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‘Twerking’, el baile «sexista» que provoca la polémica en las fiestas de Jávea

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´Twerking´, una modalidad de baile que consiste en mover el culo y la pelvis, muy similar al ‘perreo’ del reggaeton ha provocado la polémica en las fiestas de San Juan de Jávea.

El pasado sábado, día de ‘Les Quintades’ en el municipio alicantino, un grupo de bailarinas de ‘twerking’ subieron al escenario ubicado en la Plaza de la Constitución ante un numeroso público, entre los que habían niños y personas de todas las edades, y que fue calificado por muchos de los presentes como inapropiado. Un espectáculo contratado por la comisión de ‘Fogueres’, perteneciente a la concejalía de Fiestas del Ayuntamiento de Jávea.

El colectivo Xàbia Sense Murs, calificaba el evento de «sexista, más apropiado de un club de carretera» en el que «la mujer es utilizada como un objeto».

Ante las numerosas críticas recibidas, el consistorio ha pedido disculpas y ha elaborado un comunicado en el que afirma que «es inaceptable el uso sexista de las mujeres en cualquiera de sus formas», considerando el ‘twerking’ como un «espectáculo lamentable». Asimismo, señala que «activará todos los mecanismos» para que estos hechos no se vuelvan a repetir.

Por su parte, el grupo de bailarinas, dolidas ante la polémica generada y las críticas recibidas, lanzaban a través de las redes sociales el hashtag #MuevoElCuloPorqueQuiero, rechazando que el bailen que practican sea machista.

En declaraciones al programa Espejo Público, de Antena 3, Lirios Pastor, la directora de la compañía asegura que llevan dos años haciendo espectáculos por toda España y nunca se han encontrado con este rechazo, destacando «que es absurdo que se catalogue de baile sexista cuando también bailan chicos».

Pastor define el ‘twerking’ como «un baile, deporte, sanísimo y que empodera a la mujer».La responsable de la compañía considera que el ‘twerking’ es una terapia para las mujeres maltratadas «porque un hombre machista nunca te dejaría hacer este baile». «Que un ayuntamiento nos diga que vayamos a un club de carretera a bailar nos parece fuera de lugar, hemos recibido muchísimas críticas y ataques personales», añadía en la entrevista.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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