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Valencia

Alfonso Grau considera prescrito el cohecho y, en consecuencia, el blanqueo

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regalos caso Azud

València, 29 oct (EFE).- La defensa del ex vicealcalde de València Alfonso Grau (PP) ha presentado su escrito de defensa en la pieza A del caso Imelsa en el que advierte de la prescripción de la atribución del delito de cohecho impropio y, en consecuencia, rechaza la existencia de blanqueo de capitales.

El Juzgado de Instrucción 18 de Valencia dictó recientemente el auto de procesamiento del presunto entramado creado para la financiación del PP en las elecciones de 2007 y 2011, y señala a Alfonso Grau, quien fuera «mano derecha» de la alcaldesa de València Rita Barberá, como «recaudador de recursos económicos sustraídos a la regularidad y transparencia contable», y a María del Carmen García Fuster, la secretaria entonces del grupo municipal del PP, como administradora de esos recursos.

Alfonso Grau se encuentra en prisión desde el pasado mes de mayo por el caso Azud, relacionado con el supuesto cobro de comisiones ilícitas vinculadas a expedientes urbanísticos.

En su escrito de defensa en la pieza A del caso Imelsa, Grau considera que varias de las imputaciones que hace el juzgado están prescritas y lamenta la intención de procesarle.

Sin cohecho, defiende en el escrito, no existe blanqueo, y respecto a la malversación, su defensa advierte al instructor que no ha tenido en cuenta sentencias anteriores del Tribunal Superior de Justicia de Baleares o del Supremo en el caso Noos, en referencia al carácter público o privado de las instituciones desde las que se realizaron determinados contratos o pagos.

En el referido auto de procesamiento, el juez recuerda que Alfonso Grau, además de portavoz del PP y concejal delegado de Grandes Proyectos, «ostentaba cargos de representación del Ayuntamiento de Valencia en distintos organismos, fundaciones y asociaciones, entre ellas el Centro de estrategias y desarrollo (CEyD), la Fundación para la Innovación Urbana (FIVEC) y la Fundación de Turismo Valencia Convention Bureau (FTVCB), participando en todas ellas como presidente o patrono».

Y añade: «el Ayuntamiento de esta ciudad canalizaba anualmente importantes cantidades de dinero a estas entidades con cargo a su presupuesto».

Expone asimismo el instructor que en la campaña electoral de 2007 dichas entidades canalizaron cerca de dos millones de euros a la firma Laterne, con quien el PP había contratado la promoción electoral, «en la mayoría de los casos, con aparente simulación comercial de trabajos nunca realizados o con claro sobrecoste».

Estas contrataciones constituyeron, a juicio del instructor, «un delito de malversación de caudales públicos del artículo 432 del Código Penal, conforme a su redacción vigente al tiempo de comisión de los hechos, y de un delito de cohecho impropio del artículo 422 del Código Penal, delitos de los que aparece, de todos ellos, como presunto autor el investigado Alfonso Grau».

Aunque el mismo instructor admite que la responsabilidad penal por el delito de cohecho impropio «debe de considerase prescrita al momento de su comisión», ve indicios de malversación en Alfonso Grau «en el hecho, de que como personas con poder ejecutivo de dirección tanto en FIVEC como en la FTCVB, consintieran, con la singularidad del periodo cronológico previo a unas elecciones, en contratos de vago contenido prestacional y una significada onerosidad, sin una explicación suficiente en descargo de ello».

«El dinero malversado se subsume en el concepto de caudales públicos, sea cual sea la condición que se quiera atribuir, en cualquier otro ámbito del derecho u orden jurídico disquisitivo, al carácter de la personalidad pública o privada de dichas fundaciones», expone en su auto de procesamiento el juez, y es en esta parte precisamente en la que el criterio de la defensa del ex vicealcalde difiere y esgrime la sentencia del caso Nóos, en la que Grau fue absuelto.

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Empresas

Abierta la Convocatoria ‘Emprende y Consolida 2024’: Subvenciones para Impulsar Empresas

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emprende y consolida subvenciones empresas Valencia

El Ayuntamiento de València destina 790.000 euros al  fomento de la consolidación empresarial en la ciudad      

  El Ayuntamiento de València impulsa la consolidación empresarial en la ciudad a través de la convocatoria de subvenciones “Emprende y Consolida 2024”, dotadas con un importe total de 790.000 euros. 

 Estas subvenciones buscan apoyar la continuidad de las empresas, en especial en los primeros años de existencia, para que puedan afrontar nuevos retos de expansión, buscar nuevos nichos de mercado o mejorar su competitividad. 

 Según ha explicado la delegada de Emprendimiento, Cecilia Herrero,la mayoría de los grandes retos a los que se enfrentan las personas emprendedoras están dirigidos a la consolidación de su empresa, su expansión y a buscar nuevos mercados o mejorar su competitividad”.  

 En este sentido, Herrero ha destacado el papel de las administraciones públicas en este sector y, por ello, “desde el Ayuntamiento al considerar necesario apoyar la continuidad de las empresas y fortalecer su consolidación, hemos contemplado una cuantía adicional máxima de hasta 500.000 euros a esta ayuda y cuya aplicación no requerirá una nueva convocatoria”. 

 De este modo, las empresas podrán obtener hasta 3.000 euros, siempre que cumplan los requisitos de la convocatoria, por orden de presentación y hasta agotar el crédito. Se subvencionará el 100 % del total de los gastos justificados, hasta el importe máximo indicado, excluidos los impuestos susceptibles de recuperación.   

 Asimismo, la delegada de Emprendimiento ha explicado que esta cuantía máxima “se podrá incrementar hasta en 1.000 euros más cuando se acredite estar afectado por el incendio producido en el barrio de Campanar, para lo que el local de desarrollo de la actividad económica debe encontrarse en los bloques afectados ubicados en la calle Poeta Rafael Alberti, nº2 de València o que tenga en dicho inmueble el domicilio fiscal o social”. 

 La edil ha manifestado que “desde el año 2019 no se dan ayudas a la consolidación empresarial y nosotros apostamos por este tipo de acompañamiento económico para fortalecer el tejido empresarial y emprendedor en la ciudad”. 

 Por otro lado, si el número de solicitudes satisfechas agota el crédito destinado a esta convocatoria, el importe de la última ayuda concedida podrá ser inferior a la cuantía establecida, pero en ningún caso inferior a 500 euros. 

 

 

Presentación de solicitudes y destinatarios 

 Podrán solicitar estas subvenciones los autónomos o personas jurídicas, comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica, que cumplan determinados requisitos. Entre ellos se encuentran: haber iniciado la actividad entre el 1 de enero de 2022 y el 11 de abril de 2023 sin cesarla desde dicho comienzo; que el local de desarrollo de la actividad se encuentre en el término municipal de València; y que la plantilla media sea inferior a 10 trabajadores, entre otras. 

 En caso de comunidades de bienes, sociedades civiles u otras entidades económicas sin personalidad jurídica se deberá nombrar un representante apoderado. Asimismo, quedan excluidas las administraciones públicas, sus organismos autónomos, las empresas públicas y otros entes públicos, así como las asociaciones, fundaciones y, en general, entidades sin ánimo de lucro. También queda excluido el autónomo colaborador. 

 Las solicitudes, cuyo plazo de presentación finaliza el próximo 29 de abril, se presentarán mediante la realización de dos trámites. El primero consiste en rellenar un formulario de preinscripción que se podrá obtener en la web municipal. Con él se generará un archivo pdf y se aportará como documento en el trámite de solicitud de la subvención. El formulario tiene un número de localizador que se pedirá al realizar la solicitud por la sede electrónica. 

 El segundo se basa en la presentación de la solicitud únicamente por vía telemática a través del trámite ubicado en la sede electrónica. La persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada con un certificado reconocido para la ciudadanía admitido por la sede electrónica del Ayuntamiento de València.    

 Entre los gastos subvencionables se encuentran los de personal; arrendamiento de locales y equipos necesarios para el desarrollo de la actividad; formación no reglada; análisis e investigación de mercados; desarrollo de herramientas de comunicación comercial incluyendo la adaptación a mercados exteriores; consultoría y asesoramiento para planes de marketing; identidad corporativa; planes estratégicos; implantación de sistemas de calidad; y publicidad. 

 

 

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