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La Comunitat registra su máximo histórico en turismo internacional en 2017

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La Comunitat Valenciana ha registrado en 2017 su máximo histórico en turismo internacional, como muestran las encuestas publicadas por el INE de Movimientos Turísticos en Frontera (Frontur) y la Encuesta de Gasto Turístico (Egatur).

Los turistas internacionales que visitaron la Comunitat Valenciana en 2017, cerca de 9 millones (8.978.327) se incrementaron un 15,4% interanual y gastaron 8.481 millones de euros, lo que supone un aumento del 14% con respecto al 2016.

El secretario autonómico de la Agència Valenciana del Turisme, Francesc Colomer, ha valorado estos resultados como «positivos, aunque debemos tomar los datos con mucha responsabilidad», al tiempo que ha resaltado que «estas cifras marcan la relevancia y el posicionamiento en los mercados internacionales de la Comunitat Valenciana».

Colomer ha añadido que «debemos seguir trabajando en la creación y desarrollo de producto, de cualificación y de capital humano, que tiene que ser la pauta en este 2018 que será clave para ver la consolidación de estas tendencias».

Asimismo, ha destacado que «el reto de la desestacionalización va a seguir siendo fundamental, tenemos que ampliar los buenos datos de la temporada alta y hacer posible que el turismo vertebre e integre riqueza y empleo a lo largo de todo el año, repercutiendo así en un mayor gasto turístico».

Los resultados de las encuestas muestran que se trata de los mejores datos de turismo internacional para la Comunitat Valenciana de toda la serie histórica y supone una de las mayores subidas interanuales de todo el conjunto nacional, tanto en el número de turistas extranjeros que nos han visitado como en el gasto que han realizado en 2017 en nuestro destino.
Resultados llegada de turistas extranjeros.

La encuesta Frontur publicada por el INE muestra que la Comunitat Valenciana recibió en 2017 un total de 8.918.327 turistas, cifra que representa un destacado incremento interanual (15,4%), por encima de la media de España (8,6%).

Cabe resaltar que se ha producido en 2017 un incremento general de los principales mercados emisores. Reino Unido, con una cuota del 32,3%, acumula un incremento del 14,6% en número de turistas. Destaca también la evolución de Holanda (+32,5), países nórdicos (+15,5%), Italia (+11,7%) o Francia (+7,3%).

Las entradas de turistas extranjeros por aeropuerto se incrementaron en 2017 un 20,4% interanual y por carretera un 2,7%.

Asimismo, la encuesta Frontur muestra que los viajes por motivo de ocio y vacaciones han aumentado en 2017 un 15,3% interanual y el turismo de negocios y motivos profesionales se ha incrementado un destacado 42,1% durante el pasado año.


Gasto realizado por los turistas extranjeros

La encuesta Egatur que ha publicado el INE muestra que, en 2017, los turistas internacionales que visitaron la Comunitat Valenciana gastaron 8.481,3 millones de euros lo que supone un aumento del 14% interanual, el mayor incremento junto con la Comunidad de Madrid.

La misma encuesta indica que en 2017 el mayor volumen de gasto en la Comunitat Valenciana lo realizaron los turistas británicos, con un total de 2.447,4 millones de euros; seguido por los franceses que desembolsaron 1.078,9 millones de euros, los nórdicos con 861,8 millones y los holandeses con 558 millones de euros.

Con respecto a las variaciones interanuales, destaca el incremento registrado por los turistas británicos, que aumenta un 10,4% con respecto al mismo periodo de 2016; el gasto realizado por turistas franceses se incrementa un 8,2%. Además, los turistas nórdicos han incrementado el gasto en un 12,1% y Holanda también ha incrementado el gasto en un 16,2%.

Por otro lado, la encuesta Egatur muestra que, en 2017, el gasto medio por turista asciende a 951 euros y el gasto medio diario se sitúa en 95 euros, un 4,9% superior al registrado en 2016. La estancia media por turista internacional en la Comunitat es de 10 días, superior a la media española situada en 7,7 días.

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¿Qué pasa si Sánchez dimite? ¿Quién sería el presidente? ¿Habría nuevas elecciones?

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¿Qué pasa si Sánchez dimite?
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez- Foto: CONGRESO
¿Qué pasa si Sánchez dimite? La posibilidad de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, renuncie al cargo abre un escenario incierto con muchas incógnitas pero que en su mayoría tienen respuesta en la Constitución y la ley electoral.

¿Qué pasa si Pedro Sánchez dimite?

El artículo 101 de la Constitución Española tiene previsto el escenario de una dimisión o fallecimiento del presidente del Gobierno o de una pérdida de confianza parlamentaria, como podría ser una moción censura.

“El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente”, reza la Carta Magna.

En este caso, la dimisión del jefe del Ejecutivo conllevaría que todo el Gabinete continuaría en funciones hasta que se nombre un nuevo presidente del Gobierno.

Ello significa que el Gobierno estaría limitado en sus atribuciones, sin capacidad para legislar, al igual que sucede pasadas las elecciones generales y antes de elegir al nuevo Gobierno.

¿Quien nombraría al nuevo presidente?

El Congreso sería el encargado de elegir a un nuevo presidente en un proceso idéntico al de las investiduras que se celebran tras unas elecciones generales.

El rey haría una ronda de consultas con los portavoces de los partidos con representación en la Cámara Baja y tras escuchar sus opiniones designaría un candidato.

Fue lo que ocurrió en 1981 cuando dimitió Adolfo Suárez. Su partido, UCD, propuso a Leopoldo Calvo-Sotelo como su sucesor, y tras un debate de investidura, interrumpido en su votación por el intento de golpe de Estado del 23F, fue elegido presidente por el Congreso.

En esta hipótesis, el candidato designado por el rey para suceder a Pedro Sánchez se sometería a un debate de investidura y para ser elegido debería recibir el apoyo de la mayoría absoluta del Congreso en primera votación o más síes que noes en segunda.

Si el candidato no lograra ser investido, arrancaría un plazo de dos meses en el que nuevos candidatos propuestos por el rey pueden optar a la Presidencia. Si tras estos dos meses ningún candidato consigue la confianza del Congreso las Cortes se disuelven de forma automática y se convocan nuevas elecciones generales.

¿Puede Pedro Sánchez convocar elecciones?

La respuesta es no, de momento. En el caso de que Pedro Sánchez no decida renunciar este lunes, fecha que ha fijado para anunciar su decisión, debería esperar, como pronto hasta el próximo 31 de mayo, para convocar elecciones generales.

La ley impide que el presidente disuelva las Cortes antes de que pase un año de la anterior disolución. Solo desde entonces podría aprobar el decreto de disolución y convocatoria de elecciones, que se celebrarían pasados 54 días.

Ello llevaría las elecciones a las últimas semanas del mes de julio. La ley no establece que tengan que celebrarse en domingo, pero si así fuera, lo más probable es que se fueran al 28 de julio.

¿Y si Sánchez decide someterse a una cuestión de confianza?

Otra posibilidad es que Pedro Sánchez no renuncie a su cargo, pero decida por contra presentar una cuestión de confianza.

Se trata de un instrumento político del que dispone el presidente del Gobierno para afrontar una situación de debilidad frente al Parlamento que le ha elegido y mediante el cual el Gobierno pide al Congreso el respaldo a su política.

La Constitución, en su artículo 112, establece que el presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.

Según establece el Reglamento del Congreso, el debate se desarrolla con el mismo formato que las sesiones de investidura. La confianza se entiende otorgada cuando obtenga el voto de la mayoría simple de los Diputados.

Si Sánchez no obtuviera la confianza del Congreso, ocurriría igual que si hubiera dimitido y se iniciaría el proceso para investir a un nuevo presidente, con consultas del rey y un nuevo debate de investidura.

De nuevo, y como en el caso de las investiduras fallidas tras unos comicios generales, el artículo 172 del Reglamento del Congreso fija que si transcurren dos meses y ningún candidato consigue la confianza del Congreso, el presidente de la Cámara someterá a la firma del Rey el decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones.

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