higiene y prevención previstas en la Orden.

Otro de los capítulos de la Orden indica las condiciones para la realización de actividades de tiempo libre dirigidas a la población infantil y juvenil. Cuando éstas se lleven a cabo al aire libre, se deberá limitar el número de participantes al 50% de la capacidad máxima habitual, con un máximo de 200 participantes, incluyendo los monitores. Y cuanto tengan lugar en espacios cerrados, se deberá limitar el número de participantes a un tercio de la capacidad máxima habitual con un máximo de 80 participantes.

Medidas de carácter social

En esta fase se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia y no quedará reservada ninguna franja horaria a ningún colectivo aunque se deberán extremar las medidas de seguridad e higiene con los grupos considerados vulnerables al COVID-19. No obstante, los grupos deberían ser de un máximo de 20 personas, excepto en el caso de personas convivientes.

Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, con un límite máximo de 50 personas en espacios al aire libre o de 25 en espacios cerrados, sean o no convivientes. La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 50 personas, entre familiares y allegados.

Las ceremonias nupciales podrán realizarse ya sea en espacios al aire libre o cerrados, siempre que no se supere el 75% de su aforo, y en todo caso un máximo de 150 personas en espacios al aire libre o de 75 en espacios cerrados.

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ETIAS es el nuevo requisito para viajar a la UE: coste y fechas en el que entrará en vigor

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ETIAS requisito Unión Europea

Las regulaciones para viajar a Europa están cambiando. A partir del primer semestre de 2025, aproximadamente 1.400 millones de personas de más de 60 países exentos de visado deberán obtener una autorización de viaje para ingresar a la mayoría de los países europeos.

Este requisito se conoce como el «Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes» (ETIAS, por sus siglas en inglés), diseñado para fortalecer los controles de seguridad e inmigración en la Unión Europea.

Antes de realizar estos desplazamientos, el sistema comparará a los viajeros con bases de datos sobre fronteras, seguridad y migración para identificar posibles riesgos desde el punto de vista de la seguridad o la salud.

El objetivo es mejorar la seguridad, prevenir la inmigración ilegal y proteger la salud pública.

Las normas acordadas permitirán al sistema central de ETIAS realizar comprobaciones en siete bases de datos diferentes, incluyendo el Sistema de Información de Schengen (SIS), el Sistema de Información de Visados, el Sistema de Entrada/Salida (SES), Eurodac, la base de datos de antecedentes penales de nacionales de terceros países, así como los datos de Europol e Interpol. Esto ayudará a las autoridades a evaluar el riesgo asociado con los solicitantes y tomar decisiones informadas sobre la emisión o el rechazo de una autorización de viaje.

Cómo funciona ETIAS

  • La mayoría de las solicitudes se procesan en minutos.
  • Sin embargo, es posible que una solicitud tarde más en procesarse. En caso afirmativo, el viajero recibirá una decisión en un plazo de cuatro días. Este período podría ampliarse hasta 14 días si se solicita que información o documentación adicional, o hasta 30 días si se requiere una entrevista, por lo que las autoridades recuerdan que se debe solicitar una autorización de viaje ETIAS mucho antes de que comience el viaje planificado.
  • Una vez presentada la solicitud, se recibirá un correo electrónico confirmando el envíoen el que se incluirá un número de ETIAS único que ha de conservarse para referencia futura.
  • Una vez que la solicitud haya sido procesada, el viajero recibirá otro correo electrónico informándole sobre su resultado.
  • Cuando se obtenga la autorización de viaje ETIAS, hay que asegurarse de que los datos personales: nombre, número de pasaporte y otra información sean correctos: si hay algún error, no se permitirá al viajero cruzar la frontera.
  • Si la solicitud es rechazada , el correo electrónico incluirá los motivos de esta decisión. También incluirá información sobre cómo apelar, datos de la autoridad competente, así como el plazo correspondiente para recurrir.
  • La autorización de viaje ETIAS es válida por tres años o hasta que caduque el documento de viaje que utilizó en su solicitud, lo que ocurra primero.
  • Para las estancias de corta duración: una autorización de viaje ETIAS válida da derecho a permanecer en los países europeos que requieren ETIAS por hasta 90 días dentro de un período de 180 días.
  • El viajero debe estar en posesión de una autorización de viaje ETIAS válida durante toda su estancia con la que podrá salir y volver en cualquier momento, siempre y cuando se respete este plazo máximo de autorización.
  • Los viajeros tiene que asegurarse de llevar a su llegada a la frontera el mismo documento que utilizó en su solicitud ETIAS ya que esta está vinculada a su documento de viaje. De lo contrario, no se le permitirá abordar su vuelo, autobús o barco, ni ingresar a ninguno de los países europeos que requieren ETIAS.
  • Tener una autorización de viaje ETIAS válida no garantiza un derecho de entrada automático. Una vez en la frontera, los guardias fronterizos verificarán que se cumplen las condiciones de entrada. A aquellos viajeros que no cumplan las condiciones de entrada se les negará el acceso a la UE.

Cinco cosas que debes saber sobre ETIAS

  1. El ETIAS es un nuevo requisito de viaje: si procedes de uno de los países de la lista anterior, a partir de 2024 tendrás que obtener una autorización de viaje ETIAS a cualquiera de los 30 países europeos.
  2. ETIAS es para visitas de corta duración: con una autorización de viaje ETIAS válida, podrá permanecer en cualquiera de los 30 países europeos durante 90 días en un periodo de 180 días. Su autorización de viaje ETIAS será válida por tres años o hasta que venza el pasaporte que utilizó en su solicitud, lo que ocurra primero. Debe tener posesión de una autorización de viaje ETIAS válida durante toda su estancia. Puede salir y volver en cualquier momento, siempre que respete este límite de tiempo.
  3. El ETIAS no es un visado: lo solicitarás por Internet, no tendrás que ir a un Consulado y será mucho más rápido y barato que obtener un visado.
  4. Europa no es la primera en introducir autorizaciones de viaje para nacionales exentos de visado: Estados Unidos, Canadá y Australia exigen autorizaciones de viaje similares.
  5. El sistema aún no está operativo y por el momento no se recogen solicitudes: La Comisión Europea anunciará el calendario exacto del lanzamiento de ETIAS.

Cuidado con los fraudes

Sólo hay un sitio web oficial de ETIAS: europa.eu/etias. El formulario de solicitud estará disponible en este sitio web una vez que se ponga en marcha el sistema.

Hay decenas de sitios web que dicen ser los sitios oficiales de solicitud de ETIAS: utilizan el logotipo oficial de la Unión Europea, algunos incluso recogen datos personales de los viajeros. Aunque será legal que los intermediarios comerciales hagan la solicitud en su nombre una vez que el sistema entre en vigor, asegúrese de utilizar uno en el que confíe: algunos pueden robar sus datos personales, número de pasaporte y tarjeta de crédito. También pueden cobrar una tasa adicional por sus servicios. Recuerde: ETIAS sólo le costará 7 euros si utiliza la web oficial de ETIAS para solicitarlo.

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