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Se registran 18.038 permisos por maternidad y 18.093 por paternidad hasta septiembre

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VALÈNCIA/MADRID, 30 Oct. (EUROPA PRESS) – La Comunitat Valenciana ha registrado 18.038 permisos por maternidad y 18.093 por paternidad hasta septiembre y 4.060 excedencias por cuidados de hijos, según datos del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social

En total, la Seguridad Social destinó casi 1.378,7 millones de euros en los nueve primeros meses del año al pago de prestaciones económicas por maternidad (1.069,9 millones de euros) y paternidad (308,6 millones).

El gasto en prestaciones por paternidad ha experimentado un incremento del 7,6% tras la entrada en vigor el pasado mes de julio de la ampliación del permiso de cuatro a cinco semanas. Frente al repunte del gasto en paternidad, el importe dedicado al abono de las prestaciones por maternidad se ha reducido un 3,3% respecto a los nueve primeros meses de 2017.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social gestionó 189.022 prestaciones por maternidad entre enero y septiembre, un 5,8% menos que en los nueve primeros meses de 2017.

Del conjunto de prestaciones por maternidad gestionadas hasta septiembre, la mayor parte, 185.416, correspondieron a permisos disfrutados por la madre (-5,8%), frente a 3.606 (-3,5%) que fueron solicitados por el padre tras cederle la madre el derecho.

El permiso de maternidad se abona durante 16 semanas, ampliables en caso de parto múltiple en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo. El padre puede disfrutar del tiempo cedido por la madre al mismo tiempo que ella o a continuación, excepto en las seis primeras semanas de descanso obligatorio para la madre en caso de parto natural (en caso de fallecimiento de la madre, el derecho a estas seis semanas lo puede solicitar el padre). La Ley contempla también la posibilidad de disfrutar a tiempo parcial del permiso.

Por su parte, el número de prestaciones por paternidad gestionadas hasta septiembre por la Seguridad Social ascendió a 190.053, un 3,4% menos, con un coste superior a los 308,6 millones de euros (+7,6%).

El permiso por paternidad se ha ampliado hasta cinco semanas, a las que se pueden sumar dos días más por cada hijo a partir del segundo, en los supuestos de parto, adopción, acogimiento múltiples. No obstante, la última semana del período de descanso podrá disfrutarse de forma independiente en otro momento dentro de los nueve meses siguientes a la fecha del nacimiento del hijo. Asimismo, podrá disfrutarse en régimen de jornada completa o parcial de un mínimo del 50%, previo acuerdo con el empresariom y es compatible e independiente del disfrute compartido de los períodos de descanso por maternidad.

Tanto en maternidad como en paternidad, la prestación consiste en un subsidio equivalente al salario íntegro de la trabajadora o trabajador y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Las comunidades autónomas que registraron un mayor número de permisos por maternidad hasta septiembre fueron Cataluña (33.702), Andalucía (33.495), Madrid (31.805), Comunitat Valenciana (18.038) y Galicia (9.736). En términos relativos, todas las comunidades recortaron el número de prestaciones por maternidad respecto al mismo periodo de 2017. Los descensos más acusados los registraron Madrid (-8,9%) y País Vasco (-8,4%).

Por su parte, el número de prestaciones por paternidad gestionadas hasta septiembre por la Seguridad Social ascendió a 190.053, un 3,4% menos. Las comunidades autónomas en las que mayor número de padres se acogieron al permiso de paternidad fueron Cataluña (35.851), Andalucía (32.117), Madrid (31.039), Comunitat Valenciana (18.093) y País Vasco (9.541).

EXCEDENCIAS POR CUIDADO DE HIJO Y FAMILIARES
Los datos facilitados por Trabajo incluyen información sobre los trabajadores que solicitan excedencias para cuidar de un hijo, de menores acogidos o de otros familiares.

Durante el periodo enero-septiembre se registraron 45.952 excedencias de esta naturaleza, un 3,7% más que en el mismo periodo del año pasado, de las que 41.211 fueron solicitadas por mujeres y 4.741 por hombres.

Por comunidades autónomas, el mayor número de excedencias se produjo en Madrid (11.226), Cataluña (6.775), Andalucía (4.961), País Vasco (4.469) y Comunidad Valenciana (4.060).

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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