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Los migrantes del Aquarius tendrán un permiso de 45 días por motivos humanitarios

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VALÈNCIA, 17 Jun. (EUROPA PRESS) –

Los migrantes de la flotilla del Aquarius, que ya ha comenzado a llegar a València, tendrán autorizada una entrada extraordinaria a España por motivos humanitarios de 45 días una vez pasen los trámites documentales por parte de la Policía Nacional, según ha explicado a los medios el inspector jefe de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras de Madrid Bernardo Alonso.

Ha explicado que el procedimiento que se está realizando en el puerto por parte de los agentes –en torno a 356 de diferentes escalas– en el puerto de València con los migrantes del Dattilo, el único buque que ha llegado hasta el momento, se está desarrollando «con total normalidad» y «lo más rápido posible».

Según ha indicado, por parte del Gobierno se ha determinado que estas personas tengan un permiso de 45 días una vez pasen los trámites documentales en el propio recinto portuario. A partir de ese momento, estarán tutelados por diferentes ONG y por parte del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

«Nadie sale de la zona de seguridad perimetrada sin que esté identificado», ha dicho Alonso, quien ha señalado al ser preguntado si traen consigo documentación que por el momento «ninguno ha presentado ninguna documentación» y «simplemente han manifestado la nacionalidad». Hay, ha apuntado, «un compendio de nacionalidades», ciudadanos «subsaharianos, asiáticos y magrebíes».

Ante la pregunta de si han detectado que alguno tenga una orden de expulsión anterior, ha indicado que lo están mirando. Sobre las peticiones de asilo, el inspector ha explicado que «hay un ofrecimiento por parte de las autoridades españolas de que todos tienen derecho a solicitar la protección internacional y se estudiará caso por caso, no es un tema que se pueda hacer generalidad, la gente que cumpla los requisitos se les dará el trámite legal oportuno».

Respecto a si alguno va a ir a un Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE), ha respondido que podrían ir «los que se encuentren en determinadas situaciones» y dependerá de las circunstancias individuales, hablándolo con la autoridad judicial.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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