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Instan a Ribó a comparecer para aclarar la vinculación del bufete de su cuñado y el que factura a EMT València

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VALÈNCIA, 15 Nov. – La portavoz del grupo ‘popular’ en el Ayuntamiento de València, María José Catalá, ha pedido que el alcalde, Joan Ribó, comparezca de nuevo en el pleno para aclarar la vinculación del bufete de su cuñado con el despacho que factura a la Empresa Municipal de Transportes (EMT).

Por otra parte, sobre la información de que el gerente de la empresa pública, Josep Enric García Alemany, entró a realizar operaciones en la banca electrónica de la EMT durante los días en que se produjo la estafa de cuatro millones de euros que está en investigación judicial, según declaró al juez el gestor de la cuenta de la compañía en Caixabank, Catalá cree que «evidencia el descontrol en la empresa y que no se actuó con la debida diligencia para evitar el robo».

Catalá ha hecho estas declaraciones en un comunicado después de que el diario Las Provincias y Valencia Plaza hayan publicado que el secretario del consejo de administración de la EMT, Salvador Martínez, entró en 2009 como socio en el despacho de abogados del cuñado de Ribó y el pasado año, su bufete, STM, entró en el accionariado de Abastos cuando se hizo una ampliación de capital. Su participación actual en la firma del cuñado del alcalde, de acuerdo con estas informaciones, es del 32%.

Para Catalá, esta publicación desvela que Joan Ribó «mintió en el pleno a la corporación municipal» por lo que pedirán la convocatoria de otro extraordinario «para que aclare y diga la verdad sobre la vinculación de la empresa de su cuñado con el despacho de abogados del secretario asesor de la EMT».

«Ha quedado patente que el alcalde ayer mintió y por ello vamos a pedir que comparezca de nuevo ante un pleno extraordinario para que dé explicaciones de por qué ayer trató de enmarañar y manipular la información», ha dicho, en alusión a las declaraciones del primer edil, quien este jueves en el pleno exihibió un documento del Registro Mercantil para asegurar que su cuñado «nunca» ha estado en SMT Asesores.

Según Catalá, «el alcalde mintió e intentó enmarañar con sus palabras para ocultar la vinculación efectiva de su cuñado con el despacho que trabaja para la EMT, y por eso queremos que vuelva a comparecer frente a un pleno y que aclare esos extremos que han quedado en duda».

«El alcalde está quedando desacreditado tras estas informaciones y las mentiras vertidas a los concejales de los grupos municipales», ha lamentado Catalá, para instar a Ribó a comparecer «para recuperar el prestigio o al menos la dignidad que tiene que tener el alcalde de Valencia».

Igualmente, Catalá ha indicado que Ribó «deberá dar explicaciones si ha mentido, si ha engañado, si ha intentado manipular la información o si hay algo que nos está escondiendo, porque como responsables también de la EMT queremos saber qué ha pasado y llegar hasta el final».

Fuente:(EUROPA PRESS)

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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