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Ingresa en un centro de menores el cuarto acusado por la presunta violación múltiple de Alicante

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El juzgado ha decretado el ingreso en un centro de menores en régimen cerrado para el cuarto adolescente presuntamente implicado en la agresión sexual a una chica, también menor de edad, ocurrida en julio de 2018 en una localidad de la comarca alicantina de la Marina Alta y denunciada el pasado mes de marzo. El menor ha regresado de Francia, país al que se había marchado con sus padres por otros motivos hace unos meses.

Según han informado fuentes del instituto armado, el adolescente se presentó voluntariamente este miércoles en Fiscalía de Menores por estos hechos para prestar manifestación, esto es, sin que hubiera sido previamente detenido por los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado.

El menor acudió a declarar acompañado de su padre y su letrado y la autoridad judicial decretó su ingreso en un centro de menores en régimen cerrado.

Según informó la pasada semana la Guardia Civil, la menor víctima de la supuesta agresión sexual contó a responsables del instituto en el que estudiaban que tenía un problema con compañero de centro, que le estaba amenazando con difundir un video, aunque no llegó a contar su contenido.

Posteriorente, el pasado febrero, la orientadora del centro escolar se entrevistó nuevamente con la menor y, en esta ocasión, sí que le contó la totalidad de lo ocurrido en julio de 2018 cuando fue agredida sexualmente por los cuatro compañeros. Días después, la víctima presentó una denuncia ante la Guardia Civil, que se hizo cargo de la investigación y detuvo el 5 de marzo a tres de los cuatro menores supuestamente autores de los hechos ya que el cuarto residía en Francia desde finales del pasado año 2018.

Los hechos ocurrieron una tarde del mes de julio de 2018, en una zona de descampado, próxima al cementerio de Pego. La víctima y una amiga fueron a dar una vuelta con cuatro chicos, de origen magrebí, a los que conocían por ser todos compañeros de instituto.

En un momento dado, la amiga de la víctima se tuvo que marchar y ella se quedó a solas con los supuestos agresores, quienes le obligaron a desplazarse hasta un descampado próximo, lugar en el que se produjeron los hechos denunciados, de acuerdo con el instituto armado.

Los hechos fueron puestos en conocimiento de la Guardia Civil, que se hizo cargo de la investigación, mediante el Equipo de Policía Judicial de la Guardia Civil de Xàbia. La denuncia fue formalizada finalmente por la víctima el 1 de marzo, y dio como resultado la detención, el 5 de marzo, de tres de los cuatro menores, supuestamente autores de los hechos.

ANÁLISIS DEL CONTENIDO DE LOS MÓVILES

Los otros tres menores, que sí que fueron detenidos, declararon en sede policial, asistidos de letrado y acompañados de sus representantes legales. El Departamento de Nuevas Tecnologías de la Guardia Civil está analizando el contenido de los teléfonos móviles intervenidos a los menores, al objeto de comprobar la existencia de posibles grabaciones de video sobre estos hechos.

Esos tres menores ya comparecieron ante el juez de Menores de Alicante, que decretó su internamiento, en régimen cerrado, en diferentes centros, así como la prohibición de aproximarse a la víctima y de contactar con ella por cualquier medio.

Durante este tiempo, el cuarto menor estaba intentando ser localizado en Francia. Finalmente, este miércoles se presentó en Fiscalía de Menores y también se ha decretado su ingreso en un centro igualmente en régimen cerrado.

Fuente: Europa Press

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¿Qué pasa si Sánchez dimite? ¿Quién sería el presidente? ¿Habría nuevas elecciones?

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¿Qué pasa si Sánchez dimite?
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez- Foto: CONGRESO
¿Qué pasa si Sánchez dimite? La posibilidad de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, renuncie al cargo abre un escenario incierto con muchas incógnitas pero que en su mayoría tienen respuesta en la Constitución y la ley electoral.

¿Qué pasa si Pedro Sánchez dimite?

El artículo 101 de la Constitución Española tiene previsto el escenario de una dimisión o fallecimiento del presidente del Gobierno o de una pérdida de confianza parlamentaria, como podría ser una moción censura.

“El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente”, reza la Carta Magna.

En este caso, la dimisión del jefe del Ejecutivo conllevaría que todo el Gabinete continuaría en funciones hasta que se nombre un nuevo presidente del Gobierno.

Ello significa que el Gobierno estaría limitado en sus atribuciones, sin capacidad para legislar, al igual que sucede pasadas las elecciones generales y antes de elegir al nuevo Gobierno.

¿Quien nombraría al nuevo presidente?

El Congreso sería el encargado de elegir a un nuevo presidente en un proceso idéntico al de las investiduras que se celebran tras unas elecciones generales.

El rey haría una ronda de consultas con los portavoces de los partidos con representación en la Cámara Baja y tras escuchar sus opiniones designaría un candidato.

Fue lo que ocurrió en 1981 cuando dimitió Adolfo Suárez. Su partido, UCD, propuso a Leopoldo Calvo-Sotelo como su sucesor, y tras un debate de investidura, interrumpido en su votación por el intento de golpe de Estado del 23F, fue elegido presidente por el Congreso.

En esta hipótesis, el candidato designado por el rey para suceder a Pedro Sánchez se sometería a un debate de investidura y para ser elegido debería recibir el apoyo de la mayoría absoluta del Congreso en primera votación o más síes que noes en segunda.

Si el candidato no lograra ser investido, arrancaría un plazo de dos meses en el que nuevos candidatos propuestos por el rey pueden optar a la Presidencia. Si tras estos dos meses ningún candidato consigue la confianza del Congreso las Cortes se disuelven de forma automática y se convocan nuevas elecciones generales.

¿Puede Pedro Sánchez convocar elecciones?

La respuesta es no, de momento. En el caso de que Pedro Sánchez no decida renunciar este lunes, fecha que ha fijado para anunciar su decisión, debería esperar, como pronto hasta el próximo 31 de mayo, para convocar elecciones generales.

La ley impide que el presidente disuelva las Cortes antes de que pase un año de la anterior disolución. Solo desde entonces podría aprobar el decreto de disolución y convocatoria de elecciones, que se celebrarían pasados 54 días.

Ello llevaría las elecciones a las últimas semanas del mes de julio. La ley no establece que tengan que celebrarse en domingo, pero si así fuera, lo más probable es que se fueran al 28 de julio.

¿Y si Sánchez decide someterse a una cuestión de confianza?

Otra posibilidad es que Pedro Sánchez no renuncie a su cargo, pero decida por contra presentar una cuestión de confianza.

Se trata de un instrumento político del que dispone el presidente del Gobierno para afrontar una situación de debilidad frente al Parlamento que le ha elegido y mediante el cual el Gobierno pide al Congreso el respaldo a su política.

La Constitución, en su artículo 112, establece que el presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.

Según establece el Reglamento del Congreso, el debate se desarrolla con el mismo formato que las sesiones de investidura. La confianza se entiende otorgada cuando obtenga el voto de la mayoría simple de los Diputados.

Si Sánchez no obtuviera la confianza del Congreso, ocurriría igual que si hubiera dimitido y se iniciaría el proceso para investir a un nuevo presidente, con consultas del rey y un nuevo debate de investidura.

De nuevo, y como en el caso de las investiduras fallidas tras unos comicios generales, el artículo 172 del Reglamento del Congreso fija que si transcurren dos meses y ningún candidato consigue la confianza del Congreso, el presidente de la Cámara someterá a la firma del Rey el decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones.

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