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MN4 recurrirá los nuevos horarios comerciales por afectar a la «libre competencia»

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(EUROPA PRESS)-El centro comercial MN4, ubicado en el parque empresarial de Alfafar, ha decidido recurrir el acuerdo de horarios comerciales ante la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado, dependiente del Ministerio de Economía, ya que a su entender, afecta a la «libre competencia» y perjudicará «gravemente» la afluencia de clientes.

El acuerdo fue alcanzado en diciembre en el Observatorio de Comercio de la Comunitat y esta misma semana las Corts aprobaron modificar la ley de comercio para plasmarlo en la legislación. La norma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGV, que está prevista para finales de la próxima semana.

Será entonces cuando, según ha explicado a Europa Press el abogado Javier Ortiz, del despacho Ortiz & Asociados, tienen el encargo de acudir a la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado para poner de relieve que la norma «afecta a la libre competencia» y solicitar «igualdad para todos los operadores» e «igualdad entre zonas urbanas y zonas metropolitanas».

Cabe la posibilidad de que se inicie una segunda vía. En caso de que la Secretaría inste, por propia iniciativa, a adoptar medidas cautelares y lleve la norma ante la Audiencia Nacional.

Ortiz ha asegurado que la intención del MN4 no es oponerse a nadie sino que haya «igualdad para todos». En su opinión, no puede ser que unos puedan abrir 40 festivos y otros –a escasos kilómetros– once, por lo que reclamarán «igualdad para todos los operadores» en los festivos, sean los que sean.

El parque empresarial de Alfafar, ha recordado, está «apenas a tres minutos en coche» de la capital valenciana, pero «tiene unas restricciones en libertad de horarios que no tiene València y eso afecta a la unidad de mercado y afecta a la libre competencia», ha insistido.

«Al final, –ha argumentado– los consumidores van creando hábitos y si todos los domingos saben que pueden ir a comprar a un centro comercial que tiene abierta la comida, los cines y la restauración, y dejan de ir a otros centros comerciales».

No es la primera vez que el MN4 acude a la Secretaría del Consejo para la Unidad de Mercado. Lo hizo ya en 2015, cuando presentó un informe con el comparativo de afluencia de visitantes desde 2012 según las variaciones de la normativa de apertura de festivos.

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¿Qué pasa si Sánchez dimite? ¿Quién sería el presidente? ¿Habría nuevas elecciones?

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¿Qué pasa si Sánchez dimite?
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez- Foto: CONGRESO
¿Qué pasa si Sánchez dimite? La posibilidad de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, renuncie al cargo abre un escenario incierto con muchas incógnitas pero que en su mayoría tienen respuesta en la Constitución y la ley electoral.

¿Qué pasa si Pedro Sánchez dimite?

El artículo 101 de la Constitución Española tiene previsto el escenario de una dimisión o fallecimiento del presidente del Gobierno o de una pérdida de confianza parlamentaria, como podría ser una moción censura.

“El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente”, reza la Carta Magna.

En este caso, la dimisión del jefe del Ejecutivo conllevaría que todo el Gabinete continuaría en funciones hasta que se nombre un nuevo presidente del Gobierno.

Ello significa que el Gobierno estaría limitado en sus atribuciones, sin capacidad para legislar, al igual que sucede pasadas las elecciones generales y antes de elegir al nuevo Gobierno.

¿Quien nombraría al nuevo presidente?

El Congreso sería el encargado de elegir a un nuevo presidente en un proceso idéntico al de las investiduras que se celebran tras unas elecciones generales.

El rey haría una ronda de consultas con los portavoces de los partidos con representación en la Cámara Baja y tras escuchar sus opiniones designaría un candidato.

Fue lo que ocurrió en 1981 cuando dimitió Adolfo Suárez. Su partido, UCD, propuso a Leopoldo Calvo-Sotelo como su sucesor, y tras un debate de investidura, interrumpido en su votación por el intento de golpe de Estado del 23F, fue elegido presidente por el Congreso.

En esta hipótesis, el candidato designado por el rey para suceder a Pedro Sánchez se sometería a un debate de investidura y para ser elegido debería recibir el apoyo de la mayoría absoluta del Congreso en primera votación o más síes que noes en segunda.

Si el candidato no lograra ser investido, arrancaría un plazo de dos meses en el que nuevos candidatos propuestos por el rey pueden optar a la Presidencia. Si tras estos dos meses ningún candidato consigue la confianza del Congreso las Cortes se disuelven de forma automática y se convocan nuevas elecciones generales.

¿Puede Pedro Sánchez convocar elecciones?

La respuesta es no, de momento. En el caso de que Pedro Sánchez no decida renunciar este lunes, fecha que ha fijado para anunciar su decisión, debería esperar, como pronto hasta el próximo 31 de mayo, para convocar elecciones generales.

La ley impide que el presidente disuelva las Cortes antes de que pase un año de la anterior disolución. Solo desde entonces podría aprobar el decreto de disolución y convocatoria de elecciones, que se celebrarían pasados 54 días.

Ello llevaría las elecciones a las últimas semanas del mes de julio. La ley no establece que tengan que celebrarse en domingo, pero si así fuera, lo más probable es que se fueran al 28 de julio.

¿Y si Sánchez decide someterse a una cuestión de confianza?

Otra posibilidad es que Pedro Sánchez no renuncie a su cargo, pero decida por contra presentar una cuestión de confianza.

Se trata de un instrumento político del que dispone el presidente del Gobierno para afrontar una situación de debilidad frente al Parlamento que le ha elegido y mediante el cual el Gobierno pide al Congreso el respaldo a su política.

La Constitución, en su artículo 112, establece que el presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.

Según establece el Reglamento del Congreso, el debate se desarrolla con el mismo formato que las sesiones de investidura. La confianza se entiende otorgada cuando obtenga el voto de la mayoría simple de los Diputados.

Si Sánchez no obtuviera la confianza del Congreso, ocurriría igual que si hubiera dimitido y se iniciaría el proceso para investir a un nuevo presidente, con consultas del rey y un nuevo debate de investidura.

De nuevo, y como en el caso de las investiduras fallidas tras unos comicios generales, el artículo 172 del Reglamento del Congreso fija que si transcurren dos meses y ningún candidato consigue la confianza del Congreso, el presidente de la Cámara someterá a la firma del Rey el decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones.

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