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València reduce el tamaño de las terrazas en algunas calles del centro de la ciudad

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El juzgado Contencioso-Administrativo 7 de València emitió en fecha 12 de febrero de 2007 sentencia en la que condenaba al Ayuntamiento de València, entonces gobernado por el Partido Popular, a «adoptar medidas precisas materiales para impedir que se siguiera produciendo la vulneración del derecho fundamental de los vecinos de las calles Ribera y Convento Santa Clara» en referencia al ruido derivado de las terrazas de los diversos establecimientos hosteleros de estas calles.

Después de diez años de esta sentencia, de tres informes policiales de los años 2008, 2012 y 2015, y de varias reuniones de la Policía Local de València con los propietarios de los locales, la concejalía de Espacio Público ha comunicado que aplicará la sentencia y las recomendaciones hechas por la policía al Ayuntamiento de València en estos años.

Además de las denuncias hechas en el juzgado Contencioso-Administrativo por parte del vecindario respecto al ruido, que tuvo como resultado la citada sentencia judicial; los informes policiales de los años posteriores detallan problemas de seguridad como la imposibilidad de entrada de los bomberos si se produjera una emergencia o la necesidad de reducir las terrazas en el paseo de Ruzafa por ser una vía de evacuación de los cines Lys (con 4.100 personas de aforo) y en la calle Martínez Cubells.

De esta forma, los diversos informes instan al Ayuntamiento de València a reducir a una sola fila de mesas y sillas las calles Ribera y Convento Santa Clara. Asimismo, se propone reducir de tres a dos filas el paseo de Ruzafa.

REUNIONES INFORMATIVAS CON LOS HOSTELEROS

El concejal de Espacio Público, Carlos Galiana, explicó que ha mantenido varias reuniones con representantes de la FEHV, en las que ha explicado todos los detalles de la actuación «con total transparencia y con antelación». Además, Galiana explicó que ha entregado a los representantes de la FEHV toda la documentación (sentencia, informes municipales, etc…) que le habían solicitado.

Galiana ha incidido en que «el Gobierno de la Nau es un gobierno responsable, que aplica lo que dice la justicia». Recordó que, de momento, el Ayuntamiento actuará en la calle Convento de Santa Clara, para cumplir las sentencias y garantizar el derecho al descanso de los vecinos y la seguridad, combinándolos con la existencia de terrazas, que continuarán existiendo en esta calle».

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¿Qué pasa si Sánchez dimite? ¿Quién sería el presidente? ¿Habría nuevas elecciones?

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¿Qué pasa si Sánchez dimite?
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez- Foto: CONGRESO
¿Qué pasa si Sánchez dimite? La posibilidad de que el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, renuncie al cargo abre un escenario incierto con muchas incógnitas pero que en su mayoría tienen respuesta en la Constitución y la ley electoral.

¿Qué pasa si Pedro Sánchez dimite?

El artículo 101 de la Constitución Española tiene previsto el escenario de una dimisión o fallecimiento del presidente del Gobierno o de una pérdida de confianza parlamentaria, como podría ser una moción censura.

“El Gobierno cesa tras la celebración de elecciones generales, en los casos de pérdida de la confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o por dimisión o fallecimiento de su Presidente”, reza la Carta Magna.

En este caso, la dimisión del jefe del Ejecutivo conllevaría que todo el Gabinete continuaría en funciones hasta que se nombre un nuevo presidente del Gobierno.

Ello significa que el Gobierno estaría limitado en sus atribuciones, sin capacidad para legislar, al igual que sucede pasadas las elecciones generales y antes de elegir al nuevo Gobierno.

¿Quien nombraría al nuevo presidente?

El Congreso sería el encargado de elegir a un nuevo presidente en un proceso idéntico al de las investiduras que se celebran tras unas elecciones generales.

El rey haría una ronda de consultas con los portavoces de los partidos con representación en la Cámara Baja y tras escuchar sus opiniones designaría un candidato.

Fue lo que ocurrió en 1981 cuando dimitió Adolfo Suárez. Su partido, UCD, propuso a Leopoldo Calvo-Sotelo como su sucesor, y tras un debate de investidura, interrumpido en su votación por el intento de golpe de Estado del 23F, fue elegido presidente por el Congreso.

En esta hipótesis, el candidato designado por el rey para suceder a Pedro Sánchez se sometería a un debate de investidura y para ser elegido debería recibir el apoyo de la mayoría absoluta del Congreso en primera votación o más síes que noes en segunda.

Si el candidato no lograra ser investido, arrancaría un plazo de dos meses en el que nuevos candidatos propuestos por el rey pueden optar a la Presidencia. Si tras estos dos meses ningún candidato consigue la confianza del Congreso las Cortes se disuelven de forma automática y se convocan nuevas elecciones generales.

¿Puede Pedro Sánchez convocar elecciones?

La respuesta es no, de momento. En el caso de que Pedro Sánchez no decida renunciar este lunes, fecha que ha fijado para anunciar su decisión, debería esperar, como pronto hasta el próximo 31 de mayo, para convocar elecciones generales.

La ley impide que el presidente disuelva las Cortes antes de que pase un año de la anterior disolución. Solo desde entonces podría aprobar el decreto de disolución y convocatoria de elecciones, que se celebrarían pasados 54 días.

Ello llevaría las elecciones a las últimas semanas del mes de julio. La ley no establece que tengan que celebrarse en domingo, pero si así fuera, lo más probable es que se fueran al 28 de julio.

¿Y si Sánchez decide someterse a una cuestión de confianza?

Otra posibilidad es que Pedro Sánchez no renuncie a su cargo, pero decida por contra presentar una cuestión de confianza.

Se trata de un instrumento político del que dispone el presidente del Gobierno para afrontar una situación de debilidad frente al Parlamento que le ha elegido y mediante el cual el Gobierno pide al Congreso el respaldo a su política.

La Constitución, en su artículo 112, establece que el presidente del Gobierno, previa deliberación del Consejo de Ministros, puede plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza sobre su programa o sobre una declaración de política general. La confianza se entenderá otorgada cuando vote a favor de la misma la mayoría simple de los Diputados.

Según establece el Reglamento del Congreso, el debate se desarrolla con el mismo formato que las sesiones de investidura. La confianza se entiende otorgada cuando obtenga el voto de la mayoría simple de los Diputados.

Si Sánchez no obtuviera la confianza del Congreso, ocurriría igual que si hubiera dimitido y se iniciaría el proceso para investir a un nuevo presidente, con consultas del rey y un nuevo debate de investidura.

De nuevo, y como en el caso de las investiduras fallidas tras unos comicios generales, el artículo 172 del Reglamento del Congreso fija que si transcurren dos meses y ningún candidato consigue la confianza del Congreso, el presidente de la Cámara someterá a la firma del Rey el decreto de disolución de las Cortes Generales y de convocatoria de elecciones.

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