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La Justicia rechaza que se analicen los móviles de los implicados en el caso Marta del Castillo

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el cuco marta del castillo
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La Audiencia de Sevilla ha vuelto a rechazar la investigación de los teléfonos móviles de los otros juzgados por el crimen de Marta del Castillo, quienes fueron absueltos en el juicio. Esto hace referencia a Francisco Javier Delgado, hermano de Miguel Carcaño; María García, novia de Delgado; y Samuel Benítez; así como a Francisco Javier García ‘Cuco’, condenado por encubrimiento por un juzgado de Menores. Se ha alegado que la permisión afectaría a «derechos fundamentales de personas que ya han sido juzgadas».

Rechazado el análisis de los móviles de los absueltos

La sección tercera de la Audiencia desestima en un auto el incidente de nulidad presentado por los padres de Marta del Castillo contra un auto de octubre de 2022 que ya desestimaba la investigación de los móviles de los implicados. Además, el auto de la Audiencia, fechado el 24 de marzo y facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), condena a los padres de Marta del Castillo al pago de las costas procesales causadas en este incidente de nulidad.

Por otra parte, la Audiencia ha subrayado que la pieza separada para la búsqueda ya fue cerrada y asegura que «en ningún caso procede mantener una investigación sine die, sin justificación para la intervención judicial y, menos cuando lo que se pretende es la práctica de nuevas diligencias que afectan a derechos fundamentales de personas ya enjuiciadas».

Búsqueda del cuerpo sin «límite temporal»

Sin embargo, el auto señala que la búsqueda del cuerpo de la víctima «no tiene límite temporal». De manera que se pueden realizar «las indagaciones que se estimen necesarias», pero sin que eso suponga «la continuación de un procedimiento ya acabado y, menos, afectar a derechos fundamentales» de personas ya juzgadas.

El teléfono de Miguel Carcaño sí está siendo analizado, con la autorización del condenado, al igual que el de Marta del Castillo. El fin es comprobar si ofrecen algún dato sobre los movimientos que hicieron el día del crimen, el 24 de enero de 2009. También, por tanto, si arrojan pistas que faciliten la localización del cuerpo. De hecho, una empresa especializada ha acometido un peritaje del teléfono de Carcaño, que será entregado al juez próximamente.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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