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8.510 nacimientos en la Comunitat en el segundo trimestre de 2021, apenas un 0,09 % más

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(EFE).- En la Comunitat Valenciana nacieron 8.510 personas en el segundo trimestre del año, un 0,09 % más en comparación con el mismo periodo de 2020 (8 más), según la estimación mensual de nacimientos del Instituto Nacional de Estadística (INE), publicada este viernes.

La mitad de las comunidades autónomas, con Cantabria y Aragón a la cabeza, recuperaron natalidad en el segundo trimestre del año en comparación con el mismo periodo de 2020, mientras que Castilla y León y Madrid son las regiones más alejadas de las cifras registradas durante el confinamiento del primer estado de alarma.

En toda España nacieron en el segundo trimestre de este año 83.415 personas, que son 223 menos, un -0,17 %, que las 83.638 de los mismos meses de 2020.

En cambio, en Cantabria nacieron un 12,47 % más de niños y niñas y en Aragón un 9,47 % más, alcanzando la cifra de 911 y 2.463 nacimientos, respectivamente.

También en positivo se sitúan Navarra, con un 3 % más de nacimientos; Murcia, con un 1,84 %; Andalucía, 1,66 %; Cataluña, 1,13 %; Baleares, 0,99 %; y Comunitat Valenciana, con 0,09 % más.

Por el contrario, en Castilla y León hubo un 4,63 % menos de nacimientos; en Madrid un 4,40 %; en La Rioja un 2,74 %; en Castilla-La Mancha un 2,60 %; en Extremadura un 2,43 %; en Canarias un 1,79 %; en País Vasco un 1,63 %; en Asturias un 0,99 %; y en Galicia un 0,32 %.

En Ceuta el descenso fue del 22,05 % y en Melilla del 3,50 %.

En términos absolutos, nacieron más bebés en Andalucía, con 16.380; Cataluña, con 14.418; y Madrid, con 12.876; y entre las tres suman el 52 % del total nacional.

El siguiente cuadro recoge, por comunidades autónomas, los nacimientos en el segundo trimestre de 2021 y de 2020 y la variación entre ambos periodos en cifras absolutas y relativas (%):

Segundo trimestre 2021 Segundo trimestre 2020 Variación absoluta Variación relativa
Andalucía 16.380 16.113 267 1,66
Aragón 2.463 2.250 213 9,47
Asturias 1.161 1.166 -5 -0,43
Baleares 2.245 2.223 22 0,99
Canarias 3.119 3.176 -57 -1,79
Cantabria 911 810 101 12,47
C.-La Mancha 3.553 3.648 -95 -2,60
C. y León 3.278 3.437 -159 -4,63
Cataluña 14.418 14.257 161 1,13
C. Valenciana 8.510 8.502 8 0,09
Extremadura 1.810 1.855 -45 -2,43
Galicia 3.721 3.733 -12 -0,32
Madrid 12.876 13.469 -593 -4,40
Murcia 3.258 3.199 59 1,84
Navarra 1.272 1.235 37 3,00
País Vasco 3.563 3.622 -59 -1,63
Rioja, La 533 548 -15 -2,74
Ceuta 152 195 -43 -22,05
Melilla 193 200 -7 -3,50
Total 83.415 83.638 -223 -0,27

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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