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El BOE publica el listado de medicamentos esenciales para tratar el coronavirus

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Cuidado, así afecta el calor del verano a los medicamentos

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este sábado el listado de los medicamentos considerados esenciales en la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.

El listado de medicamentos incluye, entre otros la dexametasona, un fármaco que según un estudio de la Universidad de Oxford reduce la mortalidad hasta en un tercio en pacientes hospitalizados con complicaciones respiratorias graves de Covid-19 que necesitan ventilación mecánica.

Este es el listado completo de los medicamentos:

Anakinra 100 mg inyectable 0,67 ml jeringa precargada.

Azitromicina 500 mg inyectable perfusión.

Azitromicina 1.000 mg solución/suspensión oral sobre.

Azitromicina 150 mg solución/suspensión oral sobre.

Azitromicina 200 mg/5 ml solución/suspensión oral.

Azitromicina 250 mg cápsula.

Azitromicina 250 mg comprimido.

Azitromicina 250 mg solución/suspensión oral sobre.

Azitromicina 500 mg comprimido.

Azitromicina 500 mg inyectable perfusión.

Azitromicina 500 mg solución/suspensión oral sobre.

Azitromicina 1.000 mg solución/suspensión oral sobre.

Bromuro ipratropio 0,3 mg/ml producto uso nasal.

Bromuro ipratropio 20 microgramos/dosis inhalación pulmonar.

Bromuro ipratropio 250 microgramos inhalación pulmonar 1 ml.

Bromuro ipratropio 250 microgramos inhalación pulmonar 2 ml.

Bromuro ipratropio 500 microgramos inhalación pulmonar 2 ml.

Cefditoreno 200 mg comprimido.

Cefditoreno 400 mg comprimido.

Ciclosporina 1 mg/ml colirio.

Ciclosporina 25 mg cápsula.

Ciclosporina 50 mg cápsula.

Ciclosporina 50 mg/ml solución perfusión.

Ciclosporina 100 mg cápsula.

Cisatracurio besilato 2 mg/ml inyectable 10 ml.

Cisatracurio besilato 2 mg/ml inyectable 2,5 ml.

Cisatracurio besilato 2 mg/ml inyectable 5 ml.

Cisatracurio besilato 5 mg/ml inyectable 30 ml.

Clonazepam 1 mg inyectable 1 ml.

Dexametasona 1 mg comprimidos.

Dexametasona 4 mg comprimidos.

Dexametasona 8 mg comprimidos.

Dexametasona 4mg inyectable 1 ml.

Dexametasona 40mg inyectable 5 ml.

Dexmedetomidina 100 microgramos/ml inyectable perfusión 10 ml.

Dexmedetomidina 100 microgramos/ml inyectable perfusión 2 ml.

Dexmedetomidina 100 microgramos/ml inyectable perfusión 4 ml.

Diazepam 5 mg líquido rectal.

Diazepam 10 mg líquido rectal.

Dobutamina 250 mg inyectable perfusión 20 ml.

Dopamina 200 mg inyectable 5 ml.

Enoxaparina sodio 40 mg (4.000 UI) inyectable 0,4 ml jeringa precargada.

Enoxaparina sodio 40 mg (4.000 UI) inyectable 0,4 ml.

Fentanilo 50 microgramos/ml inyectable 3 ml.

Haloperidol 5 mg inyectable 1 ml.

Levomepromazina 25 mg inyectable 1 ml.

Metilprednisolona 1.000 mg inyectable.

Metilprednisolona 125 mg inyectable.

Metilprednisolona 250 mg inyectable.

Metilprednisolona 500 mg inyectable.

Metilprednisolona 40 mg inyectable.

Midazolam 5 mg inyectable 1 ml.

Midazolam 5 mg inyectable 5 ml.

Midazolam 15 mg inyectable 3 ml.

Midazolam 25 mg inyectable 5 ml.

Midazolam 50 mg inyectable 10 ml.

Midazolam 50 mg inyectable 50 ml.

Midazolam 100 mg inyectable 100 ml.

Midazolam 100 mg inyectable 20 ml.

Norepinefrina (noradrenalina) 5 mg/ml inyectable 50 ml.

Propofol 5 mg/ml inyectable 20 ml.

Propofol 10 mg/ml inyectable 100 ml.

Propofol 10 mg/ml inyectable 20 ml.

Propofol 10 mg/ml inyectable 50 ml jeringa precargada.

Propofol 10 mg/ml inyectable 50 ml.

Propofol 20 mg/ml inyectable 20 ml.

Propofol 20 mg/ml inyectable 50 ml jeringa precargada.

Propofol 20 mg/ml inyectable 50 ml.

Remifentanilo 1 mg inyectable.

Remifentanilo 2 mg inyectable.

Remifentanilo 5 mg inyectable.

Rocuronio 10 mg/ml inyectable 10 ml.

Rocuronio 10 mg/ml inyectable 5 ml.

Rocuronio 2,5 mg/ml inyectable 2,5 ml.

Salbutamol 100 microgramos/dosis inhalación pulmonar.

Salbutamol 100 microgramos/dosis inhalación pulmonar (polvo).

Sarilumab 150 mg inyectable 1,14 ml pluma precargada

Sarilumab 200 mg inyectable 1,14 ml jeringa precargada

Sarilumab 200 mg inyectable 1,14 ml pluma precargada

Tocilizumab 162 mg inyectable 0,9 ml jeringa precargada.

Tocilizumab 162 mg inyectable 0,9 ml pluma precargada.

Tocilizumab 20 mg/ml inyectable perfusión 10 ml.

Tocilizumab 20 mg/ml inyectable perfusión 4 ml.

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¿Qué pasa si Sánchez dimite? ¿Quién sería el presidente? ¿Habría nuevas elecciones?

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¿Qué pasa si Sánchez dimite?
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez- Foto: CONGRESO
¿Qué pasa si Sánchez dimite? La posibilidad de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, renuncie al cargo abre un escenario incierto con muchas incógnitas pero que en su mayoría tienen respuesta en la Constitución y la ley electoral.

¿Qué pasa si Pedro Sánchez dimite?

El artículo 101 de la Constitución Española tiene previsto el escenario de una dimisión o fallecimiento del presidente del Gobierno o de una pérdida de confianza parlamentaria, como podría ser una moción censura.

“El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente”, reza la Carta Magna.

En este caso, la dimisión del jefe del Ejecutivo conllevaría que todo el Gabinete continuaría en funciones hasta que se nombre un nuevo presidente del Gobierno.

Ello significa que el Gobierno estaría limitado en sus atribuciones, sin capacidad para legislar, al igual que sucede pasadas las elecciones generales y antes de elegir al nuevo Gobierno.

¿Quien nombraría al nuevo presidente?

El Congreso sería el encargado de elegir a un nuevo presidente en un proceso idéntico al de las investiduras que se celebran tras unas elecciones generales.

El rey haría una ronda de consultas con los portavoces de los partidos con representación en la Cámara Baja y tras escuchar sus opiniones designaría un candidato.

Fue lo que ocurrió en 1981 cuando dimitió Adolfo Suárez. Su partido, UCD, propuso a Leopoldo Calvo-Sotelo como su sucesor, y tras un debate de investidura, interrumpido en su votación por el intento de golpe de Estado del 23F, fue elegido presidente por el Congreso.

En esta hipótesis, el candidato designado por el rey para suceder a Pedro Sánchez se sometería a un debate de investidura y para ser elegido debería recibir el apoyo de la mayoría absoluta del Congreso en primera votación o más síes que noes en segunda.

Si el candidato no lograra ser investido, arrancaría un plazo de dos meses en el que nuevos candidatos propuestos por el rey pueden optar a la Presidencia. Si tras estos dos meses ningún candidato consigue la confianza del Congreso las Cortes se disuelven de forma automática y se convocan nuevas elecciones generales.

¿Puede Pedro Sánchez convocar elecciones?

La respuesta es no, de momento. En el caso de que Pedro Sánchez no decida renunciar este lunes, fecha que ha fijado para anunciar su decisión, debería esperar, como pronto hasta el próximo 31 de mayo, para convocar elecciones generales.

La ley impide que el presidente disuelva las Cortes antes de que pase un año de la anterior disolución. Solo desde entonces podría aprobar el decreto de disolución y convocatoria de elecciones, que se celebrarían pasados 54 días.

Ello llevaría las elecciones a las últimas semanas del mes de julio. La ley no establece que tengan que celebrarse en domingo, pero si así fuera, lo más probable es que se fueran al 28 de julio.

¿Y si Sánchez decide someterse a una cuestión de confianza?

Otra posibilidad es que Pedro Sánchez no renuncie a su cargo, pero decida por contra presentar una cuestión de confianza.

Se trata de un instrumento político del que dispone el presidente del Gobierno para afrontar una situación de debilidad frente al Parlamento que le ha elegido y mediante el cual el Gobierno pide al Congreso el respaldo a su política.

La Constitución, en su artículo 112, establece que el presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.

Según establece el Reglamento del Congreso, el debate se desarrolla con el mismo formato que las sesiones de investidura. La confianza se entiende otorgada cuando obtenga el voto de la mayoría simple de los Diputados.

Si Sánchez no obtuviera la confianza del Congreso, ocurriría igual que si hubiera dimitido y se iniciaría el proceso para investir a un nuevo presidente, con consultas del rey y un nuevo debate de investidura.

De nuevo, y como en el caso de las investiduras fallidas tras unos comicios generales, el artículo 172 del Reglamento del Congreso fija que si transcurren dos meses y ningún candidato consigue la confianza del Congreso, el presidente de la Cámara someterá a la firma del Rey el decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones.

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