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Muere el cantante Camilo Sesto a los 72 años

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Camilo Sesto (Alcoy, 1946) ha fallecido este domingo a los 72 años de edad en la clínica Quirón de Madrid, según han confirmado en su cuenta de Twitter.

«Queridos amigos y amigas. Lamentamos mucho comunicaros que nuestro gran y querido artista Camilo Sesto nos acaba de dejar.
Descanse en paz», ha señalado la publicación.

El cantante, según ha asegurado su manager, Eduardo Guervós, en una entrevista en el canal 24 horas, sufrió un fallo cardioresspiratorio a la 1.40 horas del que fue recuperado, pero falleció a las 04.30 horas tras otra parada cardiorrespiratoria.

«Tenía el riñón muy deteriorado», ha subrayado Guervós, quien ha destacado que Camilo Sesto era «muy humilde y trabajador» y que aún no sabe dónde se instalará la capilla ardiente.

Camilo Sesto nació como Camilo Blanes Cortés en Alcoy (Alicante) un 16 de septiembre de 1946. Cantante, compositor y productor, ha vendido más de 100 millones de discos y ha colocado 52 sencillos en el ‘número 1’ de las listas españolas.

A su faceta de cantante habría que añadir su condición menos conocida de compositor para artistas como Miguel Bosé (de quien también fue su descubridor), Ángela Carrasco, Lani Hall, José José, Sergio Fachelli o Francisco, entre otros.

Camilo también ha producido obras de éxito mundial como la adaptación de la ópera rock ‘Jesucristo Superstar’, la única que según el propio Andrew Lloyd Webber estaba a la altura del musical original y es responsable de la adaptación al castellano de ‘Air Supply’.

Camilo Blanes Cortés, más conocido por su nombre artístico Camilo Sesto (Alcoy, Alicante, 16 de septiembre de 1946- 8 de septiembre de 2019), fue un cantante, compositor e intérprete español de balada romántica, pop y rock.

Fue uno de los cantantes insignia de España, galardonado en 2011 con la medalla «Máximo orgullo hispano» entregado en la ciudad de Las Vegas en Estados Unidos. Con más de 40 producciones discográficas y gracias a su frenética actividad en las décadas de 1970 y 1980, fue uno de los intérpretes con mayor cantidad de números 1, con 52 en total, y 18 en la lista de los 40 principales. Se estima que sus ventas superan las 70 millones de copias.

Como compositor escribió canciones para artistas como Miguel Bosé, Ángela Carrasco, Lani Hall, Audrey Landers, Lucía Méndez, Manolo Otero, Sergio Fachelli, y José José, entre otros. En 1975, protagonizó el papel de Jesús en la ópera rock Jesucristo Superstar,2​ que él mismo financió en su adaptación al español.

En 2008 hizo pública su intención de retirarse de los escenarios, dando inicio a una «Gira del adiós» que se prolongó durante tres años. En este tour se editó un DVD en vivo llamado Todo de mí grabado en Madrid. Pese al abandono de sus actuaciones en directo, Camilo siguió en 2014 con algunas presentaciones en Argentina, Chile, Perú, Colombia, Puerto Rico, México y Estados Unidos.

A finales del 2016, coincidiendo con su 70º cumpleaños, publicó un nuevo recopilatorio llamado Camilo70, este cd contiene 60 canciones, entre éxitos y temas inéditos. En 2018 se publicó Camilo sinfónico, álbum que incluye algunos de sus grandes éxitos con orquesta sinfónica, algunos de los temas cantados junto a otros intérpretes.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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