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Cómo conseguir el abono de Renfe gratuito

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abono renfe gratuito

El abono de Renfe gratuito ya se puede solicitar. El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha dictado una resolución, publicada este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE), en la que establece las condiciones y los pasos a seguir para adquirir el nuevo abono gratuito para usuarios de Renfe aprobado en el marco del decreto anticrisis para combatir las consecuencias de la guerra en Ucrania y los altos precios de la energía.

Los viajeros recurrentes de Cercanías, Rodalies y Media Distancia Convencional podrán adquirir el nuevo abono gratuito a partir del próximo 24 de agosto, con el que podrán viajar en estos trenes desde el 1 de septiembre y hasta final de año.

Cómo solicitar el abono de Renfe gratuito

Desde el pasado 8 de agosto, los usuarios pueden registrarse en la página web y en las aplicaciones de Renfe y Renfe Cercanías para preparar los trámites de cara al 24 de agosto.

Los usuarios que utilicen normalmente las herramientas de Renfe ya tendrán este paso hecho, puesto que se trata de registrar los datos.

Para la compra del abono, será necesario depositar una fianza.

En el caso de los Cercanías y Rodalies, la fianza a pagar a la hora de adquirir el abono será de 10 euros siempre y cuando el usuario haya realizado un mínimo de 16 viajes.

Fianzas

En caso de no cumplir con el número mínimo de viajes estipulado, la fianza se considerará una indemnización y no será devuelta al usuario.

En el supuesto de que la fianza se depositara en metálico, la devolución de la fianza deberá solicitarse en las taquillas, oficinas de atención al cliente o en cualquier otro servicio postventa habilitado al efecto por Renfe.

Para la emisión del abono, se grabará el DNI del usuario y/o teléfono móvil. Al importe de la fianza podrá aplicarse descuento de familia numerosa en caso de cumplir esta condición.

Durante el periodo del nuevo abono recurrente, se suspenderá la venta de los abonos habituales, si bien aquellos que hayan sido comprados con anterioridad mantendrán la vigencia con la que han sido adquiridos y podrán utilizarse.

La adquisición del abono se realizará por cada núcleo de Cercanías, es decir, si el usuario lo utiliza en Madrid, tendrá que comprar el vinculado a esta región. 

Se recomienda comprarlo a través de la app Renfe Cercanías:

  • se seleccionará la opción ‘abono gratuito para viajero frecuente’ y se generará un código QR de siete dígitos con el que se podrá viajar
  • o bien canjearlo en las máquinas para tenerlo en formato físico (sólo será gratis la primera vez).

Cuándo te devuelven la fianza

En el caso de la Media Distancia Convencional, la fianza será de 20 euros.

Se seleccionarán las estaciones de origen y destino a las que se viajará durante estos cuatro meses y posteriormente se formalizará cada viaje que se desee hacer en cualquiera de los medios habituales, aunque se recomienda el digital.

Si se hace un mínimo de 16 viajes, la fianza se devolverá.

En el caso de los Avant, los actuales abonos se comercializarán con un descuento del 50%.

Asimismo, se ha creado un nuevo abono para determinados servicios de AVE y Larga Distancia con una bonificación del 50%.

Madrid-Palencia, Madrid-Zamora, León-Valladolid, León-Palencia, Burgos-Madrid, Burgos-Valladolid, Ourense-Zamora, Palencia-Valladolid, Huesca-Zaragoza, León-Segovia, Segovia-Zamora, Palencia-Segovia, Medina del Campo-Zamora son las relaciones para las que se podrá comprar este nuevo billete

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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