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Las terrazas de bares y restaurantes de València podrán bajar a la calzada en la fase 1 de desescalada

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La concejala de Espacio Público del Ayuntamiento de València, Lucía Beamud, ha presentado una propuesta a la Federación de Vecinos de València, la Federación de Hostelería de València y a Unió Gremial que especifica una serie de condiciones para ampliar las terrazas de la ciudad sobre plazas de aparcamiento en la calzada, en zonas verdes y plazas y en zonas Acústicamente Saturadas. Beamud ha explicado que los hosteleros deberán hacer las peticiones de ampliación a través de las Juntas de Distrito. En todo caso, estas medidas se aprobarán en la Junta de Gobierno Local del próximo viernes.

Así, la ampliación de terrazas en zona reservada al estacionamiento no podrá ocupar la zona de aparcamiento en zona azul o naranja (ORA), plazas reservadas para personas con diversidad funcional, reservadas para vehículos autorizados o zonas de carga y descarga. La zona ampliada en calzada deberá estar situada junto a la acera y frente a la fachada del local, coincidiendo con la longitud de la terraza autorizada en acera actualmente.

Deberá instalarse señalización vertical correspondiente para prohibir el estacionamiento de vehículos durante el horario de instalación de la terraza y se posibilitará la compatibilidad del uso de la terraza con el aparcamiento de vehículos una vez finalizado el horario de funcionamiento de la terraza. Además, deberá instalarse elementos separadores que delimitan la terraza en calzada y la separan de los vehículos estacionados.

En todo caso, la concreción de los lugares donde se podrá desarrollar esta medida atendiendo a las peculiaridades de los diferentes tipos de vías y calles que hay en València dependerá de un informe de Movilidad Sostenible que ya se ha solicitado desde la concejalía de Espacio Público.

En cuanto las zonas verdes, podrá ampliarse la terraza en el interior de un parque, zona verde o ajardinada siempre que la zona ampliada se encuentre a menos de 30 metros del establecimiento y deberá respetar un itinerario peatonal de tres metros de ancho como mínimo. En las ZAS estará permitido ampliar la superficie de las terrazas preexistentes para garantizar el 50% del aforo dictado por las autoridades sanitarias con las distancias seguridad prescriptivas.

Todas estas medidas se aplicarán de manera puntual y durante tiempo que duren las medidas especiales de seguridad decretadas por las autoridades sanitarias debido a la crisis sanitaria del coronavirus. Una vez termine este momento, las terrazas volverán a la regulación habitual.

«Desde el Ayuntamiento de València velamos porque uno de los principales sectores económicos de la ciudad tenga las facilidades que necesite y, a la vez, que los vecinos y vecinas de València tengan garantizados sus derechos básicos de descanso y de paseo. Ponemos por delante de todo el diálogo y el consenso», ha valorado la concejala de Espacio Público, Lucía Beamud.

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¿Qué pasa si Sánchez dimite? ¿Quién sería el presidente? ¿Habría nuevas elecciones?

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¿Qué pasa si Sánchez dimite?
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez- Foto: CONGRESO
¿Qué pasa si Sánchez dimite? La posibilidad de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, renuncie al cargo abre un escenario incierto con muchas incógnitas pero que en su mayoría tienen respuesta en la Constitución y la ley electoral.

¿Qué pasa si Pedro Sánchez dimite?

El artículo 101 de la Constitución Española tiene previsto el escenario de una dimisión o fallecimiento del presidente del Gobierno o de una pérdida de confianza parlamentaria, como podría ser una moción censura.

“El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente”, reza la Carta Magna.

En este caso, la dimisión del jefe del Ejecutivo conllevaría que todo el Gabinete continuaría en funciones hasta que se nombre un nuevo presidente del Gobierno.

Ello significa que el Gobierno estaría limitado en sus atribuciones, sin capacidad para legislar, al igual que sucede pasadas las elecciones generales y antes de elegir al nuevo Gobierno.

¿Quien nombraría al nuevo presidente?

El Congreso sería el encargado de elegir a un nuevo presidente en un proceso idéntico al de las investiduras que se celebran tras unas elecciones generales.

El rey haría una ronda de consultas con los portavoces de los partidos con representación en la Cámara Baja y tras escuchar sus opiniones designaría un candidato.

Fue lo que ocurrió en 1981 cuando dimitió Adolfo Suárez. Su partido, UCD, propuso a Leopoldo Calvo-Sotelo como su sucesor, y tras un debate de investidura, interrumpido en su votación por el intento de golpe de Estado del 23F, fue elegido presidente por el Congreso.

En esta hipótesis, el candidato designado por el rey para suceder a Pedro Sánchez se sometería a un debate de investidura y para ser elegido debería recibir el apoyo de la mayoría absoluta del Congreso en primera votación o más síes que noes en segunda.

Si el candidato no lograra ser investido, arrancaría un plazo de dos meses en el que nuevos candidatos propuestos por el rey pueden optar a la Presidencia. Si tras estos dos meses ningún candidato consigue la confianza del Congreso las Cortes se disuelven de forma automática y se convocan nuevas elecciones generales.

¿Puede Pedro Sánchez convocar elecciones?

La respuesta es no, de momento. En el caso de que Pedro Sánchez no decida renunciar este lunes, fecha que ha fijado para anunciar su decisión, debería esperar, como pronto hasta el próximo 31 de mayo, para convocar elecciones generales.

La ley impide que el presidente disuelva las Cortes antes de que pase un año de la anterior disolución. Solo desde entonces podría aprobar el decreto de disolución y convocatoria de elecciones, que se celebrarían pasados 54 días.

Ello llevaría las elecciones a las últimas semanas del mes de julio. La ley no establece que tengan que celebrarse en domingo, pero si así fuera, lo más probable es que se fueran al 28 de julio.

¿Y si Sánchez decide someterse a una cuestión de confianza?

Otra posibilidad es que Pedro Sánchez no renuncie a su cargo, pero decida por contra presentar una cuestión de confianza.

Se trata de un instrumento político del que dispone el presidente del Gobierno para afrontar una situación de debilidad frente al Parlamento que le ha elegido y mediante el cual el Gobierno pide al Congreso el respaldo a su política.

La Constitución, en su artículo 112, establece que el presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.

Según establece el Reglamento del Congreso, el debate se desarrolla con el mismo formato que las sesiones de investidura. La confianza se entiende otorgada cuando obtenga el voto de la mayoría simple de los Diputados.

Si Sánchez no obtuviera la confianza del Congreso, ocurriría igual que si hubiera dimitido y se iniciaría el proceso para investir a un nuevo presidente, con consultas del rey y un nuevo debate de investidura.

De nuevo, y como en el caso de las investiduras fallidas tras unos comicios generales, el artículo 172 del Reglamento del Congreso fija que si transcurren dos meses y ningún candidato consigue la confianza del Congreso, el presidente de la Cámara someterá a la firma del Rey el decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones.

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