Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Murcia alcanza el sobresaliente como destino según los turistas

Publicado

en

El 98% de los encuestados recomendarían a Murcia como destino turístico y la calificación de la estancia en general la han puntuado con un 4,5 sobre 5

El 57,10% de los turistas elige Murcia como destino vacacional y de ocio. El alojamiento es, en un 80%, hotelero y las mayores valoraciones se las llevan la hospitalidad, el alojamiento, la información turística, los servicios de restauración y comercio y la seguridad

La encuesta de satisfacción de destino SICTED, para la que se han realizado 230 cuestionarios durante los meses de junio a octubre, ha concluido que el 98% de los encuestados recomendarían a Murcia como destino turístico y la calificación de la estancia en general la han puntuado con un 4,5 sobre 5.

De esta forma, el servicio de Calidad Turística, que pertenece a la Concejalía de Promoción Económica, Cultura y Programas Europeos, que dirige Jesús Pacheco, ha recogido numerosos datos sobre Murcia como destino turístico. El 98% de las encuestas han sido realizadas a turistas y el 2% a residentes.

La mayoría de encuestados proviene de Europa, representando un 92%, seguido de América en un 6%. Entre el total de encuestados destacan los españoles con el 71%.

El 45% de los encuestados ya habían visitado Murcia con anterioridad. El 61% de los turistas realizan reservas de su viaje directamente y casi el 90% se alojan en Murcia.

El 27% de las personas encuestadas se instala en Murcia durante 2 días, y el 18% planea su estancia para 3 días. La estancia media es de 4,7 días. Los que más visitan Murcia tienen entre 45 y 64 años, sumando un 42% de los encuestados. El 35% está representado por personas entre 25 y 44 años.

El 57,10% de los turistas elige Murcia como destino vacacional, de ocio y esparcimiento y un 12,80% visita la ciudad para ver a amigos y familiares. El alojamiento es, en un 80%, hotelero.

Las mayores valoraciones se las llevan la hospitalidad y el trato recibido, el alojamiento, la información turística, los servicios de restauración, el comercio, la seguridad y la relación calidad – precio. Todas las valoraciones son superiores al 4, sobre 5.

«Murcia sorprende a los visitantes y turistas por su cultura, fiestas y entorno inigualable. En nuestro municipio ofrecemos un sinfín de actividades de ocio y abrimos todos nuestros espacios públicos y teatros a quienes nos visitan. Nuestro clima y nuestra forma de vivir la calle hace que nuestra ciudad sea un lugar idílico para pasar unos días, descansar, descubrir y disfrutar» ha destacado Jesús Pacheco.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

Publicado

en

SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram.

Continuar leyendo