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PSPV y Compromís sumarían mayoría absoluta en las próximas elecciones valencianas, según una encuesta

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Los dardos de Mónica Oltra

VALÈNCIA, 9 Oct. (EUROPA PRESS) –

El PSPV y Compromís obtendrían la mayoría absoluta, al sumar 33 y 18 escaños, respectivamente, –un total de 51 de los 99 diputados en Les Corts–, en las próximas elecciones autonómicas, de manera que no dependerían del apoyo de Podemos. Los socialistas se sitúan como primera fuerza política, seguidos del PP, Ciudadanos en tercer lugar y Podemos-EUPV en cuarto.

Estos son algunos de los principales resultados de una encuesta de intención de voto realizada por Invest Group para los diarios ‘Levante’ e ‘Información’. El barómetro, que recoge Europa Press, augura que la izquierda puede revalidar el gobierno al frente del Consell de la Generalitat Valenciana. Cabe recordar que actualmente el Ejecutivo autonómico se basa en el llamado ‘Acord del Botànic’, integrado por socialistas y Compromís y con el apoyo externo de Podemos.

De acuerdo a los resultados de la consulta, –realizada entre el 21 y el 28 de septiembre mediante 900 entrevistas– en el bloque de izquierda la mejor parte se la lleva el PSPV, que obtiene una proyección de 33 diputados si se celebraran hoy los comicios autonómicos. Significaría esto que superaría al PP, algo que no sucede en unas elecciones valencianas desde 1991.

En segunda posición en intención de voto aparece el PP, con 22 escaños, pero que caería nueve diputados respecto a los logrados en las últimas elecciones. Le seguiría Ciudadanos, que desbancaría a Compromís como tercera fuerza en el espectro político de la Comunitat Valenciana, al hacerse con 19 puestos en el parlamento, seis más de los que tiene ahora. Podemos, con una posible coalición con Esquerra Unida, es la formación que más sufriría según esta consulta y se quedaría con siete escaños (en la actualidad tiene 13).

El barómetro incluye también información sobre la valoración de la gestión del Consell y de los líderes políticos. En este sentido, el porcentaje de valencianos que califica de buena o muy buena la labor del Gobierno de la Comunitat es del 31 por ciento y supera a quienes la consideran mala o muy mala (el 27%). La diferencia se ha ajustado respecto al año pasado, cuando el 40% la consideraba positiva frente al 32% de negativa.

PUIG, LÍDER MEJOR VALORADO, Y CANTÓ, EL PEOR
Los dos políticos valencianos más conocidos, ambos con un grado de conocimiento superior al 80 por ciento, son el presidente de al Generalitat y secretario general de los socialistas, Ximo Puig, y la vicepresidenta y líder de Compromís, Mónica Oltra. Pero por primera vez, la valoración del jefe del Consell (que ‘aprueba’ con un 5,09) supera a la de la número 2 del Ejecutivo, que baja ligeramente hasta el 5,02. Oltra se mantiene no obstante como la ‘preferida’ entre el electorado más joven de 18 a 24 años.

Junto a ellos, destaca en la lista de más populares el diputado en el Congreso por Cs Toni Cantó, uno de los nombres que suena como candidato a la Generalitat por esta formación. El actor es tan conocido entre los encuestados como Mónica Oltra, aunque aparece como el peor valorado, con la nota más baja: 3,86. La actual síndica del partido naranja en Les Corts, Mari Carmen Sánchez, registró el pasado año en este barómetro un 5,07.

Por lo que respecta a la líder del PP, Isabel Bonig, aumenta su porcentaje de conocimiento –pasa del 51 al 57%– pero empeora su calificación, que queda en un 3,9. El líder menos conocido es el de Podem, Antonio Estañ, con un 16%. Su nota es de un 4,48.

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¿Qué pasa si Sánchez dimite? ¿Quién sería el presidente? ¿Habría nuevas elecciones?

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¿Qué pasa si Sánchez dimite?
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez- Foto: CONGRESO
¿Qué pasa si Sánchez dimite? La posibilidad de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, renuncie al cargo abre un escenario incierto con muchas incógnitas pero que en su mayoría tienen respuesta en la Constitución y la ley electoral.

¿Qué pasa si Pedro Sánchez dimite?

El artículo 101 de la Constitución Española tiene previsto el escenario de una dimisión o fallecimiento del presidente del Gobierno o de una pérdida de confianza parlamentaria, como podría ser una moción censura.

“El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente”, reza la Carta Magna.

En este caso, la dimisión del jefe del Ejecutivo conllevaría que todo el Gabinete continuaría en funciones hasta que se nombre un nuevo presidente del Gobierno.

Ello significa que el Gobierno estaría limitado en sus atribuciones, sin capacidad para legislar, al igual que sucede pasadas las elecciones generales y antes de elegir al nuevo Gobierno.

¿Quien nombraría al nuevo presidente?

El Congreso sería el encargado de elegir a un nuevo presidente en un proceso idéntico al de las investiduras que se celebran tras unas elecciones generales.

El rey haría una ronda de consultas con los portavoces de los partidos con representación en la Cámara Baja y tras escuchar sus opiniones designaría un candidato.

Fue lo que ocurrió en 1981 cuando dimitió Adolfo Suárez. Su partido, UCD, propuso a Leopoldo Calvo-Sotelo como su sucesor, y tras un debate de investidura, interrumpido en su votación por el intento de golpe de Estado del 23F, fue elegido presidente por el Congreso.

En esta hipótesis, el candidato designado por el rey para suceder a Pedro Sánchez se sometería a un debate de investidura y para ser elegido debería recibir el apoyo de la mayoría absoluta del Congreso en primera votación o más síes que noes en segunda.

Si el candidato no lograra ser investido, arrancaría un plazo de dos meses en el que nuevos candidatos propuestos por el rey pueden optar a la Presidencia. Si tras estos dos meses ningún candidato consigue la confianza del Congreso las Cortes se disuelven de forma automática y se convocan nuevas elecciones generales.

¿Puede Pedro Sánchez convocar elecciones?

La respuesta es no, de momento. En el caso de que Pedro Sánchez no decida renunciar este lunes, fecha que ha fijado para anunciar su decisión, debería esperar, como pronto hasta el próximo 31 de mayo, para convocar elecciones generales.

La ley impide que el presidente disuelva las Cortes antes de que pase un año de la anterior disolución. Solo desde entonces podría aprobar el decreto de disolución y convocatoria de elecciones, que se celebrarían pasados 54 días.

Ello llevaría las elecciones a las últimas semanas del mes de julio. La ley no establece que tengan que celebrarse en domingo, pero si así fuera, lo más probable es que se fueran al 28 de julio.

¿Y si Sánchez decide someterse a una cuestión de confianza?

Otra posibilidad es que Pedro Sánchez no renuncie a su cargo, pero decida por contra presentar una cuestión de confianza.

Se trata de un instrumento político del que dispone el presidente del Gobierno para afrontar una situación de debilidad frente al Parlamento que le ha elegido y mediante el cual el Gobierno pide al Congreso el respaldo a su política.

La Constitución, en su artículo 112, establece que el presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.

Según establece el Reglamento del Congreso, el debate se desarrolla con el mismo formato que las sesiones de investidura. La confianza se entiende otorgada cuando obtenga el voto de la mayoría simple de los Diputados.

Si Sánchez no obtuviera la confianza del Congreso, ocurriría igual que si hubiera dimitido y se iniciaría el proceso para investir a un nuevo presidente, con consultas del rey y un nuevo debate de investidura.

De nuevo, y como en el caso de las investiduras fallidas tras unos comicios generales, el artículo 172 del Reglamento del Congreso fija que si transcurren dos meses y ningún candidato consigue la confianza del Congreso, el presidente de la Cámara someterá a la firma del Rey el decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones.

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