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Sanidad convoca dos millones en ayudas para ampliación y reforma de consultorios auxiliares municipales

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VALÈNCIA, Sep 2018. (EUROPA PRESS) – La Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública destina dos millones de euros en ayudas dirigidas a los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana para financiar obras de ampliación y reforma de consultorios auxiliares de propiedad municipal. Las convocatorias se han publicado en el Diari Oficial de la Generalitat (DOGV) de este pasado martes, 25 de septiembre.

Se trata de la segunda bolsa publicada durante este ejercicio presupuestario, con subvenciones para la intervención arquitectónica en locales destinados a la prestación de asistencia sanitaria por parte de la Conselleria en municipios valencianos.

Las ayudas están dirigidas a los ayuntamientos que no pudieron acceder por no disponer de los proyectos de obras o porque las propuestas abarcaban dos ejercicios presupuestarios, detalla la Generalitat Valenciana en un comunicado.

El importe global de las subvenciones asciende a dos millones de euros, distribuido en varias anualidades: para 2018 por un importe de 600.000 de euros y para el próximo ejercicio por 1,4 millones de euros.

En concreto, contemplan actuaciones de intervención arquitectónica, las obras de reforma, reparación, restauración y rehabilitación, así como las de conservación y mantenimiento de los locales de propiedad municipal donde Sanidad presta servicios de Atención Primaria. Se enmarcan en el Plan de Intervención Arquitectónica en Consultorios Auxiliares (PIAC).

En la Comunitat hay más de 534 consultorios auxiliares de Atención Primaria, de los que hasta 499 son de titularidad municipal. Ante «la importancia del estado de las infraestructuras en la calidad de la prestación de atención» Sanidad publicó en marzo la convocatoria de las subvenciones para 2018: otorgadas en julio a 46 municipios por 1,82 millones de euros.

SIN CONVOCAR DESDE 2011
La titular de Sanidad, Ana Barceló, ha resaltado que «desde 2011 no se convocaban subvenciones de estas características». «Vistas las necesidades, la cantidad de solicitudes presentadas por los municipios y la línea de actuación a seguir por el Consell de dignificación y humanización de los espacios, se ha preparado esta nueva convocatoria para que todos los municipios que pretendan ejecutar obras de mejora en sus consultorios durante el ejercicio 2018 y 2019 puedan hacerlo», ha afirmado la consellera.

Así pues, esta es la segunda convocatoria publicada en este ejercicio presupuestario y va dirigida a aquellos municipios que no pudieron acceder a la primera, bien por no disponer de los proyectos de obras o porque las propuestas abarcaban dos ejercicios presupuestarios.

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¿Qué pasa si Sánchez dimite? ¿Quién sería el presidente? ¿Habría nuevas elecciones?

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¿Qué pasa si Sánchez dimite?
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez- Foto: CONGRESO
¿Qué pasa si Sánchez dimite? La posibilidad de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, renuncie al cargo abre un escenario incierto con muchas incógnitas pero que en su mayoría tienen respuesta en la Constitución y la ley electoral.

¿Qué pasa si Pedro Sánchez dimite?

El artículo 101 de la Constitución Española tiene previsto el escenario de una dimisión o fallecimiento del presidente del Gobierno o de una pérdida de confianza parlamentaria, como podría ser una moción censura.

“El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente”, reza la Carta Magna.

En este caso, la dimisión del jefe del Ejecutivo conllevaría que todo el Gabinete continuaría en funciones hasta que se nombre un nuevo presidente del Gobierno.

Ello significa que el Gobierno estaría limitado en sus atribuciones, sin capacidad para legislar, al igual que sucede pasadas las elecciones generales y antes de elegir al nuevo Gobierno.

¿Quien nombraría al nuevo presidente?

El Congreso sería el encargado de elegir a un nuevo presidente en un proceso idéntico al de las investiduras que se celebran tras unas elecciones generales.

El rey haría una ronda de consultas con los portavoces de los partidos con representación en la Cámara Baja y tras escuchar sus opiniones designaría un candidato.

Fue lo que ocurrió en 1981 cuando dimitió Adolfo Suárez. Su partido, UCD, propuso a Leopoldo Calvo-Sotelo como su sucesor, y tras un debate de investidura, interrumpido en su votación por el intento de golpe de Estado del 23F, fue elegido presidente por el Congreso.

En esta hipótesis, el candidato designado por el rey para suceder a Pedro Sánchez se sometería a un debate de investidura y para ser elegido debería recibir el apoyo de la mayoría absoluta del Congreso en primera votación o más síes que noes en segunda.

Si el candidato no lograra ser investido, arrancaría un plazo de dos meses en el que nuevos candidatos propuestos por el rey pueden optar a la Presidencia. Si tras estos dos meses ningún candidato consigue la confianza del Congreso las Cortes se disuelven de forma automática y se convocan nuevas elecciones generales.

¿Puede Pedro Sánchez convocar elecciones?

La respuesta es no, de momento. En el caso de que Pedro Sánchez no decida renunciar este lunes, fecha que ha fijado para anunciar su decisión, debería esperar, como pronto hasta el próximo 31 de mayo, para convocar elecciones generales.

La ley impide que el presidente disuelva las Cortes antes de que pase un año de la anterior disolución. Solo desde entonces podría aprobar el decreto de disolución y convocatoria de elecciones, que se celebrarían pasados 54 días.

Ello llevaría las elecciones a las últimas semanas del mes de julio. La ley no establece que tengan que celebrarse en domingo, pero si así fuera, lo más probable es que se fueran al 28 de julio.

¿Y si Sánchez decide someterse a una cuestión de confianza?

Otra posibilidad es que Pedro Sánchez no renuncie a su cargo, pero decida por contra presentar una cuestión de confianza.

Se trata de un instrumento político del que dispone el presidente del Gobierno para afrontar una situación de debilidad frente al Parlamento que le ha elegido y mediante el cual el Gobierno pide al Congreso el respaldo a su política.

La Constitución, en su artículo 112, establece que el presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.

Según establece el Reglamento del Congreso, el debate se desarrolla con el mismo formato que las sesiones de investidura. La confianza se entiende otorgada cuando obtenga el voto de la mayoría simple de los Diputados.

Si Sánchez no obtuviera la confianza del Congreso, ocurriría igual que si hubiera dimitido y se iniciaría el proceso para investir a un nuevo presidente, con consultas del rey y un nuevo debate de investidura.

De nuevo, y como en el caso de las investiduras fallidas tras unos comicios generales, el artículo 172 del Reglamento del Congreso fija que si transcurren dos meses y ningún candidato consigue la confianza del Congreso, el presidente de la Cámara someterá a la firma del Rey el decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones.

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