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Dos años de prisión para la excúpula de la CAM por los negocios en el Caribe

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Madrid, 15 dic (EFECOM).- La Audiencia Nacional ha condenado al ex director general de la extinta Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) Roberto López Abad y ex director general de empresas Daniel Gil a dos años de prisión por los negocios inmobiliarios con Valfensal en el Caribe, que causaron a la entidad un perjuicio de 28 millones.
En una sentencia conocida este martes, la sección primera de la sala de lo Penal ratifica el acuerdo de conformidad alcanzado por los administradores de Valfensal, Juan Vicente Ferri y José Salvador Baldó, a los que condena a otros dos años de cárcel como «inductores» de administración desleal y tres delitos contra la Hacienda Pública.
La causa parte de la querella que interpuso en 2012 el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD), que en su escrito sostenía que «con el conocimiento y consentimiento de López Abad y Gil, se desviaron fondos en beneficio de Ferri y Baldó, sus socios de Valfensal, gracias a una política de opacidad y falta de transparencia que generó en una provisión de 28 millones de euros».
Los magistrados consideran que ha quedado «plenamente acreditado» que la CAM sufrió un «gravísimo perjuicio como consecuencia de la actuación fraudulenta de los acusados», que llevaron a cabo una gestión «negligente a través de una serie de operaciones arriesgadas a la vista de las circunstancias de mercado».
Al respecto, sostiene que estas operaciones «han de encuadrarse dentro de la intervención de la CAM por parte del Banco de España», que achacan a la negligencia de la excúpula, lo que obligó al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) a inyectar dinero público para «paliar» la situación.
La sentencia, de la que ha sido ponente el juez Jesús Eduardo Gutiérrez, califica de ilícitas varias operaciones de compra, como la del Hotel Caracol, situado en la Riviera Maya (México) por 60,4 millones de dólares, y de la que no consta «ningún informe relativo a la propuesta de inversión» que debía haber realizado el hólding inmobiliario de la CAM, TIP.
Asimismo, ve «significativa» la prueba pericial elaborada por el Banco de España, según la cual la inspección de la caja de 2008 «puso de manifiesto la falta de control de los riesgos de crédito y liquidez, cuya gestión presentaba deficiencias críticas».
De hecho, el informe aseguraba que la gestión del riesgo de crédito «estaba supeditada a los intereses del socio o los de la caja, habiendo incurrido en malas prácticas bancarias», una línea «personalista» de la que responsabilizaba a López Abad y Gil.
En esta línea se pronuncian los jueces, que entienden que fueron ambos quienes llevaban «de hecho, aunque no de derecho» la administración de la CAM, negociando «directamente» con los representantes legales de Valfensal.
De este modo, López Abad y Gil «‘estudiaban’ tales operaciones, siempre a iniciativa de Ferri y Baldó, que manifestaban qué tipo de operación, qué tipo de financiación y qué importe debía tener».
Esta «gestión personalista» hacía que los trámites se supeditaran «siempre» a la decisión y al «visto bueno» del entonces director general de la caja y de su director de empresas, reduciendo al Consejo de Administración a una «actuación meramente formal».
Por ello, la sala condena a ambos a dos años de cárcel y cinco años de inhabilitación, como autores responsables de un delito de administración desleal al que aplican como atenuantes las dilaciones indebidas del caso.
Respecto a Ferri y Baldó, confirma seis meses de prisión por administración desleal y otros seis meses por cada uno de los tres delitos contra la Hacienda Pública de los ejercicios 2009, 2010 y 2013, de los que se les acusaba; ambos deberán abonar además una multa de más de tres millones de euros.
En relación a la responsabilidad civil, los cuatro tendrán que pagar de forma conjunta y solidaria al FGD 28 millones de euros en concepto del perjuicio causado, de los que se deducirán los 12,5 millones ya consignados por los administradores de Valfensal.
Precisamente Gil es uno de los cuatro acusados que estos días se sientan en el banquillo de la Audiencia Nacional por la reestructuración de deuda de la promotora inmobiliaria Hansa Urbana en 2011, que habría provocado un daño a la caja de 37,7 millones.
En esta causa, tanto la Fiscalía Anticorrupción como el FGD solicitan para ellos cuatro años de prisión.

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Crimen Guardia Urbana: Albert López admite que mató al novio de Rosa Peral

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Crimen Guardia Urbana

Novedades importantes en el Caso de la Guardia Urbana. Albert López ha admitido ante el personal de la cárcel de Quatre Camins (Barcelona) su implicación en el crimen por el que fue condenado junto a Rosa Peral, informaron fuentes judiciales a Europa Press. Esta confesión se produce con el objetivo de obtener permisos penitenciarios.

López había negado su participación en el famoso crimen de la Guardia Urbana hasta que la sentencia fue firme, según adelantó ‘El Periódico’.

Aunque no ha formalizado esta confesión por escrito o comparecido de manera oficial, López expresó su admisión ante el equipo de tratamiento de la prisión.

Confesión no formalizada

Desde su ingreso en prisión, López se comprometió a seguir un programa individual de tratamiento, coordinado por un equipo multidisciplinario de psicólogos y educadores, enfocado en la reparación del daño causado y el reconocimiento del delito, entre otros aspectos.

Los informes emitidos por estos profesionales se presentan semestralmente ante la junta de tratamiento penitenciario, que evalúa la progresión de grado y considera las solicitudes de permisos de corta duración.

La Audiencia de Barcelona emitió una sentencia en 2020 condenando a Rosa Peral a 25 años de prisión y a Albert López a 20 años por el asesinato de Pedro R., un crimen cometido debido a las dificultades que percibían en su relación con la víctima.

El cuerpo de Pedro R. fue quemado dentro de su propio coche en una pista forestal cerca del pantano de Foix, según concluyó el juicio.

Cronología del crimen de la Guardia Urbana

El caso de Rosa Peral y Albert López, conocido como el crimen de la Guardia Urbana, ha dejado una huella indeleble en la memoria colectiva de Barcelona y más allá. Este oscuro episodio, marcado por la desaparición y posterior asesinato de Pedro R., reveló una red de intrigas y tragedia que estremeció a la sociedad.

En este artículo, repasamos la cronología y los detalles clave de este infame caso, desde la desaparición inicial hasta los eventos judiciales que llevaron a la condena de los culpables. Además, analizaremos las repercusiones posteriores, incluyendo la reciente confesión de Albert López y su impacto en el sistema penitenciario.

Cronología del famoso caso de Rosa Peral:

2015: Desaparición de Pedro R.

  • En septiembre de 2015, Pedro R., novio de Rosa Peral, desaparece en circunstancias misteriosas.

2016: Descubrimiento del Cadáver

  • En enero de 2016, el cuerpo calcinado de Pedro R. es encontrado dentro de su propio coche en una pista forestal cerca del pantano de Foix, en Barcelona.

Investigaciones y Arrestos

  • Tras el hallazgo del cadáver, las autoridades inician una investigación que lleva a la sospecha sobre Rosa Peral y su cómplice, Albert López, otro agente de la Guardia Urbana de Barcelona.
  • En marzo de 2016, Rosa Peral y Albert López son arrestados y acusados del asesinato de Pedro R.

Juicio y Condena

  • El caso se lleva a juicio en la Audiencia de Barcelona.
  • En 2020, Rosa Peral es condenada a 25 años de prisión y Albert López a 20 años por el asesinato de Pedro R.

Confesión de Albert López

  • En 2021, Albert López reconoce su participación en el crimen ante el personal de la cárcel, con la intención de obtener permisos penitenciarios.

Este caso impactó a la opinión pública debido a la relación entre los acusados y la brutalidad del crimen, que involucró el asesinato y posterior incineración del cuerpo de la víctima. La confesión posterior de Albert López añadió un nuevo capítulo a esta trágica historia, resaltando las complejidades del sistema judicial y penitenciario en España.

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