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La jueza deniega la petición de libertad de Eduardo Zaplana por motivos de salud

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La titular del juzgado de instrucción número ocho de Valencia, que investiga el caso Erial, ha denegado la petición del expresidente de la Generalitat Eduardo Zaplana para ser puesto en libertad. La defensa del exministro la solicitó la semana pasada alegando «motivos humanitarios» por la enfermedad que sufre su cliente, leucemia, y reclamaba, como alternativa, un arresto domiciliario.

La Fiscalía Anticorrupción se opone al entender que persiste el riesgo de fuga y la posibilidad de destrucción de pruebas. Además, la juez indica que durante su estancia en la cárcel de Picassent, el expresidente valenciano ha evidenciado encontrarse bien ya que solicitó el uso del gimnasio de la prisión. La magistrada ha denegado así la petición pese a los informes médicos, incluido el forense, que informan negativamente de la permanencia en prisión de Zaplana.

En el auto de prisión del pasado 22 de mayo, la jueza acusó a Zaplana de los delitos de blanqueo de capitales, cohecho, prevaricación, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraude en la contratación, delito fiscal, falsedad documental, asociación ilícita para delinquir y grupo criminal.

En el caso Erial, el juzgado de Instrucción número 8 de Valencia investiga, entre otras actuaciones, el presunto cobro de comisiones derivadas de la concesión de las Inspecciones Técnicas de Vehículos (ITV), realizadas en 1997 durante la gestión de Zaplana al frente de la Generalitat, y del Plan Eólico de la Comunitat Valenciana, puesto en marcha en 2003.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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