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Las alegaciones de Puigdemont a la aplicación del artículo 155

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El Presidente de la Generalitat de Cataluña, Carles Puigdemont, ha remitido este jueves, a través de un burofax, sus alegaciones a la aplicación del artículo 155 de la Constitución por parte del Gobierno central. Dichas alegaciones serán estudiadas este jueves por la comisión creada para debatir el asunto.

Consulta aquí las alegaciones del Gobierno de Puigdemont a la aplicación del artículo 155 de la Constitución

El plazo de respuesta para presentar alegaciones expiraba este jueves a las 10 horas de la mañana, mientras que el burofax remitido por la Generalitat catalana se ha recibido a las 10:03 horas, algo que ha sido criticado por miembros de la oposición del gobierno catalán.

En su escrito, la Generalitat catalana señala que las medidas del 155 son de una «manifiesta desproporción» y van más allá de «medidas necesarias» para «que la Generalitat de Cataluña revoque la declaración de independencia y los otros actos dirigidos a este mismo objetivo», y denuncia que sirven para despojar de sus atribuciones y desarticular la estructura de la Administración catalana.

Además, el Govern considera en sus alegaciones que el «límite ha sido ampliamente sobrepasado y sin justificación con su adecuada proporcionalidad y gradualidad», ya que considera que las medidas no se dirigen solo a que la Generalitat de Cataluña revoque la declaración de independencia sino que «despojan prácticamente las instituciones de sus principales atribuciones».

Y es que el Gobierno de Puigdemont opina que las medidas del 155 tendrían que ser sólo las estrictamente congruentes con el «objeto específico» del requerimiento previo del Gobierno para que cesaran las actuaciones de la Generalitat relacionadas con el proceso de independencia.

Para defender estas alegaciones en el Senado, Puigdemont ha designado al delegado de la Generalitat en Madrid, Ferran Mascarell.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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