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La creación de empresas en la Comunitat sube un 6,6% y las disoluciones bajan un 10,1%

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cuotas autónomos 2024

VALÈNCIA/MADRID, 8 Nov. (EUROPA PRESS) – El número de sociedades mercantiles ascendió en la Comunitat Valenciana un 6,6 por ciento en septiembre con un total de 725 empresas mientras que las disoluciones retrocedieron un 10,1 por ciento con un total de 80 entidades.

A su vez, un total de 170 empresas de la autonomía aumentaron su capital por un importe de 106,19 millones de euros, según los datos difundidos este jueves por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

A nivel nacional, el número de nuevas sociedades mercantiles bajó un 4,4% en septiembre respecto al mismo mes de 2017, hasta sumar 5.886 empresas, al tiempo que las disoluciones empresariales bajaron un 0,6 por ciento, hasta totalizar 1.103.

Con el retroceso de septiembre, la creación de empresas encadena dos meses en negativo después de haber caído en agosto un 0,7 por ciento.

El 21 por ciento de las sociedades mercantiles creadas en septiembre se dedica al comercio y el 15,9 por ciento a inmobiliarias, financieros y seguros. En cuanto a las sociedades disueltas por actividad económica principal, el 22,6 por ciento correspondió al comercio y el 14,1 por ciento a construcción.

Para la constitución de las 5.886 empresas creadas en septiembre se suscribieron más de 523 millones de euros, lo que supone un aumento del 29,5 por ciento respecto al mismo mes de 2017, mientras que el capital medio suscrito, que se situó en 88.881 euros, avanzó un 35,5 por ciento en tasa interanual.

MADRID Y ANDALUCÍA LIDERAN LA CREACIÓN DE EMPRESAS
Las comunidades con mayor número de sociedades mercantiles creadas en septiembre fueron Madrid (1.390), Andalucía (1.054) y Cataluña (867). Por el contrario, las que menos sociedades crearon fueron La Rioja (22), Cantabria (42) y Navarra (59).

Los mayores aumentos interanuales en la creación de sociedades mercantiles correspondieron a La Rioja (+83,3%), Extremadura (+16,2%) y Murcia (+9,3%), mientras que los mayores retrocesos se dieron en Asturias (-33,6%), Cantabria (-25%) y Cataluña (-14,6%).

Atendiendo a las sociedades mercantiles disueltas, las que presentaron mayor número son Madrid (347), Andalucía (178) y Comunitat Valenciana (80).

Por el contrario, las que registran menos sociedades disueltas son Cantabria (5), La Rioja (6) y País Vasco (7).

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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