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La Policía desmantela un bingo ilegal en Benidorm

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ALICANTE, 26 Mar. (EUROPA PRESS) –

La Policía de la Generalitat ha desmantelado un bingo ilegal que presuntamente organizaba partidas en establecimientos de hostelería de Benidorm (Alicante), con la participación de más de un centenar de personas, la mayoría extranjeras.

Del resultado de la operación, efectuada el pasado día 15 de marzo, se identificó a los cuatro trabajadores del establecimiento y se intervinieron 1.447 euros, dinero procedente de la partida en juego y otras anteriores del mismo día; cuatro micrófonos, dos máquinas de bingo electrónicos, dos máquinas para aparatos inalámbricos, 5.000 cartones de bingo, una libreta con contabilidad de dinero recaudado y material de oficina, según ha informado la Generalitat en un comunicado.

Los agentes de la Policía de la Generalitat levantaron actas de juego por infracciones administrativas a la ley de Espectáculos y Hacienda por la tenencia de 21.000 euros en una caja fuerte. El local inspeccionado es uno de los establecimientos de Benidorm regentado y atendido por ciudadanos británicos, y cuya clientela «responde en su mayoría a turistas y residentes de procedencia anglosajona que realizan actividades de juego ilegal», según la misma fuente.

Para la incoación de expediente administrativo sancionador, se puso en conocimiento de la operación a la Dirección General del Juego de la Conselleria de Hacienda y Administraciones Públicas de la Generalitat Valenciana, a la Delegación de Hacienda y a la de Trabajo y Seguridad Social de los respectivos ministerios.

Estos negocios han sido ya inspeccionados por agentes de la Policía autonómica «en varias ocasiones», en todas ellas, con la incautación de dinero y efectos procedentes del juego ilegal.

El juego es una competencia exclusiva de la Generalitat Valenciana y su actividad está sujeta a autorización administrativa. Su realización requiere lugares habilitados, según se recoge en el artículo 23 de la Ley 4/88, un documento legal que regula el juego en la Comunitat Valenciana como falta muy grave. El control e inspección corresponde a la Unidad Adscrita del Cuerpo Nacional de Policía de la Comunidad Valenciana.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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