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Más de 75.000 valencianos solicitan no recibir propaganda electoral del 10N

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voto en blanco y voto nulo

MADRID/VALÈNCIA, 14 Oct. – Un total de 75.563 electores de la Comunitat Valenciana han solicitado no recibir propaganda electoral para los próximos comicios del 10 de noviembre. En concreto, 41.852 electores de València, 25.707 de Alicante y 8.004 de Castellón.

En España, un total de 810.367 personas en España, han pedido en el Instituto Nacional de Estadística (INE), en ayuntamientos y consulados españoles que no se les envíe propaganda electoral de cara a las próximas elecciones, que suponen la repetición de los del pasado 28 de abril ante la imposibilidad de formar gobierno.

Según los datos facilitados por el INE, recogidos por Europa Press, han sido 810.367 personas en el conjunto del país las que han pedido que se les excluya del censo que se reparte a los partidos y que estos utilizan para enviar propaganda electoral a los ciudadanos. Este es el número hasta el pasado 7 de octubre, la fecha tope para pedirlo y que fuera efectivo en estos comicios. Las peticiones que se reciban a partir de esa fecha no se aplicarán en las elecciones del 10 de noviembre y sí en las siguientes.

De esa cantidad, 808.493 corresponden al censo de españoles residentes (CER) y 1.874, al de los españoles que están residiendo fuera de España, los residentes ausentes (CERA).

El mayor número de peticiones se ha producido en Madrid, con 155.219 con mucha distancia de la siguiente circunscripción, que es Barcelona, donde un total de 89.698 ciudadanos no quieren que les envíen a casa propaganda electoral del 10N.

Les siguen Valencia, con 41.852 electores que rechazan la publicidad; Sevilla, con 39.865; Alicante, con 25.707; Zaragoza, con 24.736; La Coruña, con 20.503 y Cádiz con 20.255.

El resto de provincias bajan de la cifra de 20.000 electores, aunque se aproximan mucho: Granada, donde 19.161 ciudadanos han solicitado que no les sea enviada publicidad de los partidos y Murcia, donde lo han hecho 17.935.

Entre 15.000 y 16.000 electores lo han pedido en Asturias (16.039), Córdoba (16.206), Vizcaya (15.639) y Baleares (15.224); Pontevedra (14.923). Entre los 13.000 y los 14.000 ciudadanos, han pedido no recibir publicidad en Las Palmas (13.376); Tarragona (13.419) y Valladolid (12.430).

Y en el entorno de los 10.000 y los 12.000 ciudadanos, en Navarra (11.929); Santa Cruz de Tenerife (11.332); Álava (10.949) y Almería (9.324).

DONDE MENOS EN CEUTA, MELILLA Y SORIA
En el resto de las circunscripciones, las peticiones han estado por debajo de los 10.000 electores. Donde menos ha habido, con menos de 3.000 peticiones, ha sido en: Melilla (903); Ceuta (1.044); Soria (1.897); Cuenca (2.280); Ávila (2.825); Zamora (2.864) y Palencia (2.907). Entre 3.000 y 5.000 peticiones se ha producido en: Guadalajara (4.047); Lugo (4.174); Orense (4.603); Segovia (3.271) y Teruel (4.547).

Entre 5.000 y 10.000 electores: Almería (9.324); Cantabria (9.297); Gerona (8.615); Castellón (8.004); Badajoz (7.878); Huelva (7.697); Albacete (7.580); Cáceres (5.908); Ciudada Real (6.713); Lérida (5.156); La Rioja (7.173); Salamanca (6.982) y Toledo (7.641).

La decisión de recibir o no propaganda electoral ha cobrando importancia debido a que las elecciones que se celebren el 10 de noviembre serán las cuartas en cuatro años. De hecho, cuando se convocaron estas últimas, surgieron campañas en las redes sociales en las que se pedía que no se enviara propaganda electoral, ya que la convocatoria de unas nuevas elecciones cuesta unos 140 millones de euros.

Esta posibilidad de rechazar la propaganda electoral se aplicó ya en las elecciones del pasado 28 de abril y la medida es fruto de la reforma que se llevó a cabo en 2018 de la Ley Electoral General (LOREG). De hecho, el Instituto Nacional de Estadística informó el 7 de marzo pasado de que estaban a disposición de los electores, los formularios para poder aplicar esta medida ya en las elecciones de abril.

Los electores han podido realizar sus peticiones por internet, en la página web del Instituto Nacional de Estadística, en la siguiente dirección: https://sede.ine.gob.es/ce_exclusion_copias. Y también lo han hecho en los ayuntamientos, en las oficinas consulares y en las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral (OCE).

FUente: (EUROPA PRESS)

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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