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CASO EMARSA| La Audiencia convoca a 7 de los 24 condenados para decidir sobre posible prisión provisional u otras medidas

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Jun. (EUROPA PRESS) – La Sección Quinta de la Audiencia de Valencia ha convocado para este miércoles la comparecencia en la que las acusaciones podrán solicitar la prisión provisional u otras medidas cautelares –retirada del pasaporte, prohibición de salida del territorio, u obligación de comparecer periódicamente en el Juzgado, entre otras– para siete de los 24 condenados en el caso Emarsa.

El saqueo de 24 millones de euros en la depuradora de Pinedo (València), lo que se ha conocido como el caso Emarsa, deja 10 años de prisión para Enrique Crespo, exvicepresidente ‘popular’ de la Diputación de Valencia, exalcalde de Manises y expresidente de la entidad, y otros 9 años para José Juan Morenilla, exgerente de la Entidad Pública de Saneamiento de Aguas Residuales de la Comunitat (Epsar), según consta en la sentencia hecha pública el pasado viernes.

Las penas impuestas oscilan entre los 9 meses y los doce años y medio de cárcel para los 24 acusados y, además, considera partícipe a título lucrativo a la exmujer de uno ellos. Asimismo, fija indemnizaciones a pagar de forma solidaria hasta los 23,5 millones de euros, así como otras de menor cuantía a título particular. La resolución puede ser recurrida y, de hecho, Enrique Crespo ha confirmado a la salida del juzgado que va a recurrir.

La resolución considera que los principales responsables de la empresa pública que gestionó la depuradora de la pedanía valenciana de Pinedo articularon un sistema fraudulento de facturación con el que lograron el desvío de 23,5 millones de euros de dinero público. Para ello se concertaron con varios empresarios que emitían facturas por servicios no prestados o por un importe muy superior al coste real. De este modo, incorporaron a su patrimonio o al de familiares y amigos el dinero defraudado.

Ahora, la Audiencia convoca la comparecencia en la que las acusaciones podrán solicitar la prisión provisional u otras medidas cautelares. Se celebrará una vistilla por cada uno de los condenados.

En concreto, el primero en comparecer será Vicente Ros, condenado a 6 años y seis meses de cárcel; después Enrique Sena, pena de 6 años y un día; Sebastián García Martínez ‘Chanín’, pena de 7 años y seis meses; José Juan Morenilla, 9 años; Enrique Crespo, 10 años; Enrique Arnal, 8 años y seis meses y, finalmente, Esteban Cuesta, condenado a 12 años y medio de prisión.

Todos ellos deberán comparecer asistidos por sus respectivos letrados y también estarán presentes en estas vistillas el Ministerio Fiscal y el resto de acusaciones, que podrán solicitar que los condenados ingresen en prisión provisional o se apliquen medidas provisionales hasta que la sentencia sea firme.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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