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Eduardo Zaplana, detenido por blanqueo de capitales y delito fiscal

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Eduardo Zaplana ha sido detenido a las nueve de la mañana de este martes, en su domicilio de València, por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil, por orden del Juzgado de Instrucción número 8 de la misma ciudad, y será investigado por un delito de cohecho y por blanqueo de capitales. Su nombre apareció vinculado en la ‘operación Púnica’ y en conversaciones grabadas a Ignacio González durante la ‘operación Lezo’.

Se estudia ahora si el dinero negro que presuntamente el expresidente ha traído a España, procede de paraísos fiscales y fue obtenido por comisiones en adjudicaciones de contratos concedidos de forma irregular.

Además de Zaplana han sido detenidas hasta las 10.00 horas seis personas, entre ellas el exministro y expresidente de la Generalitat Valenciana Eduardo Zaplana, acusados de los delitos de blanqueo de capitales, malversación y prevaricación, según confirman a Europa Press fuentes policiales y fiscales.

Otro de los detenidos es el empresario Vicente Cotino, según ha podido saber Europa Press de fuentes conocedoras de la operación, que señalan que la cifra de arrestados prevista es de entre siete y diez personas. La causa está abierta por amplios delitos contra la administración pública.

La operación, que incluye varios registros, continúa abierta y está coordinada por el Juzgado de instrucción número 8 de Valencia y la Fiscalía Anticorrupción. La Guardia Civil ha detenido este martes a primera hora a Eduardo Zaplana, al que se investiga por presuntamente aflorar dinero negro proveniente de contratos irregulares de su etapa al frente de la Comunitat Valenciana.

Eduardo Zaplana ha sido detenido a la salida de su domicilio en Valencia. Zaplana fue presidente de la Comunidad Valenciana entre 1995 y 2002, cuando el presidente José María Aznar le confió el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

En el Ministerio estuvo hasta 2004, cuando pasó a ser portavoz del PP en el Congreso. Su salto a la primera línea política fue como alcalde de Benidorm entre 1991 y 1994. Zaplana abandonó la política en 2008 y fichó por Telefónica.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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