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Generalitat aumentará los controles para evitar la venta y adiestramiento ilegal de animales

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La Generalitat intensificará los controles para perseguir las prácticas fraudulentas de venta y de adiestramiento ilegal de animales, debido al gran intrusismo de personas que realizan esta actividad de forma ilegal, sin estar registrados en el Registro de Núcleos Zoológicos, y que no cumplen la normativa sobre la venta y adiestramiento de animales.

Las consellerias de Economía y de Agricultura van a actuar de forma coordinada, junto con el sector de venta de animales, y van a solicitar la colaboración de la polícia autonómica y de las policías locales, para detectar estas prácticas ilegales, y abrir los correspondientes expedientes informativos y sancionadores.

Así lo anunciaron el director general de Comercio y Consumo, Natxo Costa, y el director general de Agricultura, Ganadería y Pesca, Roller Llanes, tras la reunión conjunta mantenida con el presidente y miembros del Gremio de Comercios para de Animales de Compañía (Grecoacom).

Esta asociación trasladó al Consell esta problemática en el comercio de animales de compañía y presentó más de un centenar de casos identificados de este tipo de prácticas fraudulentas en la zona de València, mediante Internet y las redes sociales.

Natxo Costa explicó que «debemos ser conscientes que no se pueden comprar mascotas por internet al que lo ofrece más barato, ya que la venta de animales es una actividad regulada, en la que se debe cumplir la normativa, porque de lo contrario genera problemas como el desconocimiento de la trazabilidad del animal, de las condiciones veterinarias en la que se pueda producir su venta y, en general el estado sanitario de los animales».

Por su parte, Roger Llanes explicó que «además de la venta ilegal, los ciudadanos deben saber que el intrusismo en el ámbito del adiestramiento, puede suponer problemas para la salud de los animales y también para los propietarios de estos animales, ya que no existen garantías de que un adiestrador ilegal cumpla la normativa o de que esté capacitado para ejercer esta actividad».

Por ello «la nueva ley de Bienestar y Tenencia de Animales de Compañía, cuyo anteproyecto ya ha redactado la Conselleria de Agricultura, recoge esta casuística de actividades ilegales y endurece las sanciones, con cuantías de hasta 30.000 euros».

Las medidas del Consell van en consonancia con la gran preocupación por el bienestar animal en todo el marco europeo y, en concreto, sobre el control de la venta ilegal de animales.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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