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Fin de la mascarilla: sitios donde será necesario usarla y en los que no

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Sanidad anuncia el final de las mascarillas en el transporte
EFE/ Ana Escobar

Tras casi tres años de uso obligatorio de las mascarillas, los españoles , por fin, pueden decir adiós al símbolo que marcó la pandemia  del covid-19. El Consejo de Ministros aprueba hoy la modificación del real decreto de abril del año pasado, quitando la obligación de usarla en los transportes públicos, como ya adelantó la ministra de Sanidad, Carolina Darias.

Dónde se dejan de usar las mascarillas

El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, el 2 de febrero, acordaron que se retirarían también de establecimientos sanitarios como ópticas, centros de audiometría u ortopedias, manteniéndolas en centros y servicios sociosanitarios y en las farmacias. No obstante, aunque se apruebe hoy en el Congreso, no entrará en vigor hasta que se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE), lo cual será, previsiblemente, mañana.

Transporte público

Ópticas

Centros de audiometría

Ortopedias

 

Dónde hay que seguir usando mascarilla

«Ante cualquier síntoma catarral deberíamos llevarla puesta, sobre todo en espacios compartidos con personas vulnerables o en lugares en los que se concentren muchas personas», comenta el médico de Atención Primaria Luis Miguel García, quien da «por supuesta» la obligatoriedad de usar mascarilla en centros sanitarios.

Así será, según Sanidad, a partir del 7 de febrero, pero también en establecimientos sociosanitarios, que son los siguientes:

Farmacias, tanto para clientes como para trabajadores.

Residencias de la Tercera Edad para trabajadores y visitantes en zonas compartidas.

Hospitales y centros de salud.

Centros y clínicas bucodentales.

La opción de obviar la obligatoriedad del uso de cubrebocas en las farmacias es, según palabras de Carolina Darias, un tema que se está «sopesando», atendiendo a los criterios de los expertos. Sin embargo, desde Sanidad no aclaran cuándo y si finalmente se accederá a retirar pronto la mascarilla en el ámbito sanitario. «Vamos paso a paso», confirman las mismas fuentes.

 

¿Y en los aviones?

El anuncio del levantamiento de la obligatoriedad de la mascarilla también incluye a las aerolíneas, una medida que el sector llevaba pidiendo desde hace meses para igualar la norma con el resto de países europeos. A pesar de que habrá que tener en cuenta el vuelo de destino, pues aún son muchos los países que mantienen su obligatoriedad. Entre ellos se encuentran China, Japón y gran parte de de Latinoamérica.

 

 

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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